RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Segovia, relativa a la aprobación de las bases específicas y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de oposición por turno libre, de 1 plaza de Operario Sepulturero Vigilante del Cementerio, incluida en las oferta pública de empleo de 2024.

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Por Resolución n.º 2024/03468 de fecha 13 de junio de 2024, se han aprobado las Bases Específicas por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión en propiedad de una plaza de Operario sepulturero vigilante del cementerio, incluida en las Oferta Pública de Empleo de 2024, transcribiéndose las mismas a continuación:

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE OPERARIO/A SEPULTURERO/A VIGILANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA, PERSONAL LABORAL FIJO, GRUPO E, PERTENECIENTE A LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO ORDINARIA DE 2024

Primera.- Ámbito de aplicación.

1.1.- El objeto de las presentes bases específicas es regular la realización de las pruebas selectivas para el acceso en propiedad como funcionario/a de carrera por el procedimiento de oposición libre de una plaza de Operario/a sepulturero/a vigilante del Ayuntamiento de Segovia, incluida en las Oferta Pública de Empleo Ordinaria de 2024, que a continuación se especifica:

PLAZA

OPERARIO/A SEPULTURERO/A VIGILANTE

Clasificación

Personal laboral

Grupo

E

Número:

1

Procedimiento de Selección

Oposición Libre

Titulación:

Certificado de escolaridad o equivalente

Tasas derechos examen

10,00 euros, según la Ordenanza Fiscal municipal para las plazas pertenecientes al Grupo D,E y asimiladas.

1.2.- Las plazas objeto de esta Convocatoria podrá ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución dictada por la Alcaldía-Presidencia hasta la terminación del expediente de esta convocatoria y, en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.

1.3.- En lo no previsto en estas bases específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Unitarias que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Segovia para la selección del personal funcionario, Boletín Oficial de la Provincia de Segovia n.º 39 de 29 de marzo de 2024 y en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 63 de fecha 1 de abril de 2024, en ejecución de las ofertas públicas de empleo ordinarias, aprobadas por Decreto de Alcaldía n.º 2023/07639 de 29/12/2023 y publicada en el B.O.P. de Segovia número 23, de fecha 21 de febrero de 2024 (oferta de 2023) y Decreto de Alcaldía n.º 2024/01694 de 21/03/2024 y publicada en el B.O.P. de Segovia n.º 39 de fecha 29 de marzo de 2024 (oferta de empleo público de 2024).

Estas Bases Unitarias se encuentran publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Segovia en la siguiente dirección: https://sede.segovia.es. En el apartado Publicaciones Oficiales, Concursos y Oposiciones. Bases y documentos vigentes comunes a todos los procesos selectivos.

1.4.- La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.- Características de las plazas.

2.1. La plaza convocada corresponde al Grupo E de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y están encuadradas dentro del personal laboral del Ayuntamiento de Segovia.

Los/as titulares de las plazas obtenidas por medio de la presente convocatoria estarán sujetos al desempeño de las funciones propias de su categoría profesional, así como a las normas internas de funcionamiento del Ayuntamiento de Segovia.

2.2. Funciones: Las recogidas en la ficha descriptiva del puesto:

Funciones 1: Funciones especificas a realizar

  • 1.1 Cualquier función relacionada con la profesión y categoría que consideren deben llevar a cabo.
  • 1.2 Preparación de enterramientos y exhumaciones
  • 1.3 Apertura de nichos, zanjas y laúdes
  • 1.4 Exhumaciones e inhumaciones
  • 1.5 Traslado de restos
  • 1.6 Información y atención al público
  • 1.7 Limpieza del recinto en general
  • 1.8 Limpieza de tumbas y galerías
  • 1.9 Mantenimiento de las instalaciones con especial referencia al jardín.
  • 1.10 Limpieza de la sala de autopsia
  • 1.11 Realizar obras menores de albañilería y otras que sean necesarias para el mantenimiento y reparación de edificaciones que componen el cementerio y demás instalaciones.
  • 1.12 Trabajos de vigilancia y control de instalaciones en el cementerio
  • 1.13 Otras funciones dependiendo de las necesidades de los servicios.

2.3.- La persona aspirante que resulte nombrada se sujetará en cuanto a las condiciones del desempeño del puesto de trabajo al que resulte adscrito a lo regulado, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empelado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, normas de desarrollo del mismo y el Acuerdo/Convenio de Funcionarios del Ayuntamiento de Segovia y al contenido de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Segovia.

Tercera.- Requisitos de las personas aspirantes.

Las personas aspirantes, además de reunir los requisitos generales contemplados en las Bases Unitarias que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Segovia para la selección del personal funcionario en ejecución de las ofertas públicas de empleo ordinarias publicadas deberán estar en posesión de:

Titulación: Certificado de escolaridad o equivalente.

Todos los requisitos exigidos en esta convocatoria deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se aplicará lo dispuesto en el apartado 3.1.f) de las Bases Unitarias, B.O.P. Segovia, n.º 39, de 29 de marzo de 2024 que dispone que: «en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación».

Cuarta.- Presentación de solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo en los términos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo realizarlo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Segovia (https://sede.segovia.es), mediante solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde, haciendo constar en la misma que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. La presentación por esta vía permitirá: la inscripción en línea del modelo oficial, anexar documentos a la solicitud, el pago electrónico de las tasas y el registro electrónico de la solicitud.

En la solicitud la persona aspirante hará constar mediante declaración responsable que posee la titulación académica de acceso exigida para participar en este proceso selectivo o que estará en condiciones de obtenerla a la fecha de finalización del plazo de solicitudes o del justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

Junto a la solicitud de participación deberá adjuntarse copia del justificante del pago de la tasa por derechos de examen y/o acreditación de los requisitos exigidos para disfrutar de alguna exención o bonificación en aquélla.

Tasas derechos examen: 10,00 euros, según la Ordenanza Fiscal municipal para las plazas pertenecientes al Grupo D, E y asimilados.

El pago de los derechos de examen se realizará mediante autoliquidación a través de la OVT (Oficina Virtual tributaria del Ayuntamiento de Segovia) en el siguiente enlace: https://ayuntamientosegovia.tributoslocales.es/

En ningún caso la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.

En cualquier caso, el documento justificativo del pago de los derechos de examen debe acompañarse a la instancia una vez que se produzca la publicación en el B.O.E. de la convocatoria.

Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable podrá requerirse a la persona interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que de no hacerlo así, será la persona excluida de la lista de personas admitidas.

El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DIAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Protección de Datos: Las personas participantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud presentada en el registro. Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier otro declarado por la persona aspirante en su solicitud de participación en el proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso, hubieran de practicarse, siendo su responsabilidad la veracidad de los mismos, así como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio de los datos inicialmente consignados.

De conformidad con lo dispuesto en la Base Décimo Sexta de las Bases Unitarias, la participación en la convocatoria supone la conformidad de los aspirantes con la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de los datos de carácter personal referidos a la identificación de los/las aspirantes con su nombre y apellidos y DNI necesarios para facilitar a los interesados la información relativa a la publicación de las listas de admitidos y excluidos y desarrollo de la convocatoria para el caso de que así se acuerde publicar. La conformidad anterior conllevará la aceptación de las consecuencias que la publicación pueda tener dentro de las bases de datos existentes en la sede electrónica disponible en internet.

En consecuencia, las personas aspirantes, en la solicitud, deberán prestar consentimiento para que la administración actuante pueda proceder a la publicación de los datos de carácter personal en la sede electrónica, o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.

Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión, serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a los procesos selectivos.

El nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad, se publicarán respetando la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Quinta.- Exención pago de tasas.

Las personas aspirantes que, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta de las unitarias que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Segovia para la selección del personal funcionario en ejecución de las ofertas públicas de empleo ordinarias, resulten exentas del pago de las tasas por tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estar desempleadas o ser miembro de familia numerosa categoría especial o tengan derecho a una bonificación del 50% por pertenecer a familia numerosa categoría general, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa siguiente:

  • • Familia numerosa especial/general: título individual de miembro de familia numerosa especial/general en vigor o resolución de concesión de familia numerosa.
  • • Demandantes de empleo: certificado que acredite que se encuentran en situación de demandante de empleo, durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la presente convocatoria; certificado de no haber rechazado, en el citado plazo de un mes, oferta de empleo ni haberse negado a participar, salvo causas justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y finalmente, certificado que acredite que, en el citado plazo de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, carece de rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional, referidas a la percepción de prestación/subsidio por desempleo u otra ayuda que por esta situación se pueda conceder.
  • • Discapacidad: Certificado expedido por el órgano competente acreditativo de tal condición.

Sexta.- Orden de actuación de las personas aspirantes.

El orden de actuación de las personas aspirantes que concurren a esta convocatoria, se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «W», de conformidad con la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

En el supuesto de que no exista ninguna persona cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo cuando el número de aspirantes, la naturaleza de la prueba o cualquier otra circunstancia que requiera de dos o más llamamientos, quedando decaídos en sus derechos los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

De acuerdo con lo dispuesto en la Base Sexta, 6.1 de las Bases Unitarias, en cualquier momento el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su personalidad.

Séptima.- Admisión de aspirantes.

La admisión de aspirantes se regirá por lo dispuesto en la base quinta de las Bases Unitarias que han de regir los procesos selectivos para cubrir en propiedad plazas vacantes en el Ayuntamiento de Segovia (B.O.C. y L. 01/04/024, B.O.P. Segovia 29/03/2024).

Las personas aspirantes excluidas podrán interponer recurso administrativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Segovia, con carácter potestativo, en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión o bien el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos y excluidos/as en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.

Octava.- Descripción del proceso selectivo y valoración.

El proceso selectivo, será el de oposición y constará de dos ejercicios.

Cada uno de los ejercicios de que se compone tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.

8.1. Primer ejercicio: de aptitud y conocimientos. Consistirá en responder un cuestionario de 50 preguntas, más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta, sobre las materias contenidas en el temario que figura en el Anexo de la presente resolución.

El tiempo de duración para la realización de este primer ejercicio será de 60 minutos.

Superarán este ejercicio todos aquellos candidatos que obtengan las mejores calificaciones superiores o iguales a la puntuación mínima de cinco puntos.

En la calificación de este ejercicio cada pregunta contestada correctamente se valorará con 0,2 puntos; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración; y la pregunta con contestación errónea se penalizará con el equivalente a un tercio del valor de la respuesta correcta, 0,0666 puntos.

Las preguntas de este primer ejercicio se referirán a los distintos bloques en que está dividido el temario, con la siguiente distribución:

  • - Materias comunes (Temas 1 al 3): 10 preguntas.
  • - Materias específicas (temas 4 al 15): 40 preguntas

Las alegaciones a las plantillas de respuestas en estos cuestionarios de preguntas con respuestas alternativas correspondientes al ejercicio primero, se regirán por lo dispuesto en la Base 6.6. de las Bases Unitarias: «el Tribunal publicará en la sede electrónica: (https://sede.segovia.es) las plantillas de respuestas, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se celebre el ejercicio. La plantilla tendrá carácter provisional y sobre ellas los/as aspirantes podrán presentar alegaciones debidamente motivadas dentro del plazo de los dos días hábiles siguientes al de la publicación».

8.2. Segundo ejercicio: de carácter práctico.

Consistirá en la realización de al menos dos supuestos teórico- prácticos relacionados con las funciones a desempeñar, propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del ejercicio.

Se calificará el conocimiento del trabajo realizado, la destreza en su ejecución y el tiempo invertido.

El tiempo de realización de esta prueba se determinará por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y no podrá ser inferior a 60 minutos.

Calificación: el ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos y será necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla. Los/as aspirantes que no obtengan dicha puntuación mínima serán eliminados del proceso selectivo.

Ambos ejercicios están dirigidos a apreciar la capacidad de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones y tareas de las plazas convocadas.

En aplicación de lo dispuesto en la Base 9.2.2.1. de las Bases Unitarias, en la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

Aquellas personas en cuyas pruebas figuren nombres, rasgos, marcas o cualquier otro signo que permita conocer su identidad podrán ser excluidas del proceso selectivo.

De acuerdo con lo dispuesto en la Base 9.2.2.3 de las Bases Unitarias: Publicidad de las calificaciones: Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas y serán expuestas en la sede electrónica https://sede.segovia.es.

La publicación de los anuncios del proceso selectivo y la duración se regirá por lo dispuesto en la Base 6.2. de las Bases Unitarias.

Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación, así como las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

8.3.- Calificación definitiva: En aplicación de lo establecido en la Base 9.3. de la Bases Unitarias: La puntuación definitiva de esta fase de oposición vendrá dada por la suma de las puntuaciones otorgadas en cada uno de los ejercicios superados dividida por el número de ejercicios puntuables (por lo que la puntuación máxima global del total de los ejercicios puntuables de la oposición será de 10 puntos).

Se considerará que han superado las pruebas selectivas aquellos que han conseguido las puntuaciones más altas de las otorgadas hasta cubrir el número de plazas convocadas.

En caso de empate en la calificación final, el orden de las personas aspirantes se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio; de persistir el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, de persistir el empate, se atenderá a la mejor puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Si después de aplicar los criterios anteriores persistiera la situación de empate, se resolverá por orden alfabético a partir de la letra «W», de conformidad con la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado a que se refiere la base séptima.

En aplicación de lo dispuesto en la Base Décima de las Bases Unitarias, concluidas las pruebas, el tribunal publicará en la sede electrónica, la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de las plazas convocadas, excepto cuando así los prevea la convocatoria específica.

Novena.- Referencias de género.

Desde el Ayuntamiento de Segovia, y atendiendo al I Plan de Igualdad, existe el compromiso de transversalizar las políticas de igualdad en todos los departamentos y áreas, reflejado en el apartado «A. Área Cultura de la Institución.-Estructura y organización, en el Objetivo 2: Utilizar un lenguaje inclusivo en todas las Áreas de trabajo, para lograr un cambio en la cultura de la organización y promover una publicidad no discriminatoria exenta de estereotipos de género.» Por ello, el lenguaje deberá ser igualitario, permitiendo la visibilización de ambos sexos y la eliminación de los estereotipos sexistas.

Por otra parte, el «Informe sobre el lenguaje no sexista en el Parlamento Europeo» establece que:

«La finalidad del lenguaje no sexista o lenguaje neutral en cuanto al género es evitar opciones léxicas que puedan interpretarse como sesgadas, discriminatorias o degradantes al implicar que uno de los sexos es superior al otro, ya que en la mayoría de los contextos el sexo de las personas es, o debe ser, irrelevante. La utilización de un lenguaje no sexista es algo más que un asunto de corrección política. El lenguaje influye poderosamente en las actitudes, el comportamiento y las percepciones.»

Finalmente, se considera imperativo tanto para el cumplimiento normativo, como para respetar el compromiso asumido por esta corporación el transversalizar las políticas de igualdad, la eliminación del uso del masculino genérico para referirse a ambos sexos, con especial atención en la designación de cargos, profesiones y actividades; evitando así posibles confusiones y ambigüedades, así como la discriminación e invisibilización de las mujeres en esta institución.

Décima.- Bolsa de trabajo.

Concluido el proceso selectivo, el Tribunal calificador constituirá una bolsa de trabajo con las personas aspirantes que hayan superado, como mínimo, el primer ejercicio.

La bolsa se ordenará siguiendo rigurosamente la puntuación obtenida y estará vigente hasta que se constituya una nueva como consecuencia de un proceso selectivo en ejecución de ofertas ordinarias de empleo que se celebren en el futuro.

En aplicación de lo establecido en el Reglamento de Bolsas del Ayuntamiento de Segovia, núm. 129, B.O.P. Segovia, 27 de octubre de 2017: Artículo 4. Vigencia de las Bolsas: Con carácter general la publicación de una nueva Bolsa de Trabajo extinguirá la vigencia de la anterior existente para la misma categoría. Al menos en el mes de octubre de cada año, la Comisión de Control y Seguimiento de las Bolsas de Trabajo, analizará el estado y vigencia de las listas. Las listas que tengan más de seis años quedarán sin efecto. Sin perjuicio de lo anterior podrán ser reactivadas las bolsas de conformidad a lo establecido en el artículo 3.1.d) de los textos.

Undécima.- Temarios que rigen el proceso selectivo.

Los temarios que rigen el presente proceso selectivo serán objeto de concreta referencia en los documentos que figuran como anexos a esta convocatoria, la cual se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y el Boletín Oficial de la Provincia.

En el supuesto de que algún tema de los incluidos en el temario de esta convocatoria se viera afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa, se exigirá, en todo caso a la persona aspirante, el conocimiento de la legislación vigente en el momento de aprobación de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar los conocimientos de las modificaciones producidas.

Duodécima.- Impugnación de las bases de la convocatoria y de actuaciones en su ejecución.

A los efectos de los artículos 40.2 y 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución por la que se aprueban las presentes bases pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso de reposición con carácter potestativo ante la Ilma. Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución. En el caso de interponerse recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, que se producirá si en el plazo de un mes no hay notificación de su resolución.

A tenor de lo indicado en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las actas, resoluciones y actos emitidos por los Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que actuando con autonomía funcional, se consideran dependientes del Ayuntamiento de Segovia, podrán ser recurridas en alzada, cuando no pongan fin a la vía administrativa, ante la Ilma. Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de los correspondientes actos administrativos.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otra acción que se estime procedente.

ANEXO ÚNICO
TEMARIO
PARTE PRIMERA: MATERIAS COMUNES

Tema 1.- La Constitución Española de 1.978: estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales.

Tema 2.- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de aplicación (Título Preliminar). El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación (Título I).

Tema 3.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Disposiciones generales. Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Registros electrónicos. Notificaciones y comunicaciones.

PARTE SEGUNDA: MATERIAS ESPECÍFICAS.

Tema 4. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: El municipio. Conceptos y elementos. Competencias del municipio. Clases de entidades locales. Los órganos de gobierno necesarios: Alcalde, los Tenientes de Alcalde, el Pleno y Junta de Gobierno Local. Entidades menores. Barrios incorporados y barrios del núcleo urbano de Segovia.

Tema 5. Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la Policía Sanitaria Mortuoria de Castilla y León. Principios y ámbito de aplicación. Competencias de los ayuntamientos.

Tema 6. Práctica de Sanidad Mortuoria. Definiciones.

Tema 7. Conducción y traslado de cadáveres.

Tema 8. Inhumación, cremación y exhumación de cadáveres.

Tema 9. Clasificación sanitaria de los cadáveres. Destino final de los cadáveres, restos cadavéricos y restos humanos.

Tema 10. Reglamento especial de Régimen interno para el personal que presta sus servicios en el Cementerio Municipal «Santo Ángel de la Guarda» de Segovia publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia de 23/03/1994.

Tema 11. Conocimientos generales de albañilería, revestimientos, mármoles, granitos, piedra artificial. Revocos. Utilización y colocación. Herramientas y utillaje. Conocimientos básicos sobre operaciones generales de mantenimiento y conservación de fontanería.

Tema 12. Mantenimiento y conservación de la jardinería del cementerio. Limpieza de jardines. Mantenimiento, conservación y pintura del mobiliario y paredes del cementerio.

Tema 13. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de aplicación.

Tema 14. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Riesgos asociados al puesto de trabajo. Medidas de prevención.

Tema 15. La atención al ciudadano: Principios que deben regir la atención al ciudadano. Derechos del ciudadano en su trato con las administraciones públicas. Las Oficinas de Atención al Ciudadano. Conocimientos básicos sobre atención al público y la recepción de los usuarios.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Segovia, 28 de agosto de 2024.

El Alcalde,
Fdo.: José Mazarías Pérez
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