ACUERDO de 28 de enero de 2025, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Segovia, relativo a las bases y la convocatoria del proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición por turno libre, 1 plaza de Fisioterapeuta, incluida en la oferta de empleo público para el año 2024. Expte.: 1289/2025.
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BASES
(Aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 28 de enero de 2025)
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de oposición libre, de una plaza de Fisioterapeuta, incluida en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2024.
1.2.- La plaza objeto de esta Convocatoria podrá ser incrementada, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.
Segunda.- Características de la plaza.
2.1.- La plaza convocada está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A2 de los establecidos en el Art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.
2.2.- El/la aspirante que resulte nombrado/a para ocupar la plaza convocada quedará sometido al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
2.3.- El/la aspirante nombrado/a podrá ser adscrito inicialmente a cualquiera de los Centros Asistenciales de la Diputación (Centro de Servicios Sociales la Fuencisla), CAPDI «Los Juncos» o Residencia de Mayores la Alameda de Nava de la Asunción), en función de la vacante existente en el momento del nombramiento, sin perjuicio de que posteriormente pueda optar a otros puestos de la misma categoría profesional y especialidad, en su caso, se creen o queden vacantes en otros Centros de la Diputación.
2.4.- La jornada de trabajo del aspirante que resulte nombrado se sujetará a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, normas de desarrollo del mismo y Pacto de Personal Funcionario de la Diputación de Segovia.
2.5.- Las funciones a realizar por este puesto de trabajo, son las que figuran en la descripción del mismo aprobada por el Pleno de la Corporación Provincial con fecha 28 de noviembre de 2013, así como las que en su caso se incorporen en las modificaciones a dicha descripción que puedan aprobarse.
Actúa bajo la dependencia directa del Director/a del Centro, atendiendo las indicaciones médicas ejerciendo las siguientes funciones:
- • Participa en los Equipos Interdisciplinares del Centro.
- • En su caso, participa en los órganos de estructuras de dirección del Centro, y por tanto, comparte las responsabilidades delegadas en ellos por la Dirección del mismo.
- • Comparte con el resto de la plantilla del Centro la responsabilidad de proporcionar a los/as residentes una atención integral de calidad que garantice el respeto de sus derechos en un ambiente confortable, y adecuado a sus necesidades.
- • Atiende las necesidades fisioterápicas de los/as residentes, realizando las evaluaciones funcionales, las planificaciones, los tratamientos y seguimientos necesarios y adecuados a cada caso. Elabora cuantos informes se precisen en su área de competencia.
- • Participa en la elaboración y seguimiento de los Programas Individuales de Atención o Planes de Vida, y en las actuaciones establecidas en dichos Programas que tengan relación con su área de competencia.
- • Diseña e implementa actuaciones preventivas en su área de competencia.
- • Analiza la influencia de las características ambientales y organizativas del Centro en el bienestar de los/as residentes, realizando propuestas y participando en actuaciones orientadas a la mejora de dichas características, todo ello dentro de su área de competencia.
- • Se responsabiliza y gestiona el material rehabilitador existente en el Centro.
- • Supervisa y asesora el trabajo de los profesionales del Centro en relación a su área de competencia.
- • Participa en la elaboración de los protocolos y procedimientos relacionados con el área de su competencia.
- • Proporciona atenciones en un ambiente protector, cálido emocionalmente, y basado en el establecimiento de relaciones afectivas positivas.
- • Realizar además todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean encomendadas por su superior relacionadas con la misión del puesto, o que resulten necesarias por razones del servicio, particularmente aquellas que se deriven de los conocimientos o experiencias exigidos en las pruebas de asignación al puesto, o los adquiridos en cursos de perfeccionamiento en los que haya participado en razón de su puesto de trabajo, y las que sean necesarias y puedan establecerse por acuerdo de la Corporación u orden del Presidente, Diputado del Área o Servicio o Jefe del Servicio o Dependencia correspondiente.
Tercera.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.
3.1.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- a) Ser español/a o cumplir lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
- b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa en los términos establecidos en el artículo 56.1.c) del citado Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- c) Estar en posesión del Título académico oficial de Diplomatura Universitaria en Fisioterapia o de Grado Universitario en Fisioterapia, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango como a la especialidad exigida.
- d) Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desempeñar.
- e) No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado funcionario de carrera, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
- f) Carecer de antecedentes por los delitos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos).
- g) Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
3.2.- Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.
3.3.- DERECHOS DE EXAMEN:
3.3.1.- Los aspirantes deberán abonar la cantidad de 22,00 euros en concepto de tasa por derechos de examen, al amparo de lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la referida tasa, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación en sesión de 27 de febrero de 2020 (B.O.P. Segovia 4 de marzo de 2020).
3.3.2.- Para el abono del importe de la tasa, los aspirantes deberán practicar autoliquidación, en el impreso habilitado al efecto que se les facilitará en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación y realizar su ingreso, a través de cualquier entidad bancaria autorizada, mediante transferencia bancaria a la Entidad BANKIA, en la cuenta: n.º ES61/2038/7597/54/6000045289. El ingreso deberá efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de admisión a pruebas selectivas. A la instancia deberá acompañarse copia de la autoliquidación debidamente ingresada y sellada por la Entidad bancaria correspondiente, o en su defecto, copia del recibo de ingreso.
3.3.3.- El importe de la tasa de derechos de examen, únicamente será devuelto cuando, por causas no imputables al interesado, la actividad técnica y administrativa conducente a la selección del personal para provisión de la plaza convocada no se realice. En su consecuencia, no procederá la devolución del importe de la tasa en los supuestos de exclusión del aspirante de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado o en el supuesto de que el aspirante no se presente a la práctica de los ejercicios.
3.3.4.- No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, estarán exentos del pago de la tasa quienes acrediten las siguientes circunstancias:
- a) Las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
- El aspirante deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del correspondiente certificado de desempleo expedido por el Instituto Nacional de Empleo o Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma.
- b) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación, junto con la instancia de admisión a las pruebas selectivas, del certificado de discapacidad expedido por el Organismo estatal o autonómico competente.
3.3.5.- Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de esta Corporación, tendrán una bonificación del 50% los aspirantes que acrediten su condición de familia numerosa de carácter especial, y de un 30% los que acrediten su condición de familia numerosa de carácter general, debiendo aportar los correspondientes documentos acreditativos junto con la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
3.3.6.- La falta de pago de la tasa sin acreditar la correspondiente causa de exención de pago determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.
Cuarta.- Presentación de solicitudes.
4.1.- FORMA
Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará en el Servicio de Personal y Régimen Interior haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria.
4.2.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General de la Diputación de Segovia, ubicado en las dependencias centrales del Palacio Provincial (C/ San Agustín n.º 23.- 40001.- SEGOVIA), o en los Registros de las Entidades a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.3. DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR, JUNTO CON LA SOLICITUD
A las solicitudes se acompañará:
- a) Fotocopia del Título académico de acceso o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
- b) Fotocopia del DNI.
- c) Impreso de autoliquidación de la tasa por derechos de examen y copia del recibo de ingreso en la forma que se determina en la Base Tercera, y/o en su caso documentos acreditativos de reunir una de las causas de exención de pago o bonificación de la tasa.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
5.2.- En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.
5.3.- Los aspirantes excluidos podrán interponer el Recurso administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso - administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en su caso, en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexta.- Tribunal calificador.
6.1.- COMPOSICIÓN
La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:
Presidencia.- La Jefa del Servicio de Acción Social.
Vocales:
- - Un vocal designado a propuesta de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
- - Dos funcionarios/as de carrera de la Corporación designados por la Presidencia.
Secretaría.- La Secretaria General de la Corporación.
6.2.- DESIGNACIÓN DE SUPLENTES Y ASESORES ESPECIALISTAS, Y ASISTENCIA DE COLABORADORES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún/a Asesor/a Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de personal funcionario o laboral de la Corporación para actuar como colaboradores/as técnicos/s o administrativos del Tribunal durante el proceso selectivo.
6.3.- PUBLICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN NOMINAL
La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.
6.4.- ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a esta Convocatoria. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el artículo 24 de la misma ley 40/2015.
6.5.- FORMA DE CONSTITUCIÓN Y FACULTADES DEL TRIBUNAL
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.
Séptima.- Proceso de selección.
7.1.- La selección, mediante el sistema de oposición, consistirá en la realización de tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todas las personas aspirantes.
Primer ejercicio.- Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas siendo una sola de las respuestas la correcta, relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de la Convocatoria. El Tribunal podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones.
Segundo ejercicio.- Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, un tema de carácter general relacionado con la Parte Segunda (Técnico- Profesional) del Programa, elegido al azar, entre dos temas propuestos por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio. De esta manera, todas las personas aspirantes desarrollarán el mismo tema, sin atenerse necesariamente a epígrafes concretos del mismo. En este ejercicio se valorarán los conocimientos sobre la materia, la formación general, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación reflexiva de la persona aspirante y su capacidad de síntesis y de relacionar varios temas. Además, podrá será objeto de lectura pública ante el Tribunal, quien podrá establecer un diálogo con la persona aspirante solicitando aclaraciones sobre el tema desarrollado, si lo estima oportuno, para la comprobación de los citados aspectos evaluables.
Tercer ejercicio.- Consistirá en la realización, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, de uno o varios ejercicios teórico-prácticos o pruebas prácticas relacionados con las funciones a desempeñar.
En el tercer ejercicio se podrá requerir tanto la lectura de los exámenes como aclaraciones sobre el contenido de dicha prueba y se establecerá un diálogo con la persona aspirante sobre el contenido de dicha prueba.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos sobre la materia, la aportación reflexiva de la persona aspirante, así como su aplicación práctica en el marco del modelo de atención en los centros residenciales de la Diputación de Segovia.
En el desarrollo y calificación de los ejercicios, se garantizará el anonimato de las personas aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad, en función del tipo de ejercicio de que se trate.
7.2.- Calificación de los ejercicios
Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todas las personas aspirantes.
El primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera:
- a) Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,25 puntos. Cada pregunta incorrectamente contestada se penalizará con 0,10 puntos. Cada pregunta sin contestar (en blanco) se calificará con 0,00 puntos.
- b) Se considerará que han aprobado el primer ejercicio, pasando a la realización del segundo ejercicio, las 10 personas aspirantes con las mayores puntuaciones, las cuales no podrán ser inferiores a 4 puntos, en cuyo caso, pasarán únicamente aquellas personas aspirantes cuya calificación sea de 4 o más puntos. Dicha determinación se realizará antes de la identificación nominal de las personas aspirantes una vez calificado el ejercicio de forma anónima. En el supuesto que se encuentren varias personas aspirantes con la misma calificación que la del n.º 10 también pasarán a formar parte de la relación de aprobadas (aspirantes n.º 10 y empatados).
El segundo y el tercer ejercicio se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
En el segundo ejercicio cada una de las preguntas tendrán el mismo valor máximo.
En el tercer ejercicio el Tribunal acordará los criterios objetivos de calificación que estime convenientes, de los cuáles se informará a las personas aspirantes con carácter previo al comienzo del ejercicio.
En el segundo y tercer ejercicio, las calificaciones se adoptarán por consenso unánime de todos los miembros del Tribunal, o en su defecto sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos y en la página Web de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.
Octava.- Calificación total y definitiva de las personas aspirantes.
8.1.- La calificación total y definitiva de las personas aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los tres ejercicios de la oposición por las personas aspirantes que superen la totalidad de los mismos.
8.2.- En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.
Novena.- Programa que ha de regir en la convocatoria.
El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.
Décima.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
10.1.- COMIENZO
Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos, al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
10.2.- PUBLICACIÓN DE LA FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN
La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el Boletín Oficial de esta Provincia al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.
10.3.- LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
10.4.- ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES
El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios o partes de los ejercicios que, en su caso, no se desarrollen conjuntamente se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «N», según el resultado del sorteo celebrado el día 27 de mayo de 2024 (B.O.P. de Segovia de 7 de junio de 2024).
10.5.- PUBLICACIÓN DE CALIFICACIONES Y ANUNCIOS SOBRE CELEBRACIÓN DE LOS SUCESIVOS EJERCICIOS
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Undécima.- Relación de aprobados/as y propuesta de nombramiento.
11.1.- Finalizada la calificación de las personas aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Edictos y en la página Web de la Corporación la correspondiente propuesta de nombramiento, en favor de la persona aspirante que, habiendo superado los tres ejercicios de la Fase de Oposición, hubiera obtenido la mayor puntuación total, no pudiendo rebasar el número de aspirantes propuestos al número de plazas convocadas, elevándose dicha propuesta al Sr. Presidente de la Corporación a efectos de nombramiento de los aspirantes.
11.2.- No obstante, para asegurar la cobertura de la plaza convocada, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección la relación complementaria de personas aspirantes que hayan aprobado los tres ejercicios, que sigan en el orden de puntuación total a la persona aspirante propuesta cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- a) Que se registre la renuncia o tenga lugar el fallecimiento de la persona aspirante propuesta que ha superado el proceso selectivo, antes de la formalización de la toma de posesión.
- b) Que alguna de las personas aspirantes propuestas que hubiera superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.
Duodécima.- Presentación de documentos.
12.1.- El/la aspirante propuesto/a presentará en el Servicio de Personal y Régimen Interior de la Diputación de Segovia, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la propuesta de nombramiento a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
- a) Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
- b) Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
- c) Certificado médico acreditativo expedido por el facultativo correspondiente de Servicio Público de Salud, acreditativo de poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar, sin perjuicio del reconocimiento médico previo y complementario que en su caso deba realizar en los Servicios Médicos correspondientes del Servicio de Vigilancia de la Salud de esta Corporación.
- d) Declaración jurada o responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- e) Certificación negativa del Registro General de Delincuentes Sexuales acreditativo de cumplir el requisito exigido en el apartado 3.1.f) de la Base Tercera de la Convocatoria, o declaración responsable acompañada de autorización expresa a la Diputación de Segovia para recabar dicha certificación.
- f) Declaración jurada o responsable de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el Art. 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
12.2.- El/a aspirante propuesto/a que, en su caso, tuviera ya la condición de funcionario público estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependa, acreditando su condición de funcionarios, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
12.3.- Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto no presentase su documentación no podrán ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien le siga en el orden de puntuación, siempre que haya superado la totalidad de los ejercicios.
Decimotercera.- Toma de posesión.
13.1.- Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el interesado/a deberán tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
13.2.- Si no tomase posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedará en situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.
Decimocuarta.- Impugnación de la convocatoria.
14.1.- La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
14.2.- El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.
Decimoquinta.- Legislación supletoria.
Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de Abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 30/1984 de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública en aquellos preceptos que continúen vigentes, Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, Ley 7/2005 de 24 de Mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de Junio, y demás disposiciones concordantes. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Segovia, 29 de enero de 2025.
La Secretaria General,
Fdo.: M.ª Lourdes Merino Ibáñez
ANEXO
PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA
OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE FISIOTERAPEUTA.- OE 2024.
PARTE PRIMERA.- CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y ADMINISTRACIÓN LOCAL.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: Garantías y protección. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.
Tema 2.- El Gobierno y la Administración del Estado. Órganos superiores de la Administración Central del Estado. La Administración periférica del Estado.
Tema 3.- La organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Régimen de competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.
Tema 4.- El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. Organización judicial española. El Ministerio Fiscal.
Tema 5.- El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales. La Provincia en el Régimen Local Español. Organización Provincial. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los Órganos de Gobierno Provinciales: composición, elección y atribuciones.
Tema 6.- La Función Pública Local y su Organización. Regulación Legal. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de Octubre y La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local: funciones de cada una de ellas.
Tema 7.- Derechos y deberes de los funcionarios Públicos. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.
Tema 8.- La salud en la Constitución Española de 1978. La Ley 14/1986 de 25 de Abril, General de Sanidad: Fundamentos generales. La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.
Tema 9.- El acto administrativo. Concepto. Clases. Requisitos y Eficacia. El procedimiento administrativo. Regulación legal. Interesados en el procedimiento. Términos y plazos. Registro de documentos. Fases del procedimiento común. Ejecución de los actos administrativos. El silencio administrativo.
Tema 10.- El Presupuesto de las Entidades Locales. Estructura. Procedimiento de elaboración y aprobación. La ejecución del Presupuesto de Gastos de las Entidades Locales. Fases.
Tema 11.- Los contratos administrativos en la esfera local. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: estructura y ámbito de aplicación. Clases de contratos administrativos.
Tema 12.- La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Principios generales. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en el ámbito de los Centros Sanitarios y Residenciales. Principios de mecánica corporal y procedimientos de movilización en la prevención de riesgos laborales. «El cuidado del cuidador».
PARTE SEGUNDA.- TÉCNICO PROFESIONAL.
Tema 13.- Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León.
Tema 14.- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 15.- Ley 3/2024 del 3 de abril reguladora del modelo de atención de los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León.
Tema 16.- La Planificación Local en materia de asuntos sociales en la Diputación de Segovia: La planificación de carácter continuado: Estrategia de innovación 2021-2025. El trabajo de acompañar a las personas. Ed: Diputación de Segovia.
Tema 17.- Organización funcional y territorial de los Servicios Sociales en la Diputación de Segovia. Los Centros Residenciales de la Diputación de Segovia, organización y fines de cada uno de ellos.
Tema 18.- Los Planes Individualizados de Atención: objetivo y características. Elementos que lo forman y trabajadores que intervienen en su elaboración. Papel de los diferentes profesionales en el Equipo Interdisciplinar de los Centros Residenciales. Funciones fisioterapeuta. Niveles y cauces de comunicación y coordinación en el equipo de trabajo. La comunicación con las personas que viven en el centro y su familia.
Tema 19.- Herramientas de evaluación en fisioterapia. Instrumentos estandarizados para su valoración. Valoración analítica en fisioterapia. Procedimientos para determinar afectación de inervación, medidas de capacidad vital, fuerza muscular y amplitud articular.
Tema 20.- Valoración funcional en fisioterapia. Test y comprobaciones para determinar capacidades funcionales. Descripción de alteraciones, limitaciones funcionales y discapacidades.
Tema 21.- La relación terapéutica en la intervención profesional. El vínculo desde el punto de vista de la afectividad consciente.
Tema 22.- La ética como referente en la atención a personas en situación de dependencia. Principios de la bioética. La ética y la atención centrada en la persona. Consentimiento informado. El secreto profesional. Últimas voluntades. Abuso y maltrato. Conceptos de ageísmo-edadismo, gerontofobia, encarnizamiento terapéutico.
Tema 23.- Definición, concepto y clasificación de la discapacidad
Tema 24.- Personas en situación de discapacidad/dependencia física.
Tema 25.- Personas en situación de discapacidad/ dependencia visual y/o auditiva.
Tema 26.- Personas en situación de discapacidad/ dependencia intelectual. Ley 1/2024 de apoyo al proyecto de vida de personas con discapacidad: Título preliminar.
Tema 27.- Ley 8/2021, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica: Proceso sobre la modificación de la capacidad de obrar de las personas. Medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica. Internamiento Involuntario.
Tema 28.- Técnicas y habilidades de comunicación en interrelaciones personales. Sistemas alternativos y/o aumentativos de comunicación. Terapia de validación: comunicación con una persona con demencia.
Tema 29.- Productos de apoyo: Concepto, tipos, características y utilidades. Productos de apoyo que facilitan la autonomía: terapia y entrenamiento, cuidado personal, movilidad y comunicación. Los sistemas de comunicación alternativa. Uso de las nuevas tecnologías.
Tema 30.- El entorno como elemento central de evaluación e intervención. Accesibilidad física en centros residenciales. Diseño de espacios terapéuticos.
Tema 31.- Apoyo en la llegada y acogida en un centro residencial de una persona en situación de dependencia siguiendo los criterios de atención centrada en la persona. Apoyo en el periodo de adaptación.
Tema 32.- La atención centrada en la persona en relación al desempeño de las actividades diarias de la persona. Actividades de mantenimiento y entrenamiento de funciones físicas y de los hábitos de autonomía personal.
Tema 33.- Cinesiología del raquis, de las cinturas escapular y pelviana y de las articulaciones del miembro superior e inferior.
Tema 34.- Enfermedad, discapacidad, vulnerabilidad y fragilidad. Prevención de la fragilidad en la persona mayor. Papel de Fisioterapeuta.
Tema 35.- Cambios biológicos, psicológicos y sociales en la vejez. Valoración geriátrica integral.
Tema 36.- Alteraciones de la marcha. Plan de prevención de caídas. Intervención, abordaje y facilitación por parte del Fisioterapeuta. Actuaciones para acompañar sin utilizar contenciones físicas ni farmacológicas.
Tema 37.- Lesiones de los nervios periféricos. Lesiones nerviosas de la extremidad superior. Lesiones nerviosas de la extremidad inferior. Intervención del Fisioterapeuta.
Tema 38.- Rehabilitación de los síndromes piramidales en fase aguda, subaguda y crónica. Técnicas específicas.
Tema 39.- Fisioterapia en personas con lesiones traumáticas del aparato locomotor.
Tema 40.- Fisioterapia en personas con artropatía degenerativa y patologías de partes blandas.
Tema 41.- Fisioterapia en personas con enfermedad de Parkinson, parkinsonismos y otros síntomas extrapiramidales.
Tema 42.- Fisioterapia en personas con enfermedad cardiaca y/o respiratoria.
Tema 43.- Fisioterapia en personas con amputaciones. La vasculopatía periférica.
Tema 44.- Fisioterapia en las algias crónicas. Valoración fisioterapéutica, escalas de dolor y objetivos fisioterapéuticos. Educación fisioterapéutica.
Tema 45.- Órtesis y prótesis. Concepto, funciones, clasificación y mecanismo de acción.
Tema 46.- Fisioterapia en el síndrome de inmovilidad. Cuidado de la postura corporal y apoyo en la movilización, traslado, sedestación y deambulación de las personas en situación de dependencia. Cuidados especiales y movilización de la persona encamada.
Tema 47.- Ejercicio terapéutico en personas mayores y personas con discapacidad. Limitaciones y contraindicaciones.
Tema 48.- Principales trastornos psicológicos y de conducta en el entorno residencial. Estados confusionales crónicos y agudos. Enfermedad mental en la vejez. Factores de riesgo y epidemiología de los trastornos psicogeriátricos.
Tema 49.- Demencias. La demencia tipo Alzheimer: epidemiología, fases, manifestaciones clínicas, evaluación, diagnóstico y tratamiento. Intervención del Fisioterapeuta.
Tema 50.- Acompañamiento en el final de la vida. Apoyo a la familia en el proceso de despedida. Intervención del Fisioterapeuta.
Tema 51.- Parálisis cerebral infantil. Concepto. Intervención desde la Fisioterapia en los centros residenciales. Fisioterapia en la prevención o limitación de las deformidades ortopédicas.
Tema 52.- El Síndrome de Down: concepto, generalidades y características. Intervención del fisioterapeuta en los centros residenciales.
Tema 53.- Intervención de Fisioterapeuta en salud mental y acompañamiento ante la aparición de necesidades no cubiertas.
Tema. 54.- Cinesiterapia. Concepto, modalidades, principios generales. Indicaciones y contraindicaciones.
Tema 55.- Masoterapia. Concepto. Indicaciones y contraindicaciones. Técnicas de masoterapia específicas.
Tema 56.- Termoterapia y crioterapia. Concepto. Indicaciones y contraindicaciones. Técnicas de aplicación, efectos fisiológicos y terapéuticos.
Tema 57.- Hidroterapia. Concepto. Indicaciones y contraindicaciones. Procedimientos. Efectos fisiológicos y terapéuticos.
Tema 58.- Electroterapia. Concepto. Indicaciones y contraindicaciones. Clasificación de las corrientes eléctricas más usadas en fisioterapia.
Tema 59.- Técnicas terapéuticas con ultrasonidos, láser y campos magnéticos. Generalidades, efectos terapéuticos, indicaciones y contraindicaciones.
Tema 60.- Programas de fisioterapia en centros residenciales.