RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria, relativo a la autorización administrativa previa y autorización de construcción del proyecto de un nuevo tramo de la L.M.T. 13,2 kV 4786-32 «Berlanga» (S.T.R. «Burgo de Osma») desde el nuevo apoyo n.º 31665 hasta el nuevo C.T.I.C. «Rioseco de Soria» n.º 902515008, en el término municipal de Rioseco de Soria (Soria), titularidad de «i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.». Expte.: IE/AT/52-2023.

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE SORIA

ANTECEDENTES DE HECHO:

  • • Con fecha 8 de agosto de 2023 se recibió por parte de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitud de Autorización Administrativa y Autorización de Construcción para el proyecto mencionado en el asunto.
  • • Con fecha 19 de enero de 2024 es sometido a trámite de información pública (B.O.C. y L. 30.01.2024) en el cual no ha sido presentada ninguna alegación.
  • • De forma paralela, se solicitan condicionados a los organismos afectados. No se recibe contestación por ninguno de ellos por lo que se entiende su conformidad.
  • • El expediente ha sido instruido por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria.
  • • Vista la propuesta de la Sección de Energía del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de fecha 3 de julio de 2024.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

  • • Teniendo en cuenta que el servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León en Soria, es competente para resolver este expediente, según establece el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se desconcentran competencias en los Órganos Directivos Centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y según la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Soria, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.
  • • La normativa aplicable es:
    • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
    • - R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de 1 de diciembre, que la desarrolla.
    • - Decreto 13/2013, de 18 de abril, por el que se modifica el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.
    • - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • - Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León.
    • - Real Decreto 223/2008 de 15 de febrero por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-LAT 01 a 09.
    • - Real Decreto 337/2014 de 9 de mayo por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-RAT 01 a 23.
    • - Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, que aprueba el Reglamento Electrotécnico de baja tensión.

Este Servicio Territorial, Resuelve:

1.- Otorgar autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., para la instalación eléctrica descrita. Esta autorización se concede de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-LAT 01 a 09, con el Real Decreto 337/2014 de 9 de mayo por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-RAT 01 a 23 y con el Reglamento electrotécnico de baja tensión y sus instrucciones técnicas complementarias (R.D. 842/2002 de 2 de agosto).

2.- Otorgar autorización administrativa de construcción para la instalación eléctrica descrita de acuerdo al Proyecto de Ejecución de abril de 2023 firmado por el Ingeniero industrial Tito Arias Santos con declaración responsable, cuyas principales características son las siguientes:

  • • Nuevo Centro de Transformación de intemperie compacto con envolvente prefabricada de superficie denominado «Rioseco de Soria» n.º 902515008, con 1 transformador de 250 kVA 13,220 kV/B2 y 1 cuadro de BT de 3 salidas, en la parcela con referencia catastral 42254A002151690000EQ en el municipio de Rioseco de Soria.
  • • Instalación de 1 nuevo apoyo de M.T. 13,2-20 kV de celosía metálica.
  • • Instalación de 3 nuevas salidas subterráneas de B.T. con origen todas ellas en el nuevo cuadro de B.T. del C.T. proyectado, y finales con líneas aéreas de B.T. existentes n.º 1 (en apoyo existente en la equina de C/ Las Eras), n.º 2 y n.º 3 (en las inmediaciones del C.T.I. a desmontar «Rioseco»), de 535 m de longitud en total (236 m de nueva canalización) y conductor XZ1(S) 0,6/1 kV 3x240 + 150 mm2 AL.
  • • Paso a B2 de todos los suministros existentes.
  • • Desmontaje del actual C.T.I. «Rioseco» n.º 100621320 con 1 transformador de 250 kVA, 3 cuadros de B.T. tipo CGP de bases cerradas, 1 conjunto de equipos de telegestión de B.T., 205 m de línea eléctrica aérea de M.T., 1 apoyo de hormigón, 1 apoyo de 2 postes de hormigón tipo pórtico y 1 juego de 3 fusibles unipolares.

3.- Establecer las condiciones siguientes:

3.1 El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la Resolución.

3.2 Por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía se comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones impuestas por los Reglamentos, para lo cual, el titular dará cuenta del comienzo de los trabajos.

3.3 El titular de las instalaciones dará cuenta a la terminación de las obras al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria, a efectos del reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en servicio.

3.4 La Administración dejará sin efecto la Resolución, en cualquier momento que se observe el incumplimiento, por parte del titular, de las condiciones impuestas en ella.

3.5 El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, los condicionados que le han sido establecidos por otros Organismos, los cuales han sido puestos en su conocimiento y aceptados expresamente por el mismo.

4.- Autorizar a la empresa eléctrica suministradora para que con arreglo al proyecto aprobado se realice la conexión con sus instalaciones, a fin de que a la hora de extender el acta de Puesta en Marcha y autorización de funcionamiento estén las instalaciones totalmente ejecutadas y probadas.

Esta Resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización que la legislación vigente establezca, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, que sean competencia de otros Organismos y/o Administraciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. director general de Energía y Minas, en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación, en relación con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

Soria, 3 de julio de 2024.

El Jefe del Servicio Territorial,P.A. La Secretaria Técnica

Fdo.: M.ª Teresa García Mingo

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