RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se deniega la autorización de la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil «Imagina» en Zamora.
La Resolución de 8 de febrero de 2024 de la Dirección General de Centros e Infraestructuras ha denegado la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil «Imagina» sito en Calle San Benito n.º 1 bajo de Zamora, para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
El artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, establece que la parte dispositiva de las resoluciones de denegación de la autorización de apertura y funcionamiento de centros docentes privados, deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Por lo expuesto
RESUELVO
Hacer pública la parte dispositiva de la Resolución de 8 de febrero de 2024 de la Dirección General de Centros e Infraestructuras, por la que se deniega la autorización de la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil «Imagina», sito en Calle San Benito n.º 1 bajo de Zamora, para impartir el primer ciclo de Educación Infantil, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Primero.- Denegar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "Imagina", por no cumplir los requisitos mínimos de instalaciones y condiciones materiales de los centros incompletos para impartir enseñanzas de primer ciclo de educación infantil.
Segundo.- Acordar el archivo de las actuaciones y su notificación a Doña María Arribas Alejandro, representante de Imagina C.B., promotora del Centro Privado de Educación Infantil "Imagina", sito en Calle San Benito n.º 1 bajo de Zamora, que se concreta en el expediente n.º 19/2022A de autorización de apertura y funcionamiento para impartir el primer ciclo de Educación Infantil y declarar finalizado el procedimiento iniciado a tal efecto, sin que esta Resolución impida al interesado hacer valer su derecho en un procedimiento posterior.
Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León».
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 8 de febrero de 2024.
El Director General de Centros e Infraestructuras,
Fdo.: José Miguel Sáez Carnicer