RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2024, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid, relativa a la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación de distribución eléctrica, en el término municipal de Valladolid, titularidad de «i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.». Expte.: AT-51564 (ATLI-51564 ATCT-2771).

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SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE VALLADOLID
1. Hechos.

1.1. Con fecha 22 de julio de 2024, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación definida por el proyecto denominado: «Proyecto de nuevo Centro de Seccionamiento (CS) para el enlace con la LSMT «08-Argon» a 13,2 kV (3ª Categoría) de la STR «Jalón» (4184), en Calle Hidrógeno 22», en el término municipal de Valladolid.

A esta solicitud se le dio número de expediente AT-51564 (ATLI-51564 ATCT-2771).

1.2. La solicitud formulada se ha sometido al trámite preceptivo de información pública exigida por el artículo 9 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León, mediante la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.) de fecha 26/08/2024, para que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.

Con fecha 26/08/2024, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León «Anuncio del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid, por el que se somete a Información Pública la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de una instalación de distribución eléctrica, en el término municipal de Valladolid. Expte.: AT-51564 (ATLI-51564, ATCT-2771)», conforme a lo previsto en el artículo 9 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, estando disponible desde esa fecha el proyecto de la instalación en la sección de Información Pública en materia de Energía y Minas del portal web de la Junta de Castilla y León, por un periodo de 20 días hábiles (https://energia.jcyl.es/web/es/informacion-publica-energia-minas/energia-valladolid.html)

1.3. Por parte de este Servicio Territorial y conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 13 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, se han solicitado los informes y condicionados técnicos a las siguientes Administraciones públicas, empresas de servicios de interés general y otras entidades: Ayuntamiento de Valladolid y Telefónica de España, como posibles organismos afectados por la instalación, según información y documentación facilitada por el solicitante.

1.4. No se ha recibido informe de los siguientes organismos: Ayuntamiento de Valladolid y Telefónica de España. Conforme a lo dispuesto en los artículos 11 y 13, del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, este Servicio Territorial ha proseguido con la tramitación de la solicitud.

1.5. Durante el plazo de 20 días hábiles de la información pública no se ha formulado ninguna alegación al proyecto de la instalación.

2. Fundamentos de Derecho.

2.1. El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Valladolid es competente para resolver el presente expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 70.1 apartado 24º de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León; en el artículo 2.3 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos da autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León y de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Valladolid, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.

2.2. Para resolver este expediente es de aplicación la siguiente normativa de carácter sectorial:

  • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
  • - Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León
  • - Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09
  • - Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23
  • - El Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.

2.3. En la tramitación del procedimiento administrativo se ha seguido lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Resolución.

Visto lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico, y su normativa de desarrollo, así como en el Decreto 46/2022, de 24 de noviembre

Vista la documentación presentada por i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. y cumplidos los trámites establecidos en la reglamentación aplicable, este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía,

RESUELVE:

3.1. Otorgar a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., autorización administrativa previa para la instalación de distribución eléctrica situada en la Calle Hidrógeno 18 P A.6 del término municipal de Valladolid.

3.2. Otorgar a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., autorización de construcción para la ejecución la instalación descrita en el proyecto de ejecución denominado: « Proyecto de nuevo Centro de Seccionamiento (CS) para el enlace con la LSMT «08-Argon» a 13,2 kV (3ª Categoría) de la STR «Jalón» (4184), en Calle Hidrógeno 22», redactado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Roberto Lozano Fresneda, Colegiado n.º 2871 del Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid, visado por ese Colegio Oficial con fecha 8/01/2024, con el número de visado 21/24E, cuyas principales características son las siguientes:

Titular: i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., con NIF A95075578, con domicilio social en la Avenida San Adrián, 48 de Bilbao, 48003 (Vizcaya).

Número de expediente: AT-51564 (ATLI-51564 ATCT-2771).

Objeto: Construcción de instalaciones de distribución para la evacuación de energía eléctrica.

Características:
  • • Un nuevo centro de seccionamiento telemandado en edificio prefabricado de superficie con envolvente tipo EPSSI-24 con configuración de celdas CNE-3L-SF6: 2 celdas para la entrada y salida de la línea actual «L-08 Argon», 1 celda de entrada de cliente.
  • • Línea Subterránea de Alta Tensión (LSAT) de 13,2 kV en dos tramos:
    • - Tramo 1 (modificación Línea «08-Argon» con origen en la STR «Jalon»):
    • Origen: Empalme en calicata/excavación auxiliar frente al nuevo CS.
    • Final: Celda de línea del nuevo C.S. proyectado.
    • Conductor a instalar: HEPRZ1 12/20 kV 3(1x240) mm2 AL H-16, en una longitud aproximada de 4 m.
    • - Tramo 2 (nuevo tramo):
    • Origen: Celda de línea del nuevo C.S. proyectado.
    • Final: Celda de línea habilitada y existente en el CS Cinsa Hidrógeno (902114173).
    • Conductor a instalar: HEPRZ1 12/20 kV 3(1x240) mm2 AL H-16, en una longitud aproximada de 16 m.
  • • Línea Subterránea de Baja Tensión (LSBT) para alimentación del CS:
    • Origen: Derivación en la LSBT existente que alimenta al «CS Cinsa Hidrógeno» alimentada, a su vez de la «L4» del CT «El Carrascal-8».
    • Final: Caja General de Protección del C.S. proyectado.
    • Conductor a instalar: XZ1 0,6/1 kV (2x50) mm2 AL, en una longitud aproximada de 18 m.

Ubicación de la instalación: Las instalaciones se encuentran situadas en la Calle Hidrógeno n.º 22 (esquina con Calle Nitrógeno) de Valladolid (Referencia Catastral 8571211UM5087B0001RZ).

4. Condiciones.

Esta Autorización se somete a las siguientes condiciones:

4.1. En todo momento se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su normativa de desarrollo, en el Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, así como a todo lo establecido en la reglamentación de seguridad industrial que le sea de aplicación para la realización, puesta en marcha y explotación de estas instalaciones.

4.2. Esta autorización se entiende otorgada sin perjuicio de terceros, dejando a salvo los derechos particulares, y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros organismos, necesarias para la realización de las obras de producción de energía eléctrica, en especial las relativas a la ordenación del territorio, al medio ambiente y servidumbres aeronáuticas.

4.3. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y citado en el apartado 3.2 de esta resolución, y con las disposiciones reglamentarias que les sean de aplicación, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.

Si se producen modificaciones al ejecutar los proyectos, se estará en lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, debiendo ser comunicadas a este Servicio Territorial.

4.4. El plazo para la emisión de la autorización de explotación será el de veinticuatro (24) meses, contado a partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución, pudiendo solicitarse prórrogas, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 46/2022, de 24 noviembre.

4.5. Una vez realizadas las instalaciones de distribución se deberá solicitar a este Servicio Territorial, la autorización de explotación, teniendo en cuenta lo indicado en los artículos 15, 16 y 17 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, al menos con un mes de antelación para proceder a su tramitación dentro del plazo máximo indicado, así como realizar la inscripción en el registro las instalaciones sometidas a reglamentación de seguridad industrial que lo requieran, a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, rellenando los formularios establecidos en la citada sede:

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/sede-electronica.html

4.6. Los empalmes de la nueva instalación autorizada a la red existente no se podrán realizar hasta que este Servicio Territorial haya emitido la correspondiente autorización de explotación.

4.7. Todos los elementos de la red de distribución que, con motivo de la instalación que se autoriza en esta resolución, queden sin servicio deberán ser desmantelados, incluidas las cimentaciones de los apoyos, en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se formalice el acta de puesta en marcha y autorización de explotación.

i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. deberá comunicar al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía este desmantelamiento en el plazo de 10 días contados a partir del momento en que se realice.

4.8. Las partes aéreas de la instalación de alta tensión, no asiladas, deberán realizarse cumpliendo lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta condición deberán ser recogidas y certificadas por el director de obra en el certificado de dirección de obra.

4.9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución si durante el transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos que establece la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente Autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.

5. Recursos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación, Recurso de Alzada ante el Director General de Energía y Minas, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolucion sera firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habra de estarse a lo dispuesto en el articulo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Valladolid, 16 de octubre de 2024.

El Jefe del Servicio Territorial,(P.D. Resolución 9/03/2023 - B.O.C. y L. de 17/03/2023)

Fdo.: Marceliano Herrero Sinovas
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