Otras disposiciones - Consejería de medio ambiente, vivienda y ordenación del territorio (BOPA nº 2023-198)

ACUERDO de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Soria, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 12 de las Normas Urbanísticas Municipales de Quintana Redonda (Soria), promovida por su Ayuntamiento. Expte.: 232/2023.

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SERVICIO TERRITORIAL DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE SORIA

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Soria, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2023, visto el expediente tramitado y remitido por el Ayuntamiento de Quintana Redonda, y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

En el expediente constan los siguientes documentos:

  • 1. El día 22 de agosto de 2023 se remite a este Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital para aprobación definitiva de la Modificación Puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Quintana Redonda, promovida por su Ayuntamiento.
  • 2. En cumplimiento de lo establecido en la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en el Reglamento de Urbanismo, aprobado por el Decreto 22/2004, de 29 de enero y en la Instrucción Técnica Urbanística 1/2016, sobre emisión de informes previos, constan los informes correspondientes.
  • 3. Se ha dado la publicidad establecida en los artículos 52 de la Ley de Urbanismo de Castilla y león y 155 y 158 del Reglamento de Urbanismo, abriendo un período de información al público por el plazo de dos meses mediante la publicación de anuncios en el Heraldo - Diario de Soria de 26 de octubre de 2022 (página 3), el B.O.C. y L. n.º 210 de 31 de octubre de 2022, la sede electrónica del Ayuntamiento el 8 de noviembre de 2022, así como en el tablón de anuncios municipal. Según certificado de Secretaría de fecha 5 de mayo de 2023, no han sido presentadas alegaciones.
  • 4. En la Sesión Plenaria del Ayuntamiento, de 6 de octubre de 2022, se acordó la aprobación inicial, y en la de 3 de agosto de 2023, la provisional.
  • 5. Notificación del acuerdo de aprobación provisional a los organismos emisores de informes.
  • 6. Ejemplares impresos y digitales, diligenciados por la Secretaría del Ayuntamiento.

Tiene por objeto modificar la clasificación urbanística de la parcela con referencia catastral 42236A204050410000LQ (parcela 5041 del polígono 204) de rústica a urbana, y modificar la alineación y parcelación de Calle Real 12, en suelo urbano consolidado, para la consecución de zona de aparcamiento de vehículos y una zona de reserva en torno al Ayuntamiento.

La propuesta de reclasificación de suelo rústico a suelo urbano se justifica en el cumplimiento de las condiciones aplicables para la clasificación como suelo urbano del artículo 11 de la LUCyL y, del artículo 23 del RUCyL, con su integración de forma legal y efectiva en la red de dotaciones y servicios del núcleo de población:

Acceso público integrado en la malla urbana, y servicios de abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía eléctrica disponibles a una distancia inferior a 50 metros.

No haría falta la acreditación o justificación de lo expuesto si se tiene en cuenta que actualmente en las citadas Normas, la parcela es parcialmente reconocida como Suelo Urbano Consolidado, y sin embargo no puede edificarse porque la escasa superficie reconocida como suelo urbano no permite el acceso público a la parcela adyacente de suelo urbano de 22 metros, cuya construcción se declara fuera de ordenación, primero porque su superficie no permite el uso de vivienda y segundo por carecer de acceso a la vía pública.

La nueva parcela de suelo urbano consolidado se segrega en dos parcelas además de hacer la reserva de vial público para dar acceso a las dos parcelas, una de las cuales se permutará con el propietario de los terrenos con la construcción que se declara fuera de ordenación.

En relación con el cambio de alineación en Calle Real 12, la parcela también es de propiedad municipal, y se pretende su cambio de alienación; inicialmente para dejar 5 plazas de aparcamiento en la vía pública y una zona de reserva, segregándola en tres solares, aunque en la memoria vinculante se expresan 6 plazas de aparcamiento; pero que finalmente, y de acuerdo con las recomendaciones del informe previo y favorable de esta Sección de Urbanismo, se segrega en dos solares y una zona verde o espacio libre público (en lugar de zona de reserva), sin reservas de plazas de aparcamiento que no resultan obligatorias, porque no hay un aumento igual o superior a las 5 viviendas o 500 m2 regulados en el artículo 173 del RUCyL, y sin perjuicio de que el aumento del ancho de la vía pública permita el uso de las plazas de aparcamiento que inicialmente se preveían.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. El Municipio de de Quintana Redonda se regula urbanísticamente por sus Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, aprobadas el 26 de septiembre de 1986 (publicadas en fecha 29 de octubre de 1986).

II. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se justifica el interés público de la modificación.

III. La modificación no afecta al modelo territorial definido en las Directrices Esenciales de Ordenación del Territorio de Castilla y León, establecido por la Ley 3/2008, de 17 de junio, y se adecúa a la legislación urbanística actualmente vigente.

IV. Constan los informes de los citados Organismos.

V. El presente expediente se tramita de conformidad con lo establecido en los artículos 58 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 169 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por el Decreto 22/2004 de 29 de enero, estando formal y procedimentalmente completo.

VI. La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo es competente para adoptar el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, 160 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y 3.1.d) del Decreto 24/2013, de 27 de junio, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo y del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Visto el expediente, las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Quintana Redonda, la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por el Decreto 22/2004 de 29 de enero,

Leídos los informes-propuesta y debatidos los mismos,

La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo

Acuerda, con el voto favorable de los asistentes con derecho a voto, excepto la abstención de D.ª María Asunción Machín Caballero.

La aprobación definitiva de la Modificación Puntual n.º 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Quintana Redonda, promovida por su Ayuntamiento, en el ámbito del suelo urbano consolidado, con el Catálogo arqueológico informado favorablemente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, valorando que el informe desfavorable de la Confederación Hidrográfica del Duero por no poder valorar los recursos hídricos del municipio no tiene consecuencias esenciales sobre esta modificación por no suponer un aumento de edificabilidad significativo y no suponer afección los recursos hídricos del municipio, recordando al Ayuntamiento la necesidad de legalizar las captaciones de agua y afrontar las obligaciones legales en relación a la depuración de aguas con carácter previo a cualquier modificación futura de las Normas Subsidiarias.

Soria, 28 de septiembre de 2023.

El Secretario de la Comisión,

Fdo.: Javier Sanz Tejero

V.º B.ºLa Delegada Territorial,

Fdo.: Yolanda de Gregorio Pachón

ANEXO

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL N.º 12 DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE QUINTANA REDONDA (SORIA)

Art. 175.2 d) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y 32 de la Ley 21/2013, de 9 de Diciembre, de Evaluación Ambiental:

  • - La Modificación podrá ser consultada en la siguiente página http://servicios.jcyl.es/PlanPublica/default_plau.do (PLAU).
  • - El Informe Ambiental Estratégico ha sido publicado en el B.O.C. y L., con fecha de 26 de abril de 2023.
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