RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Salamanca, por la que se conceden subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro, para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes, convocadas mediante Orden de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
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SERVICIO TERRITORIAL DE SALAMANCA
Vistas las solicitudes formuladas por personas físicas, comunidades de bienes y demás en relación con la concesión de subvenciones para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León en municipios de la provincia de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes, y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 11 de marzo de 2019 se publica en el B.O.C. y L. la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural situados en municipios con población inferior a 20000 habitantes. La misma fue posterior y parcialmente modificada por Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, (B.O.C. y L. de 13 de marzo de 2020) y por Orden CYT/432/2022, de 6 de mayo (B.O.C. y L. 12 de mayo de 2022).
Segundo.- Con fecha 11 de junio de 2024 se publica en el B.O.C. y L. Extracto de la Orden de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes para el año 2024.
Tercero.- Finalizado el plazo establecido en la convocatoria para la formalización de solicitudes, han concurrido a la convocatoria un total de nueve personas físicas y/o jurídicas en la provincia de Salamanca que han presentado un total de nueve solicitudes.
Cuarto.- Mediante resolución del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca de fecha 23 de agosto de 2024 se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración, conforme a lo establecido en el artículo 8.5 de la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero modificada por Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, y la Orden CYT/432/2022, de 6 de mayo, quedando constituida la misma el día 4 de septiembre de 2024.
Quinto.- Una vez examinadas las solicitudes, tramitados los oportunos expedientes, y visto el informe vinculante efectuado por la Comisión de Valoración citada en el antecedente anterior, previo informe técnico, se remite dicho informe vinculante a la Dirección General de Patrimonio Cultural en tanto que, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención modificada por el la Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, (B.O.C. y L. de 13 de marzo de 2020), y por la Orden CYT/432/2022, de 6 de mayo (B.O.C. y L. 12 de mayo de 2022).
La Orden de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye carácter estimativo a la distribución entre las aplicaciones presupuestarias para cada una de las provincias de la cuantía total máxima que se prevé en la convocatoria, por si fuese preciso efectuar una adecuación definitiva de las cantidades inicialmente asignadas.
Sexto.- La Orden de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 13 de noviembre del 2024 por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos presupuestarios establecidos en la orden de la orden de 5 de junio de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se convocan subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes para el año 2024, distribuye el crédito y asigna definitivamente, correspondiendo a la provincia de Salamanca la cantidad de ochenta y tres mil seiscientos veintiuno con cincuenta y dos céntimos de euros (83.621,52 €) en la aplicación presupuestaria 10.02.337A01.7802T.5.
Séptimo.- Seguidamente a la citada asignación de crédito, examinadas las alegaciones, documentos y justificaciones presentadas por los interesados y finalizada la instrucción del procedimiento, por el órgano instructor se formula Propuesta de Resolución en los términos establecidos en el artículo 8.8 de la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención, modificada por la Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero y por Orden CYT/432/2022, de 6 de mayo (B.O.C. y L. 12 de mayo de 2022).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Mediante la Orden de 5 de junio de 2024 (extracto publicado en el B.O.C. y L. de 11 de junio de 2024) se efectuó convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes. En la misma se asignó a la provincia de Salamanca un crédito de treinta y siete mil ciento cincuenta euros (37.150,00 €) para el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.02.337A01.7802T.5 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2024. Asimismo, el artículo segundo de la Orden de 5 de junio de 2024 fija una cuantía adicional máxima aplicable a la concesión de estas subvenciones sin requerir nueva convocatoria.
Ello no obstante, y dado que se atribuye carácter estimativo a la distribución de crédito entre las aplicaciones presupuestarias para cada una de las provincias de la cuantía máxima que se prevé en la convocatoria es la Orden de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 13 de noviembre del 2024, por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos presupuestarios establecidos en la orden de 5 de junio de marzo de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se convocan subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes para el año 2024, asigna definitivamente distribuye el crédito, correspondiendo a la provincia de Salamanca la cantidad de ochenta y tres mil seiscientos veintiuno con cincuenta y dos céntimos de euros (83.621,52 €) en la aplicación presupuestaria 10.02.337A01.7802T.5
De conformidad con lo dispuesto, tanto en el artículo 8.3 de la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención, modificada por Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, como en el apartado Octavo de la Orden de Convocatoria, de 5 de junio de 2024, el órgano de instrucción del procedimiento de concesión de la subvención resulta ser el Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en cada provincia. En el presente supuesto, por tanto, el Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Salamanca.
Corresponde al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca la resolución del procedimiento de concesión a la vista de la propuesta del Instructor, según se desprende de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero (B.O.C. y L. 11 de marzo de 2019), por la que se establecen las bases reguladoras modificada por Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero y en el apartado undécimo de la Orden de Convocatoria, de 5 de junio de 2024.
Segundo.- Previamente a la elaboración de dicha Resolución se ha acordado por la Comisión de Valoración antes citada asignar, en aplicación de los criterios de valoración específicamente establecidos en el artículo 9 de la citada Orden CYT/188/2019 modificada por Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, y en el apartado Noveno de la Orden de convocatoria, la siguiente valoración a las solicitudes formuladas en tiempo y forma:
Nivel de protección (A) | Puntuación |
---|---|
Grado 1. Protección integral. Si BIC Grado 2. Protección integral. No BIC Grado 3. Protección estructural Grado 4. Protección ambiental o entorno BIC Sin Protección | 15 12 10 5 0 |
SOLICITANTE: | Criterios de valoración (*) | Puntuación | |||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
A | B | C | D | E | F | G | H | ||
Teresa Delgado Sánchez | 5 | 5 | |||||||
Leonardo Elices Martín | 5 | 5 | |||||||
Myriam de Dios García | 0 | 3 | 3 | ||||||
Carmelitas Descalzas Convento de la Anunciación | 15 | 15 | |||||||
Diócesis de Salamanca | 15 | 3 | 18 | ||||||
Franciscanas de la Tercera Orden/Convento Santa Isabel | 15 | 15 | |||||||
Fundación Santiago y San Marcos | 12 | 12 | |||||||
Franciscanas de la Tercera Orden Isabelas/ Convento de Ntra. Sra. de Porta Coeli | 15 | 3 | 18 |
(*) Criterios:
A: Nivel de protección (máximo 15 puntos)
B: Zona afectada por la declaración de Conjunto Histórico del Camino de Santiago (Camino Francés) de acuerdo con el Decreto 324/1999 (3 puntos)
C: Bien ubicado en municipios del Anexo de la Orden (3 puntos)
D: Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (3 puntos)
E: Mejoras o instalación de elementos de vigilancia y seguridad (2 puntos)
F: Municipio con población menor o igual a 5.000 habitantes (3 puntos)
G: Acreditación cumplimiento de la normativa para integración laboral (1 punto)
H: Solicitantes considerados empresas de conformidad con los términos previstos en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre (1 punto)
Tercero.- Respecto a la documentación presentada por Pelagarcía C.B. (Expte. P-5/2024), una vez revisada la misma, la Comisión de Valoración informa desfavorablemente dicha solicitud, al no cumplir los requisitos del artículo 3.3 de la Orden CYT/188/2019 por la que se establecen las bases reguladoras y del apartado cuarto 2. de la Orden de convocatoria 5 de junio de 2024.
Cuarto.- De conformidad con el informe vinculante emitido por la Comisión de Valoración, previo informe técnico, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.7 de las bases reguladoras, se procedió por el órgano de instrucción a requerir la presentación de la documentación acreditativa de la realidad de los datos contenidos en la declaración responsable dando término a la fase de instrucción de los expedientes.
Quinto.- Posteriormente, se evacuó la preceptiva propuesta de resolución. En la misma se propone conceder las subvenciones, de acuerdo con el informe vinculante de la Comisión de Valoración.
Vistos los antecedentes de hecho mencionados, la normativa relacionada en los fundamentos de derecho relativa a las normas de aplicación para la concesión de estas subvenciones y demás normativa de general y pertinente aplicación, y la propuesta de resolución del Jefe del Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte
RESUELVO
Primero.- Conceder las siguientes subvenciones:
PERCEPTOR | FINALIDAD | SUBVENCIÓN PROPUESTA |
---|---|---|
Teresa Delgado Sánchez | Reparación y conservación fachada en vivienda Plaza Mayor 4 (Alba de Tormes) | 1.312,85 € |
Leonardo Elices Martín | Cambio de ventanas de vivienda en Paseo Terrero 2, (Alba de Tormes) | 1.146,10 € |
Myriam de Dios García | Renovación vivienda en C/ Pozos n.º 10 (San Felices de los Gallegos) | 6.273,65 € |
Carmelitas Descalzas Convento de la Anunciación | Retejado cubierta convento Madres Carmelitas en Plaza de Santa Teresa (Alba de Tormes) | 21.366,29 € |
Diócesis de Salamanca | Sustitución de pizarra del solado en la Ermita del Robledo, (Sequeros). | 3.150,84 € |
Franciscanas de la Tercera Orden/Convento Santa Isabel | Retejado cubierta de la iglesia del Convento de las Madres Isabeles en calle Santa Isabel 1 (Alba de Tormes). | 25.186,93 € |
Fundación Santiago y San Marcos | Conservación, catalogación y limpieza de las tablas pertenecientes al alforje del Hospital de Santiago y San Marcos | 3.388,00 € |
Franciscanas de la Tercera Orden Isabelas/ Convento de Ntra. Sra. de Porta Coeli | Refuerzo de tirantes de la estructura en dos crujías de la cubierta del convento de Nuestra Señora de Porta Coeli de El Zarzoso (El Cabaco) | 21.796,86 € |
Segundo.- Denegar la solicitud presentada por Pelagarcía C.B. (Expte. P-5/2024),), por los motivos que a continuación se indican: al no cumplir los requisitos del artículo 3.3 de la Orden CYT/188/2019 por la que se establecen las bases reguladoras y del apartado cuarto 2. de la Orden de convocatoria 5 de junio de 2024.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses, según se establece en los artículos 8.3, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El cómputo de ambos plazos se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Salamanca, 4 de diciembre de 2024.