RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se aprueba inicialmente el proyecto de expropiación necesaria para la adecuación del acceso al polígono industrial de Villadangos del Páramo (León), desde la carretera LE-413 y desde la carretera N-120, en ejecución del Plan Regional de ámbito territorial para la ampliación del polígono industrial de Villadangos del Páramo (León), y se somete a información pública la relación de los titulares, bienes y derechos afectados.
Mediante Decreto 1/2023, de 26 de enero, fue aprobado el Plan Regional de ámbito territorial para la ampliación del Polígono Industrial de Villadangos del Páramo en León promovido por SOMACyL.
El objeto principal de dicho Plan Regional es incrementar la disponibilidad de suelo público para su destino a actividades productivas y empresariales en Villadangos del Páramo estableciendo las condiciones urbanísticas, de gestión y urbanización requeridas para la ejecución de las actuaciones de ampliación del actual Polígono Industrial.
El Plan Regional incorpora los contenidos para definir la ordenación urbanística completa -general y detallada-, y las condiciones de gestión -completas con reparcelación- y de urbanización -básicas- del ámbito.
Para la ejecución de este Plan es preciso acometer una serie de obras reflejadas en el Plan Regional pero que se encuentran fuera del ámbito de este y que implican la expropiación de los terrenos donde se van a ejecutar la obras.
Se trata de los accesos al ámbito:
- - Construcción de un enlace a distinto nivel para el acceso al polígono de la carretera N-120. Esta actuación se complementa con la ampliación de la sección de dicha carretera entre el extremo de los ramales de enlace lado Villadangos del Páramo y la actual intersección en glorieta cerrada entre las carreteras N-120 y LE-413.
- - La adecuación del acceso al polígono desde la LE-413 con la construcción de una glorieta.
- - La ampliación del carril y la adecuación de la sección del vial V-13 de acceso al indicado polígono.
Constan en el expediente los siguientes documentos:
- - Respecto de la N-120, Informe favorable de 17 de noviembre de 2023 de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a la consulta previa de viabilidad del proyecto «Adecuación acceso al polígono industrial de Villadangos del Páramo (León) desde Carretera N-120», recordando que: La futura autorización no supone supervisión ni aprobación del proyecto presentado, lo que corresponde a la administración correspondiente, sino que se emitirá únicamente a los efectos señalados en la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, y en el Real Decreto 1812/1994 por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, en cuanto a su afección a la red de carreteras estatales.
- Este Ministerio no es el competente para tramitar el procedimiento de expropiación forzosa que en su caso sea necesario para obtener los terrenos necesarios para ejecutar las obras autorizadas. Será la administración correspondiente, en el caso de que se opte por la vía de la expropiación, la competente para su tramitación y la responsable de someter el proyecto a información pública conforme lo establecido por la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
- - Aprobación Técnica de ambos Proyectos de 25 de enero de 2024 por el director técnico de SOMACyL.
Tal y como dispone el artículo 22 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, la aprobación de Planes y Proyectos Regionales comportará la declaración de utilidad pública e interés social y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos que resulten necesarios para su ejecución.
Por su parte, la Disposición Final Segunda de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León establece que «Cuando los instrumentos de ordenación del territorio incluyan entre sus determinaciones las previstas en los Títulos II, III, IV y V de esta Ley, tendrán respectivamente la consideración de instrumentos de planeamiento urbanístico, gestión urbanística, intervención en el uso del suelo o intervención en el mercado de suelo, a los efectos de lo dispuesto en esta Ley. En tales supuestos, corresponderán a la Comunidad Autónoma las competencias propias de los municipios, sin más limitación que la obligada justificación del interés regional que habilite el ejercicio directo de la actividad urbanística por la Comunidad Autónoma».
El artículo 42 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, relativo régimen de las expropiaciones por razón de la ordenación territorial y urbanística, indica que la expropiación por razón de la ordenación territorial y urbanística puede aplicarse para las finalidades previstas en la legislación reguladora de dicha ordenación, de conformidad con lo dispuesto en esta ley y en la Ley de Expropiación Forzosa y señala, asimismo, que la aprobación de los instrumentos de la ordenación territorial y urbanística conllevará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos correspondientes, cuando dichos instrumentos habiliten para su ejecución y ésta deba producirse por expropiación. Dicha declaración se extenderá a los terrenos precisos para conectar la actuación de urbanización con las redes generales de servicios, cuando sean necesarios.
Los Planes y Proyectos Regionales son pues instrumentos habilitantes a los efectos expropiatorios y pueden incorporar la gestión urbanística que, en muchas ocasiones implica un procedimiento expropiatorio ya sea como actuación integrada, por tasación conjunta o conforme a la Ley de Expropiación Forzosa.
En el presente expediente para poder ejecutar el Plan Regional de ámbito territorial para la ampliación del Polígono industrial de Villadangos se hace necesario adquirir mediante expropiación los terrenos necesarios para la ejecución de obras que permitan la adecuación del acceso al polígono desde la carretera N-120 y LE-413.
Así pues, teniendo en cuenta que el artículo 2.1 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa otorga potestad expropiatoria a la administración de las Comunidades Autónomas, entre otras.
El Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio es el órgano habilitado para llevar a cabo las previsiones para la ejecución del Plan Regional, tal y como señala la Disposición Final Primera Decreto 1/2023, de 26 de enero, por el que se aprueba el Plan Regional de ámbito territorial para la ampliación del Polígono Industrial de Villadangos del Páramo en León, que autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del citado Decreto.
A tenor de lo señalado en el párrafo anterior, la tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa y concordantes del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
En el expediente expropiatorio, la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León S.A. (SOMACYL) promotora del Plan Regional, asumirá la condición de beneficiaria de esta, de conformidad con lo dispuesto en su ley de creación, la Ley 12/2006, de 26 de octubre.
En su virtud,
RESUELVO
Primero. Aprobar inicialmente el Proyecto de Expropiación necesario para la adecuación del acceso al polígono industrial de Villadangos del Páramo (León) desde la carretera LE-413 y desde la carretera N-120 en ejecución del Plan Regional de ámbito territorial para la ampliación del polígono industrial de Villadangos del Páramo (León) aprobado por Decreto 1/2023, de 26 de enero, en los términos y a los efectos previstos en el artículo 21.1 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo. Abrir un periodo de información pública de un mes de duración para que, los interesados, así como todas aquellas personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan podido omitirse al elaborar la relación de titulares, bienes y derechos afectados, puedan formular por escrito cuantas alegaciones estimen oportunas.
La relación de titulares, bienes y derechos que figura como Anexo, se publicará en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Villadangos del Páramo, de Valverde de la Virgen y de Chozas de Abajo, en la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en León, en el periódico de mayor difusión del ámbito, así como en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia de León.
La publicación en los Boletines Oficiales a tenor de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.
Así mismo, la documentación podrá consultarse en la página Web de la Junta de Castilla y León (https://vivienda.jcyl.es/web/es/urbanismo-ordenacion-territorio/instrumentos-ordenacion-territorio.html).
Las observaciones se podrán formular en el modelo normalizado Código IAPA n.º 3105, disponible en la dirección http://www.jcyl.es/audiencia-informacionpublica y se presentarán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 y 2 y en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en registro electrónico o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la mencionada ley.
Cuando se presenten presencialmente, las observaciones deberán dirigirse al Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo, Calle Rigoberto Cortejoso n.º 14, 47071.
Valladolid, 16 de abril de 2024.
La Directora General de Vivienda, Arquitectura, Ordenación del Territorio y Urbanismo,
Fdo.: María Pardo Álvarez
ANEXO
RELACIÓN BIENES Y DERECHOS A EXPROPIAR PROYECTO ADECUACIÓN DEL ACCESO AL P.I. DE VILLADANGOS DEL PÁRAMO (LEÓN) DESDE LA CARRETERA LE-413
FINCA | POLÍGONO | PARCELA | REF. CATASTRAL | TITULAR | SUPERFICIE EXPROPIADA (m2) |
---|---|---|---|---|---|
1 | 102 | 73 | 24209A10200073 | AYUNTAMIENTO DE VILLADANGOS DEL PARAMO | 811 |
2 | 102 | 74 | 24209A10200074 | JOSE MANUEL DELGADO PEREZ | 1.776 |
5 | 36287 | 1 | 3628701TN7132N | AYUNTAMIENTO DE VILLADANGOS DEL PARAMO | 805 |
6 | 36287 | 2 | 3628702TN7132N | AYUNTAMIENTO DE VILLADANGOS DEL PARAMO | 98 |
RELACIÓN BIENES Y DERECHOS A EXPROPIAR PROYECTO ADECUACIÓN DEL ACCESO AL P.I. DE VILLADANGOS DEL PÁRAMO (LEÓN) DESDE LA CARRETERA N-120
FINCA | POLÍGONO | PARCELA | REF. CATASTRAL | TITULAR | SUPERFICIE EXPROPIADA (m2) |
---|---|---|---|---|---|
1 | 40 | 471 | 24192A04000471 | MARIA MARLENI GARCIA RAMOS | 127 |
1a | 40 | 475 | 24192A04000475 | HDROS. DE JERONIMO GARCIA BLANCO | 61 |
2 | 40 | 470 | 24192A04000470 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 130 |
3 | 40 | 469 | 24192A04000469 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 113 |
4 | 40 | 468 | 24192A04000468 | LEONIDES GUTIERREZ GUTIÉRREZ | 151 |
5 | 40 | 467 | 24192A04000467 | TEODORO MARQUES OVEJERO | 120 |
6 | 40 | 466 | 24192A04000466 | LAURENTINA FERNÁNDEZ CUBILLAS | 39 |
7 | 40 | 20466 | 24192A04020466 | BORJA FUERTES ONTILLERA | 52 |
MONTSERRAT ONTILLERA DIEZ | |||||
Mª ESTHER FUERTES GONZALEZ | |||||
MARIA FUERTES ONTILLERA | |||||
8 | 40 | 465 | 24192A04000465 | ELOINA DOVAL SIMON | 87 |
9 | 40 | 20464 | 24192A04020464 | DESCONOCIDO | 84 |
10 | 40 | 464 | 24192A04000464 | HDROS. DE AGUSTIN BARATA BARATA | 80 |
11 | 40 | 463 | 24192A04000463 | NICOLAS FERNÁNDEZ SANTOS | 169 |
12 | 40 | 462 | 24192A04000462 | SANTIAGO FERNÁNDEZ SANTOS | 208 |
13 | 40 | 263 | 24192A04000263 | DESCONOCIDO | 2517 |
14 | 40 | 262 | 24192A04000262 | ARIDOS DE LEON SL | 659 |
15 | 401 | 5008 | 24209A40105008 | JUNTA VECINAL DE VILLADANGOS DEL PARAMO | 1648 |
16 | 39 | 262 | 24192A03900262 | MARIA DEL PILAR MOSQUERA BELLO | 73 |
17 | 39 | 194 | 24192A03900194 | DORINA LOPEZ GONZALEZ | 359 |
18 | 39 | 193 | 24192A03900193 | DORINA LOPEZ GONZALEZ | 556 |
19 | 39 | 3 | 24192A03900003 | ALBERTO GONZALEZ GONZÁLEZ | 191 |
20 | 39 | 2 | 24192A03900002 | JOSE GUTIERREZ GONZALEZ | 239 |
21 | 39 | 1 | 24192A03900001 | MANUEL FERNÁNDEZ LOPEZ | 678 |
22 | 117 | 5001 | 24067A11705001 | ALFREDO LORENZANA SEVILLANO | 1590 |
23 | 117 | 5002 | 24067A11705002 | ANGEL TOMAS MATA FERNÁNDEZ | 376 |
24 | 117 | 15046 | 24067A11715046 | JUNTA VECINAL DE CHOZAS DE ARRIBA | 630 |
25 | 117 | 30084 | 24067A11730084 | JUNTA VECINAL DE CHOZAS DE ARRIBA | 419 |
26 | 117 | 20084 | 24067A11720084 | JUAN RAMON TEIXEIRA JIMENEZ | 655 |
27 | 117 | 10084 | 24067A11710084 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 3065 |
28 | 117 | 84 | 24067A11700084 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 387 |
MARIA ESTELITA ARIAS FERRERO | |||||
31 | 117 | 83 | 24067A11700083 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 695 |
MARIA ESTELITA ARIAS FERRERO | |||||
31 | 117 | 83 | 24067A11700083 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 7 |
MARIA ESTELITA ARIAS FERRERO | |||||
31a | 16 | 1 | 001600100TN71D | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 45 |
MARIA ESTELITA ARIAS FERRERO | |||||
32 | 117 | 82 | 24067A11700082 | HERMINIA FIERRO MARTINEZ | 1790 |
HDROS. DE AVELINO FIERRO MARTINEZ | |||||
ENEDINA FIERRO MARTINEZ | |||||
33 | 117 | 10081 | 24067A11710081 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 1406 |
MARIA ESTELITA ARIAS FERRERO | |||||
34 | 117 | 81 | 24067A11700081 | HDROS. DE GUSTAVO GARZO SOTO | 1878 |
35 | 117 | 80 | 24067A11700080 | HDROS. DE JOSE LAUREANO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ | 312 |
36 | 117 | 79 | 24067A11700079 | INDALECIO HIDALGO GARCIA | 513 |
NATALIA HIDALGO PRIETO | |||||
DOMINGO HIDALGO GARCIA | |||||
JULIAN HIDALGO GARCIA | |||||
37 | 117 | 78 | 24067A11700078 | LAUDELINO ARIAS MARTINEZ | 1031 |
38 | 117 | 77 | 24067A11700077 | MARIA YOLANDA GUTIERREZ COLADO | 87 |
HDROS. DE LAUREANO GUTIERREZ GARCIA | |||||
CEFERINO GUTIERREZ COLADO | |||||
JOSE ANTONIO GUTIERREZ COLADO | |||||
39 | 39 | 192 | 24192A03900192 | ARACELI AZUCENA CUBILLAS GONZALEZ | 28 |
40 | 117 | 5003 | 24067A11705003 | GABRIELA HIDALGO HIDALGO | 272 |
41 | 117 | 5004 | 24067A11705004 | GABRIELA HIDALGO HIDALGO | 70 |