ANUNCIO del Ayuntamiento de San Felices de los Gallegos (Salamanca), relativo a la adjudicación del concurso de venta forzosa del inmueble situado en la plaza del Castillo n.º 20. Expte.: 186/2023.
El Pleno en fecha 30.01.2024 acordó declarar la validez de la licitación y adjudicar el concurso de venta forzosa del inmueble situado en calle Plaza del Castillo n.º 20 de San Felices de los Gallegos, referencia catastral 3148105PF9234N0001IG, en las condiciones que a continuación se indica:
- - Adjudicatario/beneficiario de la expropiación: Almudena Núñez Cardoso y Juan Muñoz Andrés.
- - Importe total: 14.048,00 euros, más ITPAJD.
- - Plazo máximo de ejecución de la orden de ejecución: 1 mes para presentar el proyecto, contado a partir de la inscripción de la adjudicación del concurso en el Registro de la Propiedad, la cual deberá realizarse por aquél en el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de la notificación del acuerdo, o en su caso, al de su elevación a escritura pública, y 15 días para la ejecución de las obras de rehabilitación necesarias.
Se publica la misma para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Contra el presente Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Salamanca en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
San Felices de los Gallegos, 1 de febrero de 2024.
La Alcaldesa,
Fdo.: María Antonia Redero Campo