DECRETO de 2 de diciembre de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Riaza (Segovia), por el que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, 1 plaza de Auxiliar Administrativo de la plantilla de funcionarios, perteneciente a la oferta de empleo público del año 2024. Expte.: 1174/2024 GEST.

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Por Decreto de Alcaldía n.º 561/2024, de fecha 2 de diciembre de 2024, se ha aprobado la convocatoria con las siguientes Bases Reguladoras para la provisión en propiedad de la plaza de auxiliar administrativo en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Riaza, mediante concurso-oposición:

Vista la necesidad de este Ayuntamiento de proceder a la ejecución de la Oferta de Empleo Público, aprobada mediante Resolución de Alcaldía de fecha 22 de noviembre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia n.º 143, de fecha 27/11/2024, resuelvo:

Primero.- Aprobar las siguientes bases que regirán la convocatoria para la provisión en propiedad de la plaza de auxiliar administrativo en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Riaza, mediante concurso-oposición:

CONVOCATORIA Y BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE LA SELECCIÓN PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE RIAZA (SEGOVIA), PERTENECIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2024.

Primera. Objeto de la Convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluye en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2024, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 22 de noviembre de 2024, n.º 544 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 143, de fecha 27 de noviembre de 2024, cuyas características son:

  • - Grupo: C; Subgrupo: C-2 Clasificación: Escala de la Administración General; Subescala: Auxiliar; Complemento Destino 18, Número de vacantes: una Denominación: Auxiliar Administrativo.
Segunda. Funciones

Realiza trabajos de soporte a la gestión administrativa y en la elaboración de documentación requerida para la unidad o departamento donde se ubica el lugar de trabajo; tramita expedientes bajo directrices o procedimientos definidos, realiza cálculos, distribuye correspondencia, confecciona documentos, resoluciones o similares; archiva documentación y realiza el control de documentos.

Presta apoyo administrativo al personal técnico en la planificación y ejecución de programas o tareas de su ámbito de competencias.

Atiende al público de forma tanto presencial como telefónica o telemática; coordinando la misma para su atención por el empleado competente de su sección.

Utiliza máquinas, aparatos y programas informáticos, así como cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior jerárquico. Efectúa registros de entradas y salidas de documentos, apertura y tramitación de expedientes y notificación de resoluciones, gestiona la documentación a remitir a órganos colegiados para sus convocatorias.

Maneja de forma efectiva herramientas ofimáticas, especialmente de gestión de expedientes, padrón municipal, padrones de tributos y tasas, trámites IRPF y Seg. Social, contabilidad y presupuesto, email, tablón de anuncios, bando móvil y web municipal.

Realiza tareas de gestión de personal: revisión de nóminas, horas extra, permisos, contratación (altas y bajas).

Realiza funciones de protocolo, coordinación entre alcaldía y concejalías, así como entre estas y otras Administraciones.

Presta apoyo administrativo a otros departamentos: Secretaría, intervención, Cultura, Deportes y Urbanismo.

Realiza funciones de archivo de documentación.

Tercera. Sistema Selectivo.

El sistema selectivo utilizado en la presente convocatoria es el de concuso-oposición, toda vez que las funciones señaladas del puesto específicas, sumadas a la transversalidad y versatilidad del puesto, aconsejan la valoración de una experiencia, formación y conocimientos ajustados a la naturaleza de las funciones a desempeñar, reduciendo sustancialmente el periodo de formación y facilitando la gestión en un Ayuntamiento del tamaño y con el personal administrativo que tiene el Ayuntamiento de Riaza.

Todo acorde previsto en el artículo 61.6 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público como adecuado para garantizar el acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y los principios legales relativos a publicidad y adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.

Cuarta. Condiciones de Admisión de Aspirantes.

Para tomar parte en este proceso, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que concluya el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

  • a) Ser español, sin perjuicio de lo dispuesto sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados en el Art. 57.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • b) Tener cumplidos los 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa para el acceso al empleo público.
  • c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
  • d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Educación Secundaria Obligatoria o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en su caso.
  • En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la convalidación.
  • e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni tener inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos o haber sido despedido como personal laboral en los términos establecidos en el Art. 56.1 d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • f) Tasa: Haber abonado la correspondiente tasa, según la Ordenanza Fiscal Reguladora). (B.O.P. de Segovia n.º 89, de fecha 26 de julio de 2017).

Quinta. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.

Las instancias, en el modelo normalizado establecido por este Ayuntamiento que queda unido a la presente convocatoria como Anexo II de las presentes Bases, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Riaza. Deberán dirigirse al Sr. Alcalde de la Corporación, y en ellas los aspirantes harán constar todos los requisitos exigidos, manifestando a la vez que se reúnen todas las condiciones contempladas en la base segunda, para en su momento presentar la documentación justificativa que comprenda tal declaración.

Asimismo, que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a presentar juramento o promesa de acuerdo con lo determinado en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

También podrán presentarse las instancias en plazo en la forma que determina el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados desde el siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el Boletín Oficial de la Provincia.

La solicitud deberá ir acompañada por:

  • - Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
  • - Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
  • - Informe o certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, emitido con una antigüedad inferior a un mes, tomando como referencia el día en el que expire el plazo de presentación de instancias.
  • - Justificante del pago de derecho de examen, (Ordenanza Fiscal Tasa publicada en el B.O.P. de Segovia n.º 89, de fecha 26 de julio de 2017) que asciende a la cantidad de 12 euros, y que deberá ingresarse en la cuenta del Ayuntamiento de Riaza, Entidad Bancaria BBVA, n.º IBAN: ES05 0182 6225 4102 0040 0883, haciendo constar en el concepto del ingreso, nombre del aspirante y plaza a optar, o en su caso, documentos que acrediten la exención de los mismos, de acuerdo con la citada Ordenanza.
  • - Autobaremo según anexo III que se publica junto con las presentes bases acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en las presentes bases.
Sexta. Admisión de Aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución dentro del plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.

La Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://riaza.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación de defectos, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.

Transcurrido el plazo de subsanación de defectos, el Sr. Alcalde, mediante Resolución, elevará a definitiva la lista provisional de aspirantes.

Dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://riaza.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, determinará además la composición nominal del Tribunal Calificador, lugar, fecha y hora del comienzo de la primera de las pruebas.

El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://riaza.sedelectronica.es y en el tablón de edictos de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

Séptima. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará constituido por:

  • a) Presidente: El Secretario Interventor de la Corporación o funcionario que legalmente le sustituya
  • b) Secretario: Un funcionario de Habilitación Nacional.
  • c) Vocales:
    • - Tres funcionarios de carrera con titulación igual o superior a la requerida para el puesto.

Suplentes: Para cada representante titular será designado el correspondiente suplente.

El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de al menos tres de sus miembros, ya sean titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente, Secretario y un Vocal. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.

Las actuaciones del Tribunal habrán de ajustarse a las bases de la convocatoria; no obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en las mismas.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 23 y 24 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.

Octava. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases

  • - Oposición
  • - Concurso.
Fase oposición:

Constará de los siguientes ejercicios obligatorios y eliminatorios para todos los aspirantes. Su calificación será de «0 a 10 puntos», siendo eliminado el aspirante que no alcance en cada uno de ellos 5 puntos.

Primer ejercicio: Consistirá en un ejercicio tipo test, compuesto por 50 preguntas alternativas, que versarán sobre los temas que figuran en el Anexo I de las presentes Bases. Se añadirán 5 preguntas de reserva , que se contestarán en tiempo otorgado para realizar el ejercicio, que sustituirán en orden correlativo de la primera a la última a las preguntas que en su caso puedan ser anuladas de forma motivada por el Tribunal Calificador. En caso de no superarse no se podrá acceder al segundo ejercicio.

Una vez finalizada la corrección del ejercicio y tras la exposición de la lista provisional se abrirá un plazo de cinco días hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado este primer ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de cuatro supuestos prácticos relacionados con las funciones propias de las tareas del puesto de trabajo objeto de la convocatoria y en relación con los temas que figuran en el Anexo I de las presentes Bases. Podrán realizarse con ordenador. No se podrán utilizar textos legales, ni material de consulta salvo aquello que el tribunal estime necesario. Cada supuesto tendrá el mismo valor, de un máximo cada uno de 2,5 puntos.

El ejercicio pueden consistir en el manejo de una hoja de cálculo y/o de procesador de textos. Si el desarrollo del ejercicio o ejercicios se desarrollase mediante el uso de ordenador, el ayuntamiento habilitará los medios necesarios para su ejecución.

Asimismo, el ejercicio puede consistir en la solución por escrito a supuestos prácticos relacionados con las funciones asignadas a la plaza sobre materias relacionadas en el programa anexo a las presentes bases.

Por último, el ejercicio puede consistir en una combinación de las dos modalidades señaladas (prueba ofimática y supuesto escrito sobre materias relacionadas en el programa anexo a desarrollar en un ejercicio único o en dos ejercicios, uno de cada modalidad.)

Las aplicaciones informáticas a utilizar serán Office 365.

Una vez finalizada la corrección del segundo ejercicio y realizada valoración de méritos de la fase concurso, se expondrá la lista provisional de puntuaciones del segundo ejercicio así como un listado con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, abriéndose un plazo conjunto para posibles reclamaciones de ambas listas. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio, así como la valoración definitiva de los méritos de la fase concurso

Estos ejercicios tendrán lugar en los días y horas que oportunamente por el Tribunal se señalen.

El tiempo de duración de las pruebas lo determinará dicho Tribunal antes del inicio de cada una de ellas. Todos los ejercicios son obligatorios y eliminatorios.

Fase de concurso:

Esta fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por las personas aspirantes.

Para pasar a la fase de concurso las personas participantes deberán superar previamente la fase de oposición, por lo que sólo se valorarán los méritos de las personas participantes que la hubieran superado.

Los méritos estarán referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

Dicha fase de concurso, se ajustará al siguiente baremo:

  • 1. Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Pública Local, como funcionario, contratado laboral o interino, para trabajos similares a los de la plaza que se convoca: 0,015 puntos, hasta un máximo de 2,00 puntos.
  • 2. Por cada mes completo de servicios prestados en Ayuntamientos de entre 1.500 y 5.000 habitantes como funcionario, contratado laboral o interino, para trabajos similares a los de la plaza que se convoca: 0,015 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto, (acumulable) .
  • 3. Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones publicas distintas de la Administación local de las mismas características como funcionario, contratado laboral o interino, para trabajos similares a los de la plaza que se convoca: 0,005 puntos, hasta un máximo de 0,50 puntos. (acumulable)
  • 4. Títulos o diplomas: Por títulos o diplomas de cursos realizados en Organismos públicos, Universidades, Institutos y Escuelas Oficiales de Funcionarios y Centros Oficiales, que estén reconocidos por las Administraciones Públicas y Centros Privados debidamente homologados por la Administración competente y organizados por Administraciones Públicas, Sindicatos o Federaciones o Asociaciones de las mismas y que estén relacionados con el puesto de trabajo (sólo se valoraran los relativos a derecho administrativo General, Derecho tributario Local, padrón habitantes y registro, Derecho presupuestario y contable Local, informática y gestión de archivo y atención ciudadana):
  • Se otorgará la siguiente puntuación en función del número de horas lectivas del curso, hasta un máximo de 1,00 punto:
    • - Cursos de hasta 20 horas lectivas 0,075 puntos cada uno.
    • - Cursos de duración comprendida entre 21 y 50 horas lectivas, 0,10 puntos cada uno.
    • - Cursos de duración comprendida entre 51 y 100 horas lectivas, 0,15 puntos cada uno.
    • - Cursos de más de 100 horas lectivas, 0,20 puntos cada uno.
  • 5. Por estar en posesión de una Titulación superior a la exigida para participar en las pruebas selectivas:
    • Bachiller superior: 0,25 puntos
    • Diplomado universitario: 0,50 puntos.
    • Licenciado universitario: 1,00 puntos.
  • 6. Por haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a dicho cuerpo, escala o categoría a la que desea acceder 0,5 por ejercicio hasta un máximo de 2,00 puntos.
  • 7. Por manejo y uso efectivo de las aplicaciones esPublico Gestiona, padrón de habitantes Interpública-Población e Interpublica Presupuestos-Contabilidad en una administración pública, 0,15 puntos por cada aplicación (máximo 0,45 puntos).

Estos méritos deberán acreditarse ante el Ayuntamiento de la siguiente forma:

  • • Los relacionados con el punto 1, 2 y 3 mediante certificación de la Administración Pública en el que hayan prestado sus servicios, con expresión del comienzo y fin de los mismos, contenido e identificación con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria
  • No se tendrán en cuenta las fracciones de tiempo inferiores al mes. En este sentido, el cálculo se efectuará tomando en consideración el número total de días de servicios efectivamente prestados y se dividirá entre 30 desechándose las fracciones que resulten inferiores a la unidad.
  • Cuando las tareas se hubieran desempeñado en régimen de media jornada o cualquier otro distinto a la jornada completa, los méritos se valorarán de manera proporcional a la jornada efectivamente prestada.
  • • Los relacionados con el punto 4 y 5, mediante fotocopia compulsada del documento que lo acredite.
  • • Los relacionados con el punto 6, mediante certificación de la Administración Pública que convocó dichos ejercicios.
  • • Los relacionados con el punto 7 mediante certificación de la Administración Pública en el que hayan prestado sus servicios, con expresion de la aplicación/es utilizada/as.

De acuerdo con lo ya señalado en fase oposición, una vez finalizada la corrección del segundo ejercicio y realizada valoración de méritos de la fase concurso, se expondrá la lista provisional de puntuaciones del segundo ejercicio así como un listado con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, abriéndose un plazo conjunto para posibles reclamaciones de ambas listas. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio, así como la valoración definitiva de los méritos de la fase concurso.

Novena. Calificación.

Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición será obligatorio y calificado de «0 a 10 puntos» siendo eliminados los opositores que no alcancen en cada uno de ellos la calificación mínima de 5 puntos.

La puntuación para el primer ejercicio será la siguiente: Aciertos x 0,20; errores restarán 0,10 cada uno; respuestas en blanco no se contabilizan.

Para el segundo ejercicio, el número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal será de «0 a 10 puntos», y la calificación se adoptará sumando las otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva en la fase de oposición para este ejercicio.

Las calificaciones se harán públicas en la sede electronica http://riaza.sedelectronica.es y el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El orden de calificación definitiva será el determinado por la suma total de puntuaciones obtenidas por los aspirantes en los distintos ejercicios de la fase de oposición y las sumas de las calificaciones de los méritos en la fase de concurso. El resultado servirá para determinar la propuesta del Tribunal del nombramiento a Alcaldía a favor del aspirante que ocupe el primer puesto en la calificación.

En caso de empate entre dos o más aspirantes, tendrá preferencia el que haya obtenido más puntuación en la fase de oposición y de persistir el que haya obtenido más puntuación en los meritos de experiencia de la fase de concurso.

Efectuada la calificación definitiva, el Tribunal, teniendo en cuenta que, según la normativa vigente, el número de aprobados no podrá superar el de plazas convocadas, publicará en la sede electronica http://riaza.sedelectronica.es y el tablón de anuncios del Ayuntamiento, anuncio en que aparezcan los resultados finales del concurso-oposición y el nombre y apellidos y puntuación total obtenida por el aspirante que resulte seleccionado. El resto de aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas conformarán la bolsa de trabajo en el orden de puntuación obtenida.

Décima. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas (una sóla en este caso). Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación para que realice el pertinente nombramiento del aspirante que hubiese sido seleccionado por el Tribunal calificador, y se publicará dicho nombramiento en la sede electronica http://riaza.sedelectronica.es, tablon de anuncios y Boletin Oficical de la Provincia

El aspirante propuesto aportará ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde la publicación realizada en la sede electronica del Ayuntamiento http://riaza.sedelectronica.es, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, sin admitirse que dichas condiciones de capacidad y requisitos se hayan obtenido con posterioridad a la terminación del plazo de presentación de instancias.

Se deberá aportar certificado medico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psiquico que imposiblilite el normal ejercicio de las funciones del puesto.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

  • a) Superación del proceso selectivo.
  • b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente.
  • c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
  • d) Toma de posesión dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de nombramiento.

La no toma de posesión en el plazo señalado sin causa justificada supondrá que el interesado queda en situación de cesante con la pérdida de todos los derechos derivados del presente concurso-oposición y subsiguiente nombramiento.

A efectos de lo dispuesto en el apartado 1.b) anterior, no podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria. (artículo 62 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).

Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza convocada, si no se produjese el nombramiento o toma de posesión del aspirante seleccionado, la Alcaldía podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan al propuesto, para su posible nombramiento (artículo 61.8 de Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).

Undécima. Listado de sustituciones.

A la vista del resultado del proceso selectivo se elaborará un listado que se podrá utilizar para cubrir eventuales necesidades futuras de esta Entidad.

El listado estará formado por los aspirantes que haya superado alguna/s de las pruebas de la fase de oposición por orden de clasificación en la suma total de puntos del proceso, teniendo en cuenta que a los que solo hayan aprobado el primer ejercicio no se les sumarán los puntos de la fase de concurso.

Duodécima. Clasificación el Tribunal.

De conformidad con el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnización por razón del servicio, la presente convocatoria clasifica el órgano de selección, a efectos de asistencia, en la categoría tercera

Decimotercera. Incidencias.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición.

Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP.

ANEXO I
TEMARIO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. Los derechos fundamentales en la Constitución. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La organización del Estado: organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial.

Tema 3. El Gobierno y la Administración. Principios de actuación de la Administración Pública. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas: especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 4. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Objeto y ámbito subjetivo de aplicación. Publicidad activa: principios generales; información institucional, organizativa y de planificación; e información económica, presupuestaria y estadística. Derecho de acceso a la información pública: régimen general, ejercicio del derecho y formalización del acceso.

Tema 5. La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Competencias de la UE.

Tema 6. El Régimen Local español: principios constitucionales y regulación jurídica. Relaciones entre Entes territoriales. La Autonomía Local.

Tema 7. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento. La organización. Competencias municipales. La Provincia. Organización Provincial. Competencias. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, Comarcas u otras Entidades que agrupen varios Municipios. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal.

Tema 8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I). Disposiciones generales. Objeto y ámbito de aplicación. Interesado en el procedimiento administrativo y representación. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Registros. Archivo de documentos. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. Términos y plazos.

Tema 9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (ll). Los actos administrativos. Motivación. Efectos. Notificación. Nulidad de pleno derecho. Anulabilidad. Procedimiento administrativo: derechos de los interesados en el procedimiento administrativo y ordenación del procedimiento. Los recursos administrativos: Principios generales. Recurso de alzada: objeto y plazos. Recurso potestativo de reposición: objeto y naturaleza y plazos. Recurso extraordinario de revisión: objeto y plazos y resolución.

Tema 10. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Objeto, ámbito de aplicación y principios generales. Órganos administrativos. Competencia: delegación y avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. Órganos colegiados: funcionamiento. Abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. Principios de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

Tema 11. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos. Funcionamiento de los órganos colegiados locales; régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación.

Tema 12. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. La actividad de Fomento. La actividad de Policía: las licencias. El Servicio Público Local. La responsabilidad de la Administración.

Tema 13.- La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. Los principios de buena regulación. Los Reglamentos Orgánicos.

Tema 14.- La Administración electrónica: El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: El derecho y obligación de relacionarse con la Administración por medios electrónicos. Punto de acceso general electrónico y sedes electrónicas. Procedimiento administrativo por medios electrónicos (Disposiciones generales). Sistemas de identificación de Firma y verificación. Comunicaciones y notificaciones electrónicas. El archivo por medios electrónicos.

Tema 15. Ordenación del territorio y Urbanismo. Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: Sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal: Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Tipos de instrumentos de planeamiento en Castilla y León.

Tema 16. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.

Tema 17. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: disposiciones generales. Clases de contratos. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Partes en el contrato. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Modificación de los contratos. Preparación de los contratos. Adjudicación de los contratos. Ejecución de los contratos. Suspensión y extinción de los contratos.

Tema 18. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas de los empleados públicos. Selección de los empleados públicos locales. Régimen específico de la contratación laboral de los empleados públicos.

Tema 19. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales. Ingresos tributarios: Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. Los Precios Públicos.

Tema 20. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del Presupuesto Local. Principios generales de ejecución del Presupuesto. Modificaciones presupuestarias: los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del Presupuesto.

Tema 21. El gasto público local: concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. Contabilidad y cuentas.

Tema 22. Introducción a la comunicación. La comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Diferencia entre información y comunicación. Tipos de comunicación: oral y telefónica. La comunicación no verbal.

Tema 23. Los Servicios de Información Administrativa. La Administración al servicio del ciudadano. Atención al público. Acogida e información al ciudadano.

Tema 24. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Clases de archivo. Especial consideración al archivo de gestión. Criterios de ordenación del archivo. El concepto de documento, los valores primario y secundario de los documentos de archivo. La valoración de los documentos, transferencias y el proceso de eliminación de documentos del Patrimonio Documental en Castilla y León. La conservación de documentos de archivo. Los procesos de identificación de fondos documentales en los archivos municipales. La clasificación y el cuadro de clasificación de fondos. La descripción y el inventario de fondos documentales. La ordenación: Sistemas de orden de los archivos municipales. Otros instrumentos de descripción: Catalogos, índices, tesaurus y guías de fuentes.

Tema 25. Conocimientos del uso y funcionamiento de los programas de tratamiento de texto. Hojas de cálculo. Utilización de correo electrónico: elementos característicos, uso y manejo. Cuestiones prácticas de aplicación del uso de las sedes electrónicas (identificación y firma electrónica, formas de acceso).

Tema 26. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Tema 27. La protección de datos de carácter personal. Regulación y definiciones. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. La Agencia Española de Protección de Datos.

Tema 28. Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales: objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y obligaciones. Consulta y participación de los trabajadores.

ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE RIAZA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, COMO PERSONAL FUNCIONARIO

D/Dª. ........................................................................................ con D.N.I. n.º ..............., y domicilio a efectos de notificación en el municipio ......................., provincia ...................................., código postal ..........................., en calle ......................................................................, n.º...................., teléfono de contacto ....................................... y e-mail .................................., EXPONE

PRIMERO.- Que habiendo sido publicadas las Bases por el Ayuntamiento de Riaza de proceso selectivo de una plaza de auxiliar administrativo, mediante concurso-oposición, como personal funcionario, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, número ......... de fecha ............................... y convocatoria en B.O.E. número ...... de fecha ...........

SEGUNDO.- Que declara reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

TERCERO.- Que a los efectos de acreditar los méritos señalados el punto séptimo de las bases referidas adjunta:

  • - Copia auténtica o fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.
  • - Documento que acredite la titulación exigida mediante aportación de copia auténtica o fotocopia compulsada.
  • - Copia auténtica o fotocopia compulsada de la Vida Laboral.
  • - Documentos que acrediten los méritos alegados, de conformidad con lo establecido en estas bases, mediante aportación de copia auténtica o fotocopia compulsada.

Por todo ello, SOLICITA que se admita esta solicitud para el proceso de selección convocado proceso selectivo por concurso-oposición, plaza de auxiliar administrativo.

Al mismo tiempo DECLARA:

a).- que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud, asumiendo que su falsedad supondrá la exclusión del proceso selectivo.

b).- No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

c).- No estar incurso en causa de incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas.

d).- Que cumple los requisitos de la convocatoria (en todo caso habrán de acreditarse en el momento de la contratación o nombramiento si es seleccionado).

e).- Que acepta íntegramente las bases de la convocatoria.

En ............................................., a ...... de ................... de 202.....

El solicitante, Fdo.:...................................
AYUNTAMIENTO DE RIAZA
ANEXO III
AUTOBAREMACIÓN

SOLICITUD DE ADMISIÓN AL CONCURSO-OPOSICIÓN, UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE RIAZA,

D./D.ª ........................................................................................ con D.N.I. n.º ..............., y domicilio a efectos de notificación en el municipio ......................., provincia ...................................., código postal ..........................., en calle ......................................................................, n.º...................., teléfono de contacto ....................................... y e-mail ..................................,

HOJA DE AUTOBAREMACIÓN

Solamente se valorarán los méritos que hayan sido justificados documentalmente según lo establecido en las correspondientes bases.

  • 1. Méritos de experiencia profesional: máximo 3,5 puntos; de conformidad con las bases.
  • 2. Méritos cursos: máximo 1 punto; de conformidad con la bases.
  • 3. Méritos titulación: máximo 1 punto; de conformidad con la bases.
  • 4. Méritos superación pruebas selectivas : máximo 2 puntos; de conformidad con la bases.
  • 5. Méritos por uso de aplicaciones: máximo 0,45 puntos; de conformidad con la bases.

El/la abajo firmando declara que son ciertos los datos consignados en este Anexo y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente los todos los datos que figuran en la solicitud.

En ............................................., a ...... de ................... de 202.....

El solicitante, Fdo.:...................................
AYUNTAMIENTO DE RIAZA

Segundo.- La presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la hubiera dictado o ser impugnada directamente ante el órgano que la hubiera dictado o ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Segovia, a tenor de lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Riaza, 2 de diciembre de 2024.

El Alcalde,
Fdo.: Benjamín Cerezo Hernández
722649 {"title":"DECRETO de 2 de diciembre de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Riaza (Segovia), por el que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, 1 plaza de Auxiliar Administrativo de la plantilla de funcionarios, perteneciente a la oferta de empleo público del año 2024. Expte.: 1174\/2024 GEST.","published_date":"2024-12-10","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon.png","id":"722649"} castillayleon Autoridades y personal;Ayuntamiento de riaza (segovia);BOPA;bopa 2024 nº 238;Oposiciones y concursos https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un grupo de trabajo. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propio grupo de trabajo. https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2024-12-10/722649-decreto-2-diciembre-2024-alcaldia-ayuntamiento-riaza-segovia-se-aprueban-bases-convocatoria-cubrir-propiedad-sistema-concurso-oposicion-turno-libre-1-plaza-auxiliar-administrativo-plantilla-funcionarios-perteneciente-oferta-empleo-publico-ano-2024-expte-1174-2024-gest https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.