Otras disposiciones - Consejería de sanidad (BOPA nº 2023-204)
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RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2023, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se acuerda la iniciación del procedimiento para la autorización de un botiquín farmacéutico, en el término municipal de Salmoral (Salamanca).
La asunción de competencias en materia de ordenación farmacéutica por la Comunidad de Castilla y León, tras la aprobación de la Ley Orgánica 11/1994, de 24 de marzo, de reforma de su Estatuto de Autonomía, amparó la promulgación de diversas normas, fundamentalmente de la Ley 13/2001, de 20 de Diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León cuyo objeto es establecer la regulación y ordenación farmacéutica que debe prestarse a los ciudadanos en la Comunidad de Castilla y León, respetando la legislación básica estatal contenida, entre otras, en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y en la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
Desde este enfoque normativo, se establece que el fin fundamental de la planificación farmacéutica es procurar a la población un acceso al medicamento ágil y rápido, con las suficientes garantías de control e información al usuario por ello el artº 3 de la citada Ley de Ordenación Farmacéutica señala los niveles de la atención farmacéutica, encontrándose los botiquines en el nivel de atención primaria.
El mandato legal de acometer la regulación reglamentaria de los botiquines prevista en el Capítulo Segundo del Título Tercero de la citada Ley 13/2001, de 20 de diciembre, se ha llevado a cabo mediante el Decreto 95/2003, de 21 de agosto, por el que se establece el procedimiento de autorización, condiciones y régimen de funcionamiento de los Botiquines en la Comunidad de Castilla y León.
Visto que el Ayuntamiento del municipio de Salmoral (Salamanca) ha solicitado la apertura de un botiquín en dicho municipio, y habiendo presentado la documentación requerida en el artículo 6.1 del Decreto 95/2003, en su virtud y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto 95/2003, de 21 de agosto,
ACUERDO
Primero.- Iniciar el procedimiento de autorización de un botiquín farmacéutico en el municipio de Salmoral (Salamanca), perteneciente a la Zona Farmacéutica Rural de Peñaranda de Bracamonte-Rural, provincia de Salamanca, debido a que el Ayuntamiento de Salmoral ha solicitado su apertura. El local propuesto para la instalación está situado en la C/ Maestros, n.º 26, en el municipio de Salmoral. La cesión del local será a título gratuito, excepto los gastos de luz.
Podrán participar en este procedimiento los farmacéuticos titulares de oficina de farmacia, presentando sus solicitudes en el plazo de 15 días naturales desde la publicación de la presente resolución en el B.O.C. y L.
La adjudicación del botiquín entre los solicitantes se efectuará conforme a los criterios establecidos en el artículo 4 del Decreto 95/2003, de 21 de agosto. En el supuesto de que los solicitantes no reúnan los requisitos legalmente establecidos o no se presenten solicitudes, se vinculará el botiquín a la oficina de farmacia más próxima que cumpla con los criterios indicados.
Segundo.- Notificar la propuesta de autorización del botiquín a todos los farmacéuticos solicitantes y se publicará en el tablón de anuncios del Servicio Territorial de Sanidad de la provincia de Salamanca, abriéndose un plazo de 20 días naturales para la presentación de las alegaciones oportunas.
Tercero.- Requerir, transcurrido el plazo de presentación de alegaciones, al farmacéutico titular de la oficina de farmacia a la que se vaya a vincular el botiquín, para que en el plazo de un mes presente la documentación que se detalla en el artículo 7 del referido Decreto 95/2003.
Cuarto.- Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el B.O.C. y L., que podrá presentarse en la sede de la Consejería de Sanidad sita en Paseo de Zorrilla, n.º 1 de Valladolid o en cualquiera de las formas y lugares de los previstos en el artº 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 11 de octubre de 2023.
La Directora General de Salud Pública,