ACUERDO de 29 de enero de 2024, del Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, por el que se aprueba definitivamente el estudio de detalle en la unidad urbana 49, Pinar de Antequera. Expte.: Planeamiento n.º 45.205/2022.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

«Visto el expediente 45.205/2022, promovido por Dª. Concepción García Escribano, en el que se solicita la tramitación de un estudio de detalle en la unidad urbana 49 Pinar de Antequera (SUC); y considerando:

I.- La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 21 de agosto de 2023, aprobó inicialmente el referido Estudio de Detalle, conforme a la documentación incorporada al expediente como Anexo 2.1.

II.- El objeto de este estudio de detalle es establecer las condiciones particulares de ordenación detallada de una serie de parcelas del barrio del Pinar de Antequera que por su dimensión y geometría serían inedificables al aplicar las condiciones particulares de ordenación "CJ Antequera" etiquetada sobre las mismas. Para ello propone definir una ordenanza específica que, manteniendo el carácter residencial de baja densidad del entorno, se adapte la singularidad de esas parcelas que ya están edificadas y se trata de viviendas consolidadas en al barrio, en algún caso desde, 1936.

III.- Se ha llevado a cabo el trámite de información pública mediante la inserción de anuncios en prensa local, B.O.C. y L., en la Web www.jcyl.es/plau/ y en el Tablón Oficial Electrónico del Ayuntamiento, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho periodo.

IV.- Solicitados los informes exigidos por la legislación sectorial del Estado y de la Comunidad Autónoma y los demás previstos en el artículo 52.4 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, se han emitido, y constan en el expediente, informe favorable de la Subdelegación de Gobierno, de la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, de la Diputación de Valladolid y de la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo. Asimismo, se ha emitido informe por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en el que se recogen una serie de indicaciones, debidamente atendidas en el informe técnico municipal.

V.- Presentada nueva documentación completa, con fecha 9 de enero de 2024, se incorpora al expediente como Anexo 3. El documento es informado favorablemente por técnico municipal, una vez analizado y comprobado que han sido subsanados los aspectos que fueron puestos de manifiesto en la aprobación inicial.

VI.- Los cambios introducidos en el documento, respecto del aprobado inicialmente son los relacionados a continuación:

  • 1. Se ha completado el plano PO1 con las cotas de los retranqueos a las parcelas situadas en la calle Estío 53 y 65 que son las únicas en las que faltaba aportar este dato.
  • 2. Se incorpora al documento la redacción de la modificación del artículo 471 de la normativa del PGOU 2020 que propone este Estudio de Detalle.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCyL), los cambios introducidos no suponen, en ningún caso, una transformación del modelo urbanístico inicialmente elegido. Por tanto, no se produce una alteración sustancial del documento sometido a aprobación inicial.

VII.- Desde un punto de vista jurídico se considera atendido lo dispuesto en la Ley y en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, tanto respecto a su contenido, como al procedimiento de elaboración y aprobación, por lo que procedería la aprobación definitiva del Estudio de Detalle, que de acuerdo con el artículo 163. a) del RUCyL corresponde al Ayuntamiento de Valladolid.

Tal y como establece el artículo 131 del RUCYL, el estudio de detalle es el instrumento adecuado para la modificación de la ordenación detallada en este sector de suelo urbano consolidado.

VIII.- El órgano competente para la aprobación definitiva del Estudio de Detalle es el Pleno Municipal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123. 1 i) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El acuerdo, al no afectar a un instrumento de ordenación general, se adopta por mayoría simple (art. 123.2 Ley 7/1985).

SE ACUERDA:

Primero: Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en la unidad urbana 49 Pinar de Antequera (SUC), conforme a la documentación incorporada al expediente como Anexo 3 (soporte digital).

Segundo: Declarar que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero: Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Castilla y León.»

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León, significando que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León.

El instrumento de planeamiento aprobado, podrá consultarse íntegramente en la dirección electrónica www.jcyl.es/plau/ (PLAU), una vez haya sido publicado el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 9 de febrero de 2024.

El Alcalde,P.D. El Concejal Delegado(Dto. n.º 5.251 de 03/07/2023)

Fdo.: José Ignacio Zarandona Fernández

RELACIÓN DE DOCUMENTOS NO PUBLICADOS

Estudio de Detalle en la unidad urbana 49 Pinar de Antequera

Expediente Planeamiento n.º. 45.205/2022

Documentación gráfica:

  • ED-SUC-PinarAntequera-PO-01.pdf
  • ED-SUC-PinarAntequera-PI-01-02-03-04.pdf
  • ED-SUC-PinarAntequera-PI-05.pdf
  • ED-SUC-PinarAntequera-PI-06.pdf
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