CORRECCIÓN de errores del Decreto de 8 de noviembre de 2023, de la Concejal de Personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Arenas de San Pedro (Ávila), por el que se aprueban las bases y la convocatoria del proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de oposición, de 2 plazas de Policía Local. Expte.: 1799/2023.

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Por medio del presente se hace pública la Resolución de Alcaldía n.º 2023-0975 dictada el día 24 de noviembre de 2023, mediante la que se corrige las bases que han de regir la convocatoria para la selección de dos plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Arenas de San Pedro (Ávila):

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Detectado error en la redacción de las Bases aprobadas por Resolución de Alcaldía n.º 2023-0912 de fecha 8 de noviembre de 2023, para la selección de dos plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Arenas de San Pedro, publicadas en el B.O.P. de Ávila número 217, de 13 de noviembre y en el Boletín Oficial de Castilla y León número 225, de fecha 23 de noviembre de 2023 y se procede a subsanar en la forma que sigue:

DONDE DICE:
«Base Tercera.- Solicitudes.

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la Base decimoséptima.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arenas de San Pedro, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.3. A la solicitud se acompañará:

a) Copia del documento nacional de identidad.

b) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda.»

DEBE DECIR:
«Base Tercera.- Solicitudes.

3.1. La solicitud para participar en el proceso selectivo se ajustará al modelo que figura en la Base decimoséptima, en la que consta que se reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las Bases, que conocen y aprueban.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arenas de San Pedro, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el último de los anuncios de la convocatoria, que se publicará íntegra en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el Boletín Oficial de Castilla y León, y en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 40 euros, que deberá hacerse efectivo mediante transferencia bancaria al siguiente número de cuenta bancaria que este Ayuntamiento tiene abierta en Unicaja Banco S.A ES31/2103/2531/71/0030000332. (Concepto: Tasa derechos de examen plaza Agente de Policía). El justificante de ingreso como recibo de pago deberá unirse a la solicitud.

Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, estarán exentas de pago de los derechos de examen las personas que se presenten a la oposición y acrediten tener una discapacidad igual o superior al 33%.

Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por derechos de Examen, estarán exentas, además de las anteriores, las personas que figuren como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de un mes, referida a la fecha de publicación en la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputables al/a interesado/a, por lo que, el supuesto de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigibles en la convocatoria no dará lugar a la devolución de tales derechos.

Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberán solicitar en su instancia las adaptaciones y ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones. A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se recabará del candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.

El Tribunal resolverá lo que proceda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que, se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León.

3.3. A la solicitud se acompañará:

  • a) Copia del Documento Nacional de Identidad.
  • b) Fotocopia compulsada de estar en posesión del título y/o titulación exigida en la Base 2ª apartado c).
  • c) Copia de los permisos de conducir exigidos en la Base segunda apartado h).
  • d) Justificante del pago de los derechos de examen (40 euros) o documentación que acredite estar exento del pago de la tasa»

Lo que se hace público para general conocimiento.

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