RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Ávila, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro, para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural, situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes para el año 2023.

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SERVICIO TERRITORIAL DE ÁVILA

Vistas las solicitudes de subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro, para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural, situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes, presentadas en la provincia de Ávila, y teniendo en cuenta los siguientes:

HECHOS

Primero.- El 12 de mayo de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden CYT/432/2022, de 6 de mayo, y el 13 de marzo de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León, la Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, que modifican la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro, para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural, situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes, y con fecha 17 de marzo de 2023 se publica el extracto de la Orden de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de 9 de marzo de 2023, por la que se convocan las citadas subvenciones.

Segundo.- Dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, han concurrido a la convocatoria un total de séis personas jurídicas sin ánimo de lucro.

Tercero.- Mediante Resolución del Delegado Territorial en Ávila de fecha 19 de abril de 2023, se nombró a los miembros de la Comisión de Valoración de subvenciones, conforme a lo establecido en el artículo 8.5 de la Orden CYT/188/2019, quedando constituida el 26 de mayo de 2023.

Cuarto. Vista la Orden de 31 de agosto de 2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos presupuestarios establecidos en la Orden de 9 de marzo de 2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes.

Quinto.- Una vez examinadas las solicitudes, tramitados los oportunos expedientes y visto el informe de la Comisión de Valoración, el Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte, como órgano instructor, formuló propuesta de resolución.

Sexto.- Se ha llevado a cabo la fiscalización previa de los requisitos esenciales de conformidad con el Acuerdo 89/2010, de 16 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se modifica el Acuerdo 79/2008, de 28 de agosto, por el que se determina la aplicación del régimen de fiscalización e intervención previas de requisitos esenciales, modificado por el Acuerdo 16/2009, de 5 de febrero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El órgano competente para resolver el procedimiento de adjudicación de subvenciones es el Delegado Territorial, a tenor de lo establecido en el artículo 10 de la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero, modificada por la Orden CYT/275/2020, de 28 de febrero, y por la Orden CYT/432/2022, de 6 de mayo, y en el apartado undécimo de la Orden de convocatoria de la Consejería de Cultura y Turismo de 23 de julio, por la que se convocan subvenciones.

Segundo. En aplicación de los artículos 8.2 y 9.2 de la Orden CYT/188/2019, de 20 de febrero, el orden de concesión de las subvenciones atendiendo a los criterios de valoración normativamente previsto es el siguiente:

Solicitante

Criterios de valoración * (Apartado 9.1. Bases Conv.)

Puntuación

Gastos Subvencionables

Cuantía de la Subvención propuesta

1

2

3

4

5

6

7

8

Parroquia de Ntra. Sra. de la Asunción (Burgohondo)

15

0

0

0

0

3

0

0

18

29040,20 €

20328,00 €

Parroquia de S. Nicolás de Bari (Madrigal de las Altas Torres)

15

0

0

0

0

3

0

0

18

17244,92 €

12071,44 €

Parroquia de Santa María La Mayor (Piedrahíta)

15

0

0

0

0

3

0

0

18

1694,00 €

1185,80 €

Parroquia de San Juan Bautista (San Juan del Olmo)

15

0

0

0

0

3

0

0

18

7027,68 €

4919,38 €

Parroquia de la Asunción de Ntra. Sra. (Fuente El Saúz))

15

0

0

0

0

3

0

0

18

12166,55 €

8516,59 €

Parroquia de la Asunción de Ntra. Sra. (El Barco de Ávila)

15

0

0

0

0

3

0

0

18

3799,40 €

2659,58 €

(*) Criterios de valoración para la realización de obras de conservación y obras de restauración:

  • 1. Nivel de Protección en la normativa urbanística de cada localidad.
  • 2. Zona declaración del conjunto histórico del Camino de Santiago (Camino Francés)
  • 3. Municipios mineros que figuran en el Anexo de la Orden de la Orden de la Convocatoria
  • 4. Mejora de Accesibilidad/supresión de barreras
  • 5. Mejoras o instalación de elementos para vigilancia y seguridad
  • 6. Población igual o menor de 5.000 habitantes
  • 7. Integración laboral de personas con discapacidad
  • 8. Solicitantes considerados empresas, en los términos previstos en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre.

Vistos los hechos mencionados, la normativa sobre las bases reguladoras y la convocatoria reiteradas en esta resolución, así como la legislación y normativa aplicable en materia de subvenciones y demás normativa de general aplicación,

RESUELVO

1. Conceder subvención a los siguientes solicitantes, con cargo a la aplicación presupuestaria 10.02.337A01.7802T.1 y por un importe total de 49680,79 euros, en la cuantía señalada en la siguiente relación:

Beneficiario

Inmueble

Finalidad

Importe de la subvención

Puntuación

Parroquia de Ntra. Sra. de la Asunción (Burgohondo)

Abadía Ntra. Sra. (Burgohondo)

Retejado de la Abadía

20.328,00 €

18

Parroquia de S. Nicolás de Bari (Madrigal de las Altas Torres)

Parroquia de S. Nicolás de Bari (Madrigal de las Altas Torres)

Limpieza de canalones, colocación de tejas y colocación tapadera. Reparación de fachada exterior pilar de la capilla sur

12.071,44 €

18

Parroquia de Sta. María La Mayor (Piedrahíta)

Parroquia de Sta. María La Mayor (Piedrahíta)

Pintado de rejas y portones hierro del pórtico

1.185,80 €

18

Parroquia de S. Juan Bautista (S. Juan del Olmo)

Ermita de Las Fuentes (San Juan del Olmo)

Arreglos en iluminación altar y camerín Ermita de las Fuentes

4.919,38 €

18

Parroquia de la Asunción de Ntra. Sra. (Fuente El Saúz)

Parroquia de la Asunción de Ntra. Sra. (Fuente El Saúz)

Picado de fachada de porche para restauración del mismo

8.516,59 €

18

Parroquia de la Asunción de Ntra. Sra. (El Barco de Ávila)

Parroquia de la Asunción de Ntra. Sra. (El Barco de Ávila)

Vidrieras emplomadas

2.659,58 €

18

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el titular de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Ávila, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, en el plazo de dos meses, según se establece en los artículos 8.3, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. El cómputo de ambos plazos se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León.

Ávila, 16 de noviembre de 2023.

El Delegado Territorial de Ávila,

Fdo.: José Francisco Hernández Herrero

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