RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2024, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Zamora, relativa a la solicitud de autorización administrativa previa y aprobación de proyecto y la declaración de utilidad pública del proyecto de reforma de línea aérea de 13,2 kV «04-Tábara» de la S.T.R. «Losacio», en el tramo comprendido entre el apoyo n.º 134 y el apoyo n.º 175, en los términos municipales de Tábara y Faramontanos de Tábara (Zamora). Expte.: Energía: 200129. N.º Reg. Ind. ATLI-12882.

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE ZAMORA

Examinado el expediente de referencia se observan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1. Con fecha 16 de noviembre de 2020 i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. presenta ante este Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía, solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de reforma de Línea Aérea de 13,2 kV así como la Declaración de Utilidad Pública del Proyecto, acompañando la citada solicitud del «Proyecto de renovación de conductor de la L.A.A.T A 13,2 kV (3.ª categoría) "04-Tabara" de la S.T.R. "Losacio" (4843) en el tramo comprendido entre el apoyo n.º 134 y el apoyo n.º 175, en los términos municipales de Tábara y Faramontanos de Tábara (Zamora)» y otra documentación adicional.

2. Con fecha 21 de junio de 2021 el titular presenta una relación de los bienes que considera necesario expropiar, así como los acuerdos alcanzados con el resto de afectados por el proyecto.

3. Con fecha 4 de dicembre de 2021 se publica en el diario La Opinión de Zamora, anuncio de información Pública relativo al expediente.

4. Con fecha 14 de dicembre de 2021 se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León, anuncio de información Pública relativo al expediente.

5. Con fecha 15 de dicembre de 2021 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, anuncio de información Pública relativo al expediente.

6. Con fecha 11 de junio de 2024 el titular presenta la aceptación de los condicionados impuestos por las diferentes administraciones y empresas de servicios consultadas.

7. Con fecha 13 de junio de 2024, la Sección de Energía emite informe favorable al otorgamiento de la autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración de utilidad pública.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Zamora es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el Decreto 44/2018, de 18 de octubre y la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Zamora, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.

2. El Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Zamora es competente para la instrucción y tramitación de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas de producción, transporte y distribución en la provincia de Zamora según lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.

3. De conformidad con el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, las nuevas instalaciones de distribución de energía eléctrica o la modificación de las existentes requieren Autorización Administrativa Previa y de Construcción.

4. De conformidad con el artículo 6 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, la modificación de las instalaciones de distribución requiere Autorización administrativa y Aprobación del proyecto de ejecución.

5. De conformidad con el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «Se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte, distribución de energía eléctrica..., a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso»

6. Conforme con el artículo 140 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica «Para el reconocimiento en concreto de utilidad pública de estas instalaciones, será necesario que la empresa interesada lo solicite, incluyendo una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que el solicitante considere de necesaria expropiación.»

El titular se ha identificado de conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El proyecto solicitado se ha sometido a Información Pública dando cumplimiento a los artículos 11 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

De conformidad con los artículos 11 y 14 del Decreto 127/2003 se ha pedido informe a las administraciones y empresas de servicios afectadas por el proyecto.

Constan en el expediente informes de los Ayuntamientos de Tábara y Faramontanos de Tábara, Red Eléctrica de España, S.A.U., Confederación Hidrográfica del Duero.

Consta en el expediente la aceptación de todos los condicionados por parte de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.

No constan en el expediente alegaciones de los titulares de bienes o derechos afectados por el proyecto.

El proyecto consiste en la reforma de la Linea Aérea de 13,2 kV «04-Tábara» de la STR Losacio (4843), en dos tramos, entre los apoyos 134 y 142 y entre los apoyos 145 y 175. Se sustituirán los conductores y los apoyos existentes, se instalan nuevos seccionadores unipolares en los apoyos 156N y 160 N desde donde se conectará a los postes existentes de los que parten derivaciones y se instala un nuevo organo de corte de red telemandado (interruptor-seccionador) en el apoyo 167N

Se han cumplido los requisitos y trámites establecidos en el Decreto 127/2003 así como en la Ley 24/2013 para la obtención de la autorización administrativa y la aprobación de del proyecto de ejecución.

Así mismo se han cumplido los requisitos y trámites establecidos en el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, para la Declaración de la Utilidad Pública del proyecto.

Por tanto, cumplidos los trámites reglamentarios exigidos y de conformidad con el informe de la Sección de Energía, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Zamora Resuelve:

Primero. El otorgamiento de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto «Proyecto de renovación de conductor de la L.A.A.T A 13,2 KV (3.ª categoría) "04-tabara" de la S.T.R. "losacio" (4843) en el tramo comprendido entre el apoyo n.º 134 y el apoyo n.º 175, en los términos municipales de Tábara y Faramontanos de Tábara (Zamora)» con las siguientes características:

  • • Titular: i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.
  • • Ubicación: Término municipal de Olmillos de Castro.
  • • Instalación: Reforma de LAAT 13,2 kV «04-Tábara» de la STR Losacio (4843).
    • - Sustitución de conductores existentes LA-30 y LA-28 por conductores 47-AL1/8-ST1A entre apoyos 134 y 142, y entre los apoyos 145 y 175.
    • - Sustitución de 35 apoyos de hormigón y 1 apoyo de celosia metálica existentes, con nuevas alineaciones según proyecto por 14 apoyos HV-630, 13 apoyos C-2000.
    • - Conexión con la derivación existente entre el apoyo 156N y el apoyo existente en la derivación particular. Conductor 47-AL1/8-ST1A. Instalación de seccionadores unipolares LB en apoyo 156N.
    • - Conexión con la derivación existente entre el apoyo 160N y el apoyo existente en la derivación particular. Conductor 47-AL1/8-ST1A. Instalación de seccionadores unipolares LB en apoyo 160N.
    • - Nuevo interruptor seccionador telemandado en apoyo 167N.

Segundo. Declarar la utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica con los efectos señalados en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Asimismo, se hace constar expresamente que tal y como dispone el Art. 56 de la citada Ley 24/2013, la declaración de utilidad pública lleva implícita, la necesidad de ocupación de los bienes y adquisiciones de los derechos que se relacionan en el anexo e implicará su urgente ocupación a los efectos del Art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Así mismo, lleva igualmente implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, de la Comunidad Autónoma o de uso público, de propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Se establece el siguiente condicionado, cuyo incumplimiento constituye una infracción grave o muy grave conforme los artículos 64.8 y 65.4 de la Ley 24/2013 del sector eléctrico:

  • 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y documentación técnica presentada.
  • 2. Se cumplirán los condicionados establecidos por los Organismos, Administraciones y Entidades afectados.
  • 3. Todos los elementos de la red de distribución que, con motivo de la reforma que se autoriza en esta resolución, queden sin servicio deberán ser desmantelados, incluidas las cimentaciones de los apoyos, en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se formalice la autorización administrativa de explotación. El titular de la autorización deberá comunicar a este Servicio Territorial el desmantelamiento en el plazo de 10 días contados a partir del momento en que se realice.
  • 4. La instalación deberá realizarse cumpliendo lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
  • 5. El plazo sustantivo para la ejecución de las instalaciones y la solicitud de la autorización administrativa de explotación es de 1 año desde la fecha de notificación de la presente resolución.

La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones y cualesquiera otras formalidades de control que sean competencia de otros órganos administrativos.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Ilustrísimo Sr. director general de Energía y Minas, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación; con arreglo a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zamora, 14 de junio de 2024.

El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Zamora,

Fdo.: Jesús Jiménez Collado

ANEXO

FINCA

TITULAR DEL BIEN AFECTADO

DATOS CATASTRALES DE LA FINCA AFECTADA

AFECCIONES A LA SERVIDUMBRE

(Según proyecto)

Propietario

Políg

Parcela

Referencia Catastral

Municipio

Provincia

Naturaleza / Cultivo

Núm.Apoyo S/Proyecto

Núm. Apoyo S/Inventario

Longitud de servidumbre (m)

Anchura de servidumbre (m)

Superficie de servidumbre de instalaciones (m²)

Superficie de Ocupación Temporal (m²)

Superficie Total de Servidumbres (m²)

3

Mª Carmen Antón Jorge

501

888

49237A501008880000JW

Tábara

Zamora

C- Labor o Labradío Secano

135N (1,39m2)

95

4

702

430

1132

9

Ángela Carretero Toledano

501

2420

49237A501024200000JY

Tábara

Zamora

CE- Labor o labradío con encinas secano

138N (0,59m2)

34

4

205

205

14

José Pedrero Ferrero

501

939

49237A501009390000JX

Tábara

Zamora

CE- Labor o labradío con encinas secano

142 (existente)

45

4

311

311

19

Manuel Villalón García

34

1202

49237A034012020000KG

Tábara

Zamora

FE- Encinar

147N (0,59m2)

141

4

1315

1315

24

Carmelo Boya Fernández Adela Ferrero Pino

34

1207

49237A034012070000KF

Tábara

Zamora

FE- Encinar

34

4

344

344

28

Elvira Boya Fernández

34

1211

49237A034012110000KM

Tábara

Zamora

FE- Encinar

45

4

410

410

30

Herederos de Andrés Calabor Alonso Magdalena Perez Manzano Ignacio Calabor Perez Elvira Calabor Perez

34

1213

49237A034012130000KK

Tábara

Zamora

FE- Encinar

19

4

150

150

32

Herederos de Francisca García Carro César Fernández García Beatriz Fernandez Garcia Engracia Fernandez Garcia

34

1215

49237A034012150000KD

Tábara

Zamora

FE- Encinar

151N (0,51m2)

36

4

239

239

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