INFORMACIÓN pública relativa a la modificación puntual del Plan Especial de Conjunto Histórico que afecta a la travesía del Puente de la Leona n.º 6, en el término municipal de Peñafiel (Valladolid).
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Aprobado inicialmente la Modificación Puntual del Plan Especial de Conjunto Histórico presentada por D. Pedro Alonso Bombín , por Resolución de Alcaldía n.º 1695/2024 , de fecha 18 de diciembre , de conformidad con el artículo 52.5 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y con los artículos 154, 155 y 432 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por el Decreto 22/2004, de 29 de enero, se somete a información pública, mediante el presente anuncio:
- • Órgano que acuerda la información pública: Alcaldía.
- • Fecha del acuerdo: 18 de diciembre de 2024.
- • Instrumento o expediente sometido a información pública: Modificación del Plan Especial de Conjunto Histórico.
- • Ámbito de aplicación: Travesía del Puente de la Leona n.º6 (catastral urbana 68587 / 04).
- • Objetivo: posibilitar la división de la parcela en dos ámbitos que ya se encuentran claramente diferenciados tanto por la realidad física de la misma (un ámbito ya está edificado y el otro no) como por la Ordenanza que resulta de aplicación en cada uno de ellos, señalando a tal efecto que mantener el actual carácter unitario de la parcela dificulta claramente la materialización en el ámbito Norte de la parcela del nuevo uso residencial contemplado por el PECH al tener que compartir la titularidad del suelo incluido el del ámbito ELP-PL claramente vinculado a la edificación existente.
- • Se abre un período de información pública por el plazo de un mes, quedando durante dicho período el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo en la Secretaria General del Ayuntamiento, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas para que se presenten tanto alegaciones como sugerencias, informes y documentos complementarios de cualquier tipo. El documento técnico se puede consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Peñafiel http://penafiel.sedelectronica.es
Por el presente acuerdo se suspende el otorgamiento de las licencias urbanísticas citadas en los párrafos 1º, 2º, 3º y 4º de la letra a) y 1º y 2º de la letra b) del artículo 288, así como la tramitación de otros instrumentos de planeamiento o gestión urbanística, en el conjunto del ámbito en el que se modifica el régimen urbanístico vigente, con las excepciones relativas a usos provisionales establecidas en el Art. 19 del texto vigente de la «LUCyL». La suspensión comenzará al día siguiente de la publicación oficial del acuerdo que la produce, y se mantendrá hasta la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que la motiva, o como máximo durante 1 año. Esta suspensión se publicará conjuntamente con la aprobación inicial
Peñafiel, 23 de diciembre de 2024.