CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Salas de los Infantes (Burgos), por la que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir como personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso, 1 plaza de Monitor/a Deportivo.
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Advertido error en el texto remitido para su publicación, de fecha 23 de octubre de 2023, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León número 214 de fecha 4 de noviembre de 2024, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 3, donde dice:
«Artículo 3.- Solicitudes y plazo de presentación.
Las personas interesadas en participar presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña como anexo I a las presentes bases. Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Salas de los Infantes https://salasdelosinfantes.sedelectronica.es/ Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Salas de los Infantes y se presentarán, en el Registro General Electrónico de este ayuntamiento. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de extracto de la convocatoria de cada plaza en el Boletín Oficial del Estado.
En todo caso, las personas interesadas deberán presentar junto con la solicitud de participación, realizada conforme el modelo contenido en el Anexo I de la convocatoria:
- a) Copia del Documento Nacional de Identidad en vigor o pasaporte en su defecto.
- b) La hoja de auto baremación incluida en el anexo II debidamente cumplimentadad) c) La documentación que acredite los méritos que deseen que sean valorados en el concurso, de lo contrario no serán valorado sin opción a mejora de solicitud por parte del interesado. En el caso de que las personas interesadas se hallasen en situación de. servicio activo en el Ayuntamiento de Salas de los Infantes la experiencia profesional en el mismo deberá ser acreditada de oficio.
- e) Documento acreditativo de abono de la tasa por los derechos de participación tasados en 15 € conforme a la Ordenanza 101 aprobada y vigente en el Ayuntamiento de Salas de los Infantes.
La exclusión definitiva del proceso selectivo no dará lugar a la devolución de los derechos de participación»
Debe decir:
«Artículo 3. - Solicitudes y plazo de presentación.
Las personas interesadas en participar presentarán su solicitud conforme al modelo oficial que acompaña como anexo I a las presentes bases. Dicho modelo podrá obtenerse, asimismo, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Salas de los Infantes https://salasdelosinfantes.sedelectronica.es/ Las solicitudes se dirigirán a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Salas de los Infantes y se presentarán, en el Registro General Electrónico de este ayuntamiento. Sin perjuicio de lo anterior, las personas interesadas podrán presentar su solicitud de participación en los procesos selectivos en cualquiera de los lugares y formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de extracto de la convocatoria de cada plaza en el Boletín Oficial del Estado.
En todo caso, las personas interesadas deberán presentar junto con la solicitud de participación, realizada conforme el modelo contenido en el Anexo I de la convocatoria:
- a) Copia del Documento Nacional de Identidad en vigor o pasaporte en su defecto.
- b) La hoja de auto baremación incluida en el anexo II debidamente cumplimentadad.
- c) Copia de la titulación exigida o justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes.
- Si estos documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios que ha de ser éste en todo caso anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
- d) La documentación que acredite los méritos que deseen que sean valorados en el concurso, de lo contrario no serán valorado sin opción a mejora de solicitud por parte del interesado. En el caso de que las personas interesadas se hallasen en situación de. servicio activo en el Ayuntamiento de Salas de los Infantes la experiencia profesional en el mismo deberá ser acreditada de oficio.
- e) Documento acreditativo de abono de la tasa por los derechos de participación tasados en 15 € conforme a la Ordenanza 101 aprobada y vigente en el Ayuntamiento de Salas de los Infantes. 9 de enero de
La exclusión definitiva del proceso selectivo no dará lugar a la devolución de los derechos de participación.»
Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Salas de los Infantes, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).