ACUERDO 110/2024, de 5 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se concede un aval de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León a la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A., en garantía de un préstamo con el Banco Europeo de Inversiones de cuarenta millones de euros (proyecto «Somacyl Renewable Energy and Energy Efficiency FL»).
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La Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A., (SOMACYL) ha obtenido del Banco Europeo de Inversiones (BEI) una línea de financiación por importe de 60 millones de euros para el proyecto denominado «Somacyl Renewable Energy & Energy Efficiency FL». Este proyecto incluye nuevas inversiones en redes de calor sostenibles con biomasa forestal en distintos municipios de Castilla y León, actuaciones en eficiencia energética en edificios públicos, principalmente mejora de envolventes, así como inversiones en plantación y reforestación de chopos. La inversión, a ejecutar en varias fases, se eleva a 164.608.514 euros.
La primera de ellas engloba las actuaciones en redes de calor y parte de la línea de reforestación. La inversión prevista asciende a 129.244.945 euros y lleva asociada un primer préstamo del BEI por importe de 40 millones de euros suscrito el 21 de diciembre de 2023.
Las inversiones en redes de calor tienen como objeto el suministro de calor de calefacción y agua caliente sanitaria a edificios públicos y privados, sustituyendo su sistema de generación actual de calefacción con combustibles fósiles (gas y gasoil fundamentalmente) o, a edificios de nueva construcción que necesitan climatización. La inversión prevista asciende a 125.144.945 euros, con una ejecución escalonada de 11 actuaciones en 7 años, finalizando en 2028.
Por lo que respecta a las actuaciones de reforestación, las inversiones previstas de 4,1 millones de euros durante los años 2024 y 2025 se corresponden con nuevas plantaciones y trabajos de laboreo de plantaciones de chopo en curso. En concreto, son las relativas al destoconado, trabajos de preparación del terreno, plantación de chopos, trabajos de fumigación para evitar plagas y distintas fases de podas y limpiezas hasta la corta final de la madera a los 15 años desde su plantación.
Para la financiación de estas actuaciones, además del mencionado contrato de préstamo concertado con el BEI por 40 millones de euros, se contempla la recepción de Fondos Europeos por un importe total de 76.312.391 euros procedentes del Instrumento REACT-EU, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER Programa Operativo 2021-2027 y del Fondo de Transición Justa, así como aportación de fondos propios de la sociedad por importe de 12.932.554 euros.
El préstamo concertado por Somacyl con el BEI establece como requisito, y además es condición previa a la primera disposición, que la Junta de Castilla y León se constituya como fiador solidario del íntegro cumplimiento de todas las obligaciones financieras y pecuniarias resultantes del contrato de financiación, habiéndose solicitado por la sociedad pública la concesión del aval en estos términos.
Esta solicitud se enmarca en las previsiones de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, que en su artículo 200 recoge que la Administración General de la Comunidad podrá afianzar las obligaciones derivadas de operaciones de crédito concertadas por personas jurídicas públicas o privadas mediante el otorgamiento del correspondiente aval por la Junta de Castilla y León. Asimismo, establece que los acuerdos de concesión podrán determinar que los documentos en que se formalice la garantía contemplen cláusulas que resulten usuales en los mercados financieros, así como el sometimiento a arbitraje o la remisión a una legislación o tribunales extranjeros en el supuesto de avales respecto a operaciones concertadas con instituciones financieras multilaterales. En este caso, el contrato se ha de formalizar en el modelo definido por el BEI, que figura como anexo al contrato de préstamo suscrito.
Dicha solicitud también se ajusta a lo previsto en el artículo 203 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, que determina que los avales que se otorguen tendrán carácter subsidiario, si bien se recoge que, excepcionalmente, la Junta de Castilla y León podrá renunciar al beneficio de excusión establecido en el artículo 1830 del Código Civil cuando los beneficiarios sean entidades que formen parte del sector público de la Comunidad, estando SOMACYL integrada en este.
El artículo 202 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, establece como requisito que los créditos avalados tengan como finalidad financiar inversiones u otras operaciones de especial interés para la Comunidad Autónoma de acuerdo con las prioridades de la política económica. En relación con esta consideración el Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio concluye que «las actuaciones a financiar con esta operación tienen un especial interés para la Comunidad Autónoma de Castilla y León.»
La Ley 2/2006, de 3 de mayo, también dispone que el importe del aval deberá respetar los límites cuantitativos establecidos anualmente en las leyes de presupuestos generales de la Comunidad. En este sentido, la Ley 5/2024, de 9 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2024, establece en su artículo 28 que la Junta de Castilla y León podrá autorizar avales, que pueden tener el carácter de solidario, sobre operaciones de crédito concedidas por entidades financieras a favor de las entidades que formen parte del sector público de la Comunidad, hasta un importe máximo global e individual de 500.000.000 euros. La Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A. forma parte del sector público de la Comunidad, según el artículo 2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, por lo que los avales a conceder a ésta podrán tener carácter solidario. Además, durante el ejercicio 2024 se han otorgado garantías por importe de 85.000.000 euros, por lo que la concesión del aval solicitado se encontraría dentro del límite habilitado al efecto.
De igual forma, se ha de tener en cuenta el Decreto 24/2010, de 10 de junio, por el que se regula la prestación de avales de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, al establecer las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de estos.
En primer lugar, se cumple el requisito de que el avalado tenga el domicilio social en Castilla y León.
Respecto a la viabilidad financiera de la operación, la capacidad del SOMACYL para hacer frente a las obligaciones financieras asumidas con el BEI por el préstamo concertado se fundamenta substancialmente en la adecuada recepción de los Fondos Europeos previstos y en la obtención de ingresos suficientes por la explotación del proyecto, principalmente de los derivados de las redes de calor, que permitan recuperar la inversión realizada, así como dar cobertura a los gastos operativos y financieros asociados al proyecto. A estos ingresos se adicionarían los fondos que prevé aportar la propia sociedad pública.
Además, se cumple que el riesgo acumulado que asumiría la Junta de Castilla y León con SOMACYL sería inferior al doble del límite por operación individual establecido en la Ley 5/2024, de 9 de mayo, de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2024 que sería de 1.000 millones de euros.
No obstante, como la solicitud de garantía propuesta excede del 80% del principal de la operación de crédito, sería necesario, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto 24/2010, de 10 de junio antes citado, que el acuerdo excepcionase esta limitación en el caso de estimar favorable la solicitud formulada por la empresa pública.
Asimismo, para que el aval pueda garantizar el íntegro cumplimiento de todas las obligaciones financieras y pecuniarias que correspondan a SOMACYL en virtud del contrato de financiación suscrito con el Banco Europeo de Inversiones, es preciso, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto 24/2010, de 10 de junio, que la Junta de Castilla y León considere estas actuaciones como de especial interés para la Comunidad. En este sentido, el referido informe del Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio considera que las actuaciones previstas tienen un especial interés para la Comunidad.
Finalmente, hay que señalar que el Consejo de Ministros en el acuerdo de 5 de noviembre de 2024 autorizó a la Comunidad de Castilla y León, en aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, a conceder un aval en garantía del contrato de financiación anteriormente citado suscrito entre el BEI y SOMACYL.
En consecuencia, la solicitud de aval cumple los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, los límites cuantitativos previstos en el artículo 28 de la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2024, en relación con la autorización de avales a entidades del sector público autonómico, así como las condiciones y requisitos previstos en el Decreto 24/2010, de 10 de junio.
Conforme al artículo 5.2.b) del Decreto 19/2022, de 26 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno, corresponde a esta Comisión conceder las garantías otorgadas mediante aval de la Administración General de la Comunidad y, en su caso, determinar las comisiones que devenguen los avales otorgados.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Comisión Delegada del Gobierno en su reunión del 5 de Diciembre de 2024, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Conceder un aval de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León en garantía de una operación de préstamo concertada entre la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A. y el Banco Europeo de Inversiones (Proyecto «Somacyl Renewable Energy & Energy Efficieny FL»), en los términos siguientes:
Condiciones del crédito:
- • Importe máximo: Cuarenta millones de euros (40.000.000 €).
- • Plazo/Carencia: Máximo 20 años (incluyendo 5 de carencia).
- • Destino: Inversiones en redes de calor sostenibles con biomasa forestal y en repoblación forestal.
- • Tipo de interés: Fijo, revisable, variable o con opción de conversión a fijo, según cotización del BEI en la fecha de cada disposición.
Condiciones del Aval:
- • Obligaciones garantizadas: Se garantiza el íntegro cumplimiento de todas las obligaciones financieras y pecuniarias que correspondan a SOMACYL en virtud del contrato de financiación suscrito con el Banco Europeo de Inversiones, considerándose la operación como de especial interés para la Comunidad.
- • Límite del aval: Se excepciona el límite del 80% de la operación de crédito, de acuerdo con lo previsto en el párrafo tercero del artículo 3 del Decreto 24/2010, de 10 de junio, por el que se regula la prestación de avales de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León.
- • Carácter del aval: Solidario con renuncia a los beneficios de orden, división y excusión.
- • Comisión del aval: 0,01% anual sobre el principal garantizado.
Segundo. Autorizar al Consejero de Economía y Hacienda para que realice las acciones necesarias para la ejecución del presente Acuerdo y, en particular, para la firma del correspondiente contrato de aval en los términos y condiciones del modelo definido por el Banco Europeo de Inversiones.
Valladolid, 5 de diciembre de 2024.
La Presidenta de la Comisión Delegada del Gobierno,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas
El Consejero de Economía y Hacienda,