RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2024, de la Dirección de Administración Local, de disolución de agrupación de municipios.

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Por acuerdo de la Excma. Diputación de Burgos, adoptado con fecha 27 de septiembre de 2024, se propone a la Dirección de Administración Local de la Consejería de la Presidencia la disolución de la Agrupación de municipios para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría, clase 3.ª, actualmente existentes, entre los Ayuntamientos de Gumiel de Izán y Fuentelcésped (Burgos).

La finalidad de la citada disolución resulta ser la creación y clasificación de dos puestos de trabajo de Secretaría, clase 3ª, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Por un lado, el puesto de Secretaría, del Ayuntamiento de Gumiel de Izán (Burgos); y por otro, el puesto de Secretaría, de la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto de Secretaría, que se creará entre los Ayuntamientos de Santo Domingo de Silos, Ciruelos de Cervera y Fuentelcésped (Burgos).

La normativa aplicable se encuentra en el artículo 92.bis) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, tras la modificación operada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, desarrollado por el del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en cuyo artículo 9 residencia en las Comunidades Autónomas la competencia para acordar la constitución y disolución de las Agrupaciones de Secretaría, dentro de su ámbito territorial, siendo aplicable en Castilla y León las previsiones contenidas en el artículo 3º, apartado 4, del Decreto 256/1990, de 13 de diciembre, por el que se delega el ejercicio de determinadas funciones de titularidad de la Comunidad Autónoma en las Diputaciones Provinciales de Castilla y León.

Visto el expediente instruido por la Excma. Diputación Provincial de Burgos, en el que se propone, la disolución de la Agrupación de municipios para el sostenimiento en común de un puesto de Secretaría, clase 3ª, actualmente existente entre los Ayuntamientos de Gumiel de Izán y Fuentelcésped (Burgos), para que una vez disuelta la misma, constituir una nueva Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto de trabajo de Secretaría, clase 3ª, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, entre los Ayuntamientos de Santo Domingo de Silos, Ciruelos de Cervera y Fuentelcésped ( Burgos), la cual cumpliría, de acuerdo a lo señalado por la citada Diputación Provincial en su acuerdo, con lo prevenido en la Disposición Adicional Decimoprimera de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad Autónoma

De acuerdo con la normativa citada y los criterios de clasificación establecidos, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 6/2022, de 5 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, de acuerdo con los hechos y fundamentos jurídicos citados, este Dirección de Administración Local,

RESUELVE

Primero.- Disolver la Agrupación de municipios para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría, clase 3ª, actualmente existente entre los Ayuntamientos de Gumiel de Izán y Fuentelcésped (Burgos).

Segundo.- Disolver la Agrupación de municipios para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría, clase 3ª, actualmente existente entre los Ayuntamientos de Santo Domingo de Silos y Ciruelos de Cervera (Burgos).

Tercero.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León y notificarla al municipio interesado y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Valladolid, sede del órgano que ha dictado la Resolución o ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radica su domicilio, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2, 14.2 y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 15 de octubre de 2024.

El Director de Administración Local,

Fdo.: Emilio Arroita García
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