ORDEN IEM/1112/2024, de 23 de octubre, por la que se convoca la «XVII Edición de los Premios de Comercio Tradicional de la Comunidad de Castilla y León».
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Mediante Decreto 231/2001, de 4 de octubre, se crean los «Premios de Comercio Tradicional de la Comunidad de Castilla y León», con el fin de reconocer y premiar la gestión llevada a cabo por las pequeñas y medianas empresas del sector del comercio radicadas en Castilla y León en el campo de la mejora de la competitividad, las buenas prácticas comerciales, la capacidad de adaptación y el aprovechamiento de las nuevas tecnologías.
De acuerdo con el Decreto 8/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, el órgano encargado de ejercer las competencias en materia de comercio interior que el artículo 70.1.20º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a esta Comunidad, es la Consejería de Industria, Comercio y Empleo.
La Consejería, en su propósito de fortalecer y hacer más competitivo el tejido comercial en Castilla y León como factor clave del crecimiento económico y del empleo, considera prioritario reconocer todas aquellas actuaciones llevadas a cabo por los comercios de nuestra región a fin de promocionarse, modernizarse y alcanzar cotas más altas de competitividad.
En su virtud, y con el fin de potenciar el reconocimiento de las actuaciones que está llevando a cabo el sector del comercio de Castilla y León en cada una de las nueve provincias de la Comunidad,
DISPONGO
Primero.- Objeto y finalidad.
Esta Orden tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la «XVII Edición de los Premios de Comercio Tradicional de la Comunidad de Castilla y León», con el fin de reconocer y premiar la buena gestión en el ámbito de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas castellanas y leonesas del sector, las buenas prácticas comerciales que hayan podido implementar, así como el desarrollo y modernización de su empresa mediante la innovación y las nuevas tecnologías.
Segundo.- Naturaleza de los premios.
Se concederán diez premios, sin dotación económica, distribuidos de la siguiente forma:
- a) Nueve premios de carácter provincial: se otorgará un premio por cada provincia de la Comunidad de Castilla y León consistente en un trofeo emblemático.
- b) Un premio único de carácter regional que consistirá en otro trofeo emblemático.
Tercero.- Candidatos.
1. Podrán optar a los premios las PYMES con domicilio social en Castilla y León, dedicadas al comercio minorista y que se encuentren dadas de alta, al menos, en los epígrafes 64, 65 y 66 del impuesto de actividades económicas, o en la división 47 de la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009).
A estos efectos, se entenderá por PYME aquella empresa que cumpla los requisitos establecidos por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Cada candidato, aunque tenga más de un establecimiento comercial, sólo podrá presentar una candidatura, para uno de ellos y en la provincia donde este se ubique.
2. No podrán ser candidatos aquéllos que hubieran obtenido algún «Premio al Comercio Tradicional de Castilla y León» en alguna de las últimas cinco ediciones de estos premios.
Cuarto.- Lugar y plazo de presentación de candidaturas.
1. Las candidaturas se presentarán de forma electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/, e irán dirigidas a la Dirección General de Comercio y Consumo.
2. El plazo de presentación de candidaturas finalizará el 8 de noviembre de 2024 incluido.
3. No obstante lo anterior, los miembros del Jurado podrán efectuar propuesta de candidatos en el curso de las deliberaciones.
Quinto.- Documentación.
Las candidaturas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- a) Memoria explicativa de todos los aspectos que fundamenten la candidatura, que deberá contener, al menos:
- - Descripción de los méritos que se alegan.
- - Descripción del trabajo o experiencia desarrollada, con la documentación o datos justificativos de la misma.
- - Medios técnicos y humanos empleados.
- - Objetivos y resultados obtenidos.
- - Beneficios del trabajo o experiencia desarrollada en la evolución del negocio empresarial.
- - Cualquier dato susceptible de ser valorado positivamente por el jurado, a juicio del interesado.
- b) Documentación acreditativa de los méritos concretos alegados que se consideren relevantes para la valoración de la candidatura.
- c) Declaración responsable de estar dado de alta en cualquiera de los epígrafes a los que se hace referencia en el apartado primero de la disposición tercera.
Sexto.- Jurado.
1. Se constituirá un Jurado encargado de la valoración, deliberación y fallo de los nueve premios provinciales y del único premio regional conforme a los criterios de valoración que se establecen en la siguiente disposición.
2. El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:
- - Presidente: Persona de reconocido prestigio en el ámbito del comercio de Castilla y León.
- - Vocales: nueve personas, una por provincia, con experiencia en el sector comercial.
Actuará como secretario un funcionario de la Dirección General de Comercio y Consumo.
3. La designación de estos miembros y su nombramiento se efectuará mediante Orden de la Consejera de Industria, Comercio y Empleo.
Séptimo.- Criterios de valoración.
1. Los méritos para la valoración de las candidaturas serán: las actuaciones llevadas a cabo para la mejora de la competitividad del comercio objeto de la candidatura, la realización de buenas prácticas comerciales, la capacidad de adaptación y modernización, la conservación de las tradiciones familiares y la antigüedad.
2. Los criterios que se emplearán para la valoración de estos méritos en las candidaturas serán los siguientes:
- a) En caso de valorar la mejora en la competitividad del comercio objeto de la candidatura, se tomará en consideración:
- - La innovación en el comercio. La apuesta por la creatividad y la búsqueda de servicios complementarios a su oferta comercial con un valor añadido, que hagan del establecimiento un referente en profesionalidad y atención al cliente.
- - El aumento de la dimensión empresarial en recursos humanos.
- - La mejora de imagen de la marca del establecimiento ya sea mediante reformas físicas del establecimiento, escaparates, disposición de la mercancía, etc.
- - Acciones tendentes al refuerzo de la calidad mediante la implantación de sistemas homologados de calidad, o la obtención de certificados ISO, UNE, etc.
- b) En caso de valorar las buenas prácticas comerciales, se tomará en consideración:
- - La formación orientada a la mejora de las prácticas comerciales que repercutan directamente en la satisfacción al consumidor.
- - Desarrollo de iniciativas orientadas a la diferenciación y a la fidelización del cliente.
- - Mejora en los procesos de comercialización que redunde en los servicios prestados.
- c) Modernización. En caso de valorar la capacidad de adaptación y el aprovechamiento de las nuevas tecnologías o de innovaciones en procesos, se tomará en consideración:
- - La introducción de nuevas tecnologías o innovaciones en los procesos del negocio, tanto en el marketing como en la gestión: realización de pedidos, ventas, seguimiento de la satisfacción del consumidor, logística, etc.
- - El desarrollo de iniciativas para la utilización de diferentes canales de comunicación y venta. La utilización de estrategias de marketing innovadoras.
- - El mejor aprovechamiento de las redes sociales para llegar a los clientes.
- d) En caso de valorar la conservación de las tradiciones familiares y la antigüedad, se tomará en consideración:
- - Ser una empresa familiar con una dilatada trayectoria empresarial y profesional.
- - La adaptación a las coyunturas cambiantes del mercado a lo largo de los años.
- - La pervivencia de la empresa a lo largo de varias generaciones.
- - Su contribución al mantenimiento de productos, materias primas o técnicas de arraigada tradición en Castilla y León y en España, en general.
Octavo.- Procedimiento de concesión de los premios.
1. El Jurado deberá reunirse en el plazo máximo de cinco días hábiles siguientes a la terminación del plazo de presentación de candidaturas. En dicha reunión, una vez analizadas las distintas candidaturas, el Jurado adoptará un Acuerdo que contendrá la propuesta de elección de los nueve premiados provinciales y del premiado regional, y que será remitido en el plazo indicado a la Dirección General competente en materia de comercio junto con la correspondiente acta.
2. El jurado podrá proponer premios desiertos si considera que los proyectos presentados no reúnen los méritos y la calidad necesaria para alcanzar la distinción.
Noveno.- Resolución.
1. La presente convocatoria será resuelta por la Consejera de Industria, Comercio y Empleo, de acuerdo con la propuesta del Jurado.
2. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y se comunicará personalmente a los premiados.
3. El plazo máximo para resolver la presente convocatoria será de tres meses, a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo de presentación de candidaturas. Transcurrido dicho plazo sin que se haya resuelto la presente convocatoria, las candidaturas se podrán entender desestimadas.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Industria, Comercio y Empleo en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Valladolid, 23 de octubre de 2024.
La Consejera de Industria, Comercio y Empleo,