Disposiciones y actos - Ayuntamiento de muelas del pan (zamora) (BOPA nº 2023-204)
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APROBACIÓN definitiva del proyecto de urbanización de la UA-1, 1.ª etapa del sector SURD.SO.1., en el término municipal de Muelas del Pan (Zamora). Expte.: 208/2022.
Ha quedado elevada a definitiva la aprobación del Proyecto de urbanización de la UA-1, 1ª etapa del sector SURD.SO.1, de Muelas del Pan (Zamora), redactado y suscrito por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, D. Agustín Gonzalez Miguel, colegiado n.º 26472, (Ingeniería Ingon, S.L.) y D. Ángel Badás Miguel, I.T.O.P. e Ingeniero Civil, colegiado n.º 20.006, con un presupuesto de contrata de 1.122.064,41 euros, IVA incluido (927.325,96 euros de precio de contrato y 194.738,45 euros del impuesto sobre el valor añadido), en virtud del artículo 253.4.a) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, al no haberse presentado alegaciones, ni haberse formulado informes contrarios a la aprobación inicial del Alcalde del Ayuntamiento de Muelas del Pan producida mediante Resolución de Alcaldía número: 2023-0164 de fecha 08/09/2023, tal y como queda acreditado en el certificado de Secretaría existente en el expediente 208/2022.
Contra la presente aprobación, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Muelas del Pan, 18 de octubre de 2023.
El Alcalde,
Fdo.: Luis Alberto Miguel Alonso