INFORMACIÓN pública relativa a la aprobación inicial de los estatutos de la entidad urbanística de conservación, mantenimiento y mejora de la unidad de actuación n.º 2 del sector UBZ-29, en el término municipal de Pelabravo (Salamanca). Expte.: 1197/2024.
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Por Resolución de Alcaldía de fecha 24 de enero de 2025 se aprobó inicialmente, el Proyecto de estatutos de la «Entidad Urbanística de conservación, mantenimiento y mejora de la Unidad de Actuación n.º 2 del Sector UBZ-29», y de conformidad con el artículo 193 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, se somete el expediente a información pública por un plazo de un mes, contados desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de Castilla y León, consignándose los siguientes datos, conforme a lo dispuesto el artículo 142 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 432 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero:
- 1.- Órgano que acuerda la información pública: Alcaldía.
- 2.- Fecha del Acuerdo: 24 de enero de 2025.
- 3.- Instrumento o expediente sometido a información pública: Estatutos «Entidad Urbanística de conservación, mantenimiento y mejora de la Unidad de Actuación n.º 2 del Sector UBZ-29».
- 4.- Ámbito de aplicación: Unidad de Actuación n.º 2 del Sector UBZ-29.
- 5.- Identidad del Promotor: Junta de Compensación de la Unidad n.º 2 del Sector UBZ-29 de las NUM de Pelabravo y Ayuntamiento de Pelabravo.
- 6.- Duración del período de información pública: Un mes a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- 7.- Lugar, horarios dispuestos para la consulta del instrumento o expediente: Secretaria del Ayuntamiento de Pelabravo de lunes a viernes.
- 8.- Lugar y horario dispuestos para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros documentos: Ayuntamiento de Pelabravo de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00.
Durante el período de información pública quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo en las dependencias municipales, a los efectos de que se presenten las alegaciones que se consideren oportunas.
Contra este acuerdo, dado su carácter de trámite no finalizador de la vía administrativa, no es susceptible de recurso, sin perjuicio del derecho a formular alegaciones.
Concluida la información pública y audiencia a los interesados, la aprobación definitiva corresponderá a la alcaldía debiendo resolver sobre la constitución de la entidad, incluida la redacción de sus estatutos, tal como fueron presentados o con la modificaciones que procedan. Este acuerdo, incluyendo los estatutos aprobados será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y notificarse a los propietarios, titulares de derechos que consten en el registro de la propiedad, interesados y afectados, al registro de la propiedad y al registro de urbanismo de Castilla y León.
Pelabravo, 24 de enero de 2025.
La Alcaldesa Presidenta,
Fdo.: M. Teresa García Pérez