EXTRACTO de la Resolución de 23 de octubre de 2024, del Presidente de la Comisión Ejecutiva de Formación para el Empleo de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo en Castilla y León (FAFECYL), por la que se convocan subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo, en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, en las zonas de transición justa de León y de Palencia, para el año 2024.
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FUNDACIÓN PARA EL ANCLAJE EMPRESARIAL Y LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO EN CASTILLA Y LEÓN
BDNS (Identif.): 792803 y 792823.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/792803)
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando los identificadores BDNS, y en el siguiente enlace.
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/792823
Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Primero.- Personas beneficiarias.
Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el RETA o en la Mutualidad de un Colegio Profesional, iniciando una actividad económica por cuenta propia, entre el día 1 de mayo de 2024 y el día 15 noviembre de 2024, ambos inclusive.
Se deberá establecer el centro de trabajo en alguno de los municipios incluidos en la delimitación final de los Convenios de Transición Justa definidos en la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Bierzo-Laciana, Guardo-Velilla, y Montaña Central Leonesa-La Robla.
Segundo.- Objeto.
Promover el autoempleo en las zonas de transición justa de León y de Palencia.
Tercero.- Bases Reguladoras.
Orden IEM/1049/2023, de 24 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo, en el marco del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027, en las zonas de transición justa de León y de Palencia (B.O.C. y L. n.º 168 de 01 de septiembre de 2023).
Cuarto.- Cuantía.
La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o algunas de las siguientes acciones subvencionables:
Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 13.000 €.
Dicha cuantía podrá ser incrementada si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las bases reguladoras con la pertenencia a determinados colectivos: con un importe de 1.000€ o 2.600 €.
En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75 % del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.400 €.
Quinto.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el día 27 de noviembre de 2024.
Arroyo de la Encomienda (Valladolid), 23 de octubre de 2024.
El Presidente de la Comisión Ejecutiva de Formación para el Empleo de FAFECYL,