ACUERDO de 25 de enero de 2024, de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Burgos, relativo a la aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico para aumentar la altura máxima permitida y ampliar los acabados de fachada en las construcciones agrícolas en suelo no urbanizable común, en el término municipal de Cavia (Burgos). Expte.: 12/21W2.
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SERVICIO TERRITORIAL DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE BURGOS
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero: El Ayuntamiento aprobó inicialmente el documento técnico en fecha 24 de marzo de 2022. A su vez, en acuerdo municipal de 14 de julio de 2022 tuvo lugar su aprobación provisional. Posteriormente, tras introducirse cambios en el documento, este fue objeto de una nueva aprobación provisional en pleno de 31 de julio de 2023
Segundo: La CTMAyU por acuerdo de 19 de octubre de 2023 suspendió la aprobación definitiva del presente expediente, al considerar que el documento técnico presentaba deficiencias que precisaban ser corregidas
Tercero: Con posterioridad el promotor presenta un nuevo documento técnico, el cual fue aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Cavia en fecha 30 de noviembre de 2023. Documento que ahora se examina.
Cuarto: El Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital ha emitido informe técnico en fecha 22 de enero de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero: La competencia para pronunciarse sobre la aprobación definitiva del expediente corresponde a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Burgos, conforme a lo establecido en el art. 3.1 del Decreto 24/2013, de 27 de junio, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo y del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León
Segundo: Se propone modificar los apartados 3 y 5 del artículo 48 de la normativa los cuales regulan los parámetros edificatorios de las «construcciones agrícolas» en Suelo No Urbanizable Común (SNUC) en cuanto a la altura máxima permitida y los acabados de las fachadas respectivamente.
Tercero: Una vez expuesto el informe técnico del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital es analizado el expediente.
A la vista de la nueva documentación técnica aportada, se estima que se han subsanado las deficiencias que presentaba el documento cuya aprobación fue suspendida en CTMAyU de 19 de octubre de 2023. Es por ello que procede su aprobación definitiva.
A la vista de lo anterior se estima que procede aprobar la propuesta municipal, por lo que la CTMAyU adoptó el siguiente
ACUERDO:
Aprobar definitivamente la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Cavia, promovida por Jesús Marín Pérez y dos más, conforme a lo señalado en el Fundamento de Derecho Tercero de la presente resolución.
La presente aprobación se realiza al amparo de lo establecido en la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (arts. 54 y ss.) y Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (arts.161 y ss.). Para su entrada en vigor, conforme a los artículos 60 y 61 de esta Ley, se procederá por esta Comisión a la oportuna publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de conformidad con el art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de idéntica denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo o de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14.1 y 46, respectivamente, de la citada Ley 29/1998. Sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Burgos, 6 de febrero de 2024.
El Secretario,
Fdo.: Juan Carlos Valdivielso Ausín
Vº Bº
El Presidente,
Fdo.: Luis Pedro Pérez Sánchez
- - Documentos cuyo contenido se publica a continuación:
- - Memoria Vinculante
- - Otros documentos que integran la presente Modificación de Normas Subsidiarias, pero cuyo contenido no se publica:
- - Memoria Informativa
- - Anejo I
- - Planos