Otras disposiciones - Consejería de economía y hacienda (BOPA nº 2023-198)

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RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2023, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria, por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización de construcción y evaluación de impacto ambiental para el proyecto de reforma de L.A.M.T. 13,2 kV «Castillejo» (STR «Langa de Duero»), desde C.S. objeto de otro proyecto hasta Fuentecambrón, Cenegro, Miño de San Esteban, Valdanzo y Valdanzuelo-Langa de Duero, Miño de San Esteban y Fuentecambrón, en los términos municipales de Langa de Duero, Miño de San Esteban y Fuentecambrón (Soria), titularidad de «i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.». Expte.: IE/AT/74-2022.
SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE SORIA
ANTECEDENTES DE HECHO

• Con fecha 27 de octubre de 2022 se recibió por parte de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitud de Autorización Administrativa y Autorización de Construcción para el proyecto mencionado en el asunto.

• Con fecha 21 de marzo de 2023 es sometido a trámite de información pública (B.O.C. y L. 30.03.2023) en el cual no ha sido presentada ninguna alegación.

• Se solicitan condicionados a los organismos afectados, se remiten en fecha 16 de junio de 2023 a la empresa titular para aceptación o consideración de dichos condicionados.

• En fecha 28 de junio de 2023, la empresa titular acepta dichos condicionado.

• Vista la propuesta de la Sección de Industrias del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de fecha 20 de septiembre de 2023.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

• Teniendo en cuenta que el servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León en Soria, es competente para resolver este expediente, según establece el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se desconcentran competencias en los Órganos Directivos Centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León y según la Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Soria, por la que se delegan determinadas competencias en el Jefe del Servicio Territorial competente en materia de energía y minas.

• La normativa aplicable es:

  • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
  • - R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica de 1 de diciembre, que la desarrolla.
  • - Decreto 13/2013, de 18 de abril, por el que se modifica el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.
  • - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas en Castilla y León.
Este Servicio Territorial, resuelve:

1.- Otorgar autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., para la instalación eléctrica descrita. Esta autorización se concede de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-LAT 01 a 09, con el Real Decreto 337/2014 de 9 de mayo por el que se aprueba en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias I.T.C.-RAT 01 a 23 y con el Reglamento electrotécnico de baja tensión y sus instrucciones técnicas complementarias (R.D. 842/2002 de 2 de agosto).

2.- Otorgar autorización administrativa de construcción (Aprobación del proyecto de ejecución) para la instalación eléctrica descrita de acuerdo con el Proyecto de Ejecución de mayo de 2022 y declaración responsable de fecha 26/10/2022 firmado por el Ingeniero Tito Arias Santos, cuyas principales características son las siguientes:

  • - Nuevo centro de seccionamiento en edificio prefabricado compacto de hormigón en superficie denominado «Arroyo Valdanzo» n.º 902514904, con 1 conjunto compacto del tipo 3l1a telemandado, en la parcela con referencia catastral 42169G055200790000EL en el municipio de Langa de Duero.
  • - Reforma de línea aérea de M.T. 13,2 kv n.º 4788-41 «Castillejo» (S.T.R. «Langa de Duero») en simple circuito, con conductor desnudo aluminio-acero 100-al1/17-st1a en el tramo n.º 1 con una longitud de 576 m y con conductor desnudo aluminio-acero 47-al1/8-st1a en los tramos n.º 2, 3, 4, 5 y derivaciones con una longitud de 13.655 m, mediante el siguiente trazado:
    • • El tramo principal (n.º 1) de 576 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30686 y final en apoyo existente n.º 11435.
      • • El tramo n.º 2 hacia C.T. «Valdanzuelo» de 5163 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30691 y final en apoyo existente n.º 132.
      • • El tramo n.º 3 de 7913 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30735 y final en apoyo proyectado n.º 30796.
    • • El tramo n.º 4 hacia C.T. «Fuentecambrón» de 321 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30797 y final en apoyo existente n.º 252.
    • • El tramo n.º 5 hacia C.T. «Cenegro» de 5 m de longitud con origen en apoyo proyectado n.º 30800 y final en apoyo existente n.º 241.
    • • El tramo de derivación hacia C.T.C. «Granja Valdebascones» de 54 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30690 y final en apoyo existente s/n.
    • • El tramo de derivación hacia C.T. «Valdanzo» de 100 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30698 y final en apoyo existente n.º 88.
    • • El tramo de derivación a C.T.C. «Golden Capital Group» de 53 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30717 y final en apoyo existente n.º 24455.
    • • El tramo de derivación hacia C.T. «Miño de san esteban» de 46 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30770 y final en apoyo existente n.º 187.
  • - Instalación de 6 nuevos tramos de línea eléctrica subterránea de M.T. 13,2 kv «Castillejo» (S.T.R. «Langa de Duero») con conductor hepr-z1 12/20 kv 1x240 mm2 k al + h16 con una longitud de 6.288 m y el siguiente trazado:
    • • El tramo n.º 1 de 192 m de longitud, con origen en celda de línea del C.S. objeto de otro proyecto y final en apoyo proyectado n.º 30686.
    • • el tramo n.º 2 de 2308 m de longitud, con origen en apoyo existente n.º 11435 y final en celda de línea del C.S. proyectado «Arroyo Valdanzo».
    • • El tramo n.º 3 de 26 m de longitud, con origen en celda de línea del C.S. proyectado «Arroyo Valdanzo» y final en apoyo proyectado n.º 30691.
    • • El tramo n.º 4 de 1540 m de longitud, con origen en celda de línea del C.S. proyectado «Arroyo Valdanzo» y final en apoyo proyectado n.º 30735.
    • • El tramo n.º 5 de 1497 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30794 y final en apoyo proyectado n.º 30800.
    • • El tramo n.º 6 de 725 m de longitud, con origen en apoyo proyectado n.º 30796 y final en apoyo proyectado n.º 30797.
    • • Desmontaje de 19.551 m de línea eléctrica aérea de M.T., 183 postes de hormigón, 17 apoyos con 2 postes de hormigón tipo pórtico, 1 apoyo metálico, 7 juegos de 3 fusibles XS, 3 juegos de 3 seccionadores Lb y 1 Ocr Telemandado.

3.- Establecer las condiciones siguientes:

3.1. El plazo de puesta en marcha será de SEIS MESES, contados a partir de la Resolución.

3.2. Por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía se comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones impuestas por los Reglamentos, para lo cual, el titular dará cuenta del comienzo de los trabajos.

3.3. El titular de las instalaciones dará cuenta a la terminación de las obras al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Soria, a efectos del reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en servicio.

3.4. La Administración dejará sin efecto la Resolución, en cualquier momento que se observe el incumplimiento, por parte del titular, de las condiciones impuestas en ella.

3.5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, los condicionados que le han sido establecidos por otros Organismos, los cuales han sido puestos en su conocimiento y aceptados expresamente por el mismo.

4.- Autorizar a la empresa eléctrica suministradora para que con arreglo al proyecto aprobado se realice la conexión con sus instalaciones, a fin de que a la hora de extender el acta de Puesta en Marcha y autorización de funcionamiento estén las instalaciones totalmente ejecutadas y probadas.

Esta Resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización que la legislación vigente establezca, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, que sean competencia de otros Organismos y/o Administraciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. director general de Energía y Minas, en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación, en relación con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

Soria, 21 de septiembre de 2023.

El Jefe del Servicio Territorial,

Fdo.: Manuel López Represa
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