Autoridades y personal - Cortes de castilla y león (BOPA nº 2023-181)
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ACUERDO de 14 de septiembre de 2023, de la Mesa de las Cortes de Castilla y León, por el que se modifica el Acuerdo de 21 de diciembre de 2021, de la Mesa de la Diputación Permanente de las Cortes de Castilla y León, por el que se convoca concurso-oposición para la provisión de dos plazas del Cuerpo de Gestión, Escala de Archivos, de las Cortes de Castilla y León (turnos libre y restringido para la promoción interna).
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39.º a 41.º del Estatuto de Personal de las Cortes de Castilla y León, la Mesa de la Diputación Permanente de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 21 de diciembre de 2021, acordó convocar concurso-oposición para la provisión de dos plazas del Cuerpo de Gestión, Escala de Archivos, dotadas con las retribuciones establecidas en el presupuesto de las Cortes de Castilla y León, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público para 2020 aprobada por Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León de 14 de febrero de 2020 (BOCCL n.º 79, de 20 de febrero de 2020, corrección de errores BOCCL n.º 82, de 26 de febrero de 2020).
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 14 de septiembre de 2023, acuerda, de conformidad con lo dispuesto en los citados preceptos del Estatuto de Personal, modificar la convocatoria del referido concurso-oposición, para poder efectuar convenientemente el nombramiento del Tribunal Calificador tras circunstancias sobrevenidas que imposibilitan su completa constitución.
Así, la Base Cuarta, «Designación, composición y actuación del Tribunal Calificador», que dice:
«1.- Nombramiento y Composición. El Tribunal Calificador será designado por la Mesa de las Cortes de Castilla y León y estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente:
Presidente de las Cortes de Castilla y León o Vicepresidente en quien delegue.
Vocales:
- a) Un miembro de la Mesa de las Cortes de Castilla y León.
- b) El Secretario General-Letrado Mayor o Letrado de la Cámara en quien delegue.
- c) La Jefa del Servicio de Documentación, Biblioteca y Archivo.
- d) La Jefa de la Sección de Archivo.
- e) Un miembro del personal funcionario de las Cortes de Castilla y León, de las Cortes Generales o de otras Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas pertenecientes a los Grupos A1 o A2, Escala de Archivos.
- - Un funcionario de las Cortes de Castilla y León, que actuará como Secretario del Tribunal, con voz y sin voto. La Junta de Personal podrá designar a uno de sus miembros para asistir, con voz y sin voto, a las reuniones del Tribunal.
2.- La Mesa de las Cortes podrá efectuar la designación de los miembros suplentes del Tribunal Calificador, que sustituirán a los titulares en caso de renuncia justificada o de imposibilidad para el desempeño de la función.
3.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de cuatro de sus miembros y del secretario del mismo. En la primera reunión a la que asistan los miembros del Tribunal Calificador deberán firmar una declaración en la que manifiesten que no concurren ninguna de las causas de abstención previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal por alguna de las causas previstas en el artículo 24 de la ley anteriormente citada.
4.- Colaboradores del Tribunal. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en ese ámbito.»
Quedaría modificada en su apartado primero, a la vista de circunstancias sobrevenidas que imposibilitan su completa constitución, quedando redactado el referido apartado como sigue:
«1.- Nombramiento y Composición. El Tribunal Calificador será designado por la Mesa de las Cortes de Castilla y León y estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente:
Presidente de las Cortes de Castilla y León o Vicepresidente a quien designe.
Vocales:
- a) Un miembro de la Mesa de las Cortes de Castilla y León.
- b) El Secretario General-Letrado Mayor o Letrado de la Cámara a quien designe.
- c) Un funcionario archivero procedente de otra Asamblea Legislativa o de alguno de los Cuerpos de Archiveros de la administración estatal o autonómica.
- d) La Jefa de la Sección de Archivo o funcionario del Cuerpo de Gestión de las Cortes de Castilla y León.
- e) Un funcionario de las Cortes de Castilla y León, de las Cortes Generales o de otras Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas pertenecientes a los Grupos A1 o A2, Escala de Archivos.
- - Un funcionario de las Cortes de Castilla y León, que actuará como Secretario del Tribunal, con voz y sin voto. La Junta de Personal podrá designar a uno de sus miembros para asistir, con voz y sin voto, a las reuniones del Tribunal.»
En ejecución de este acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de conformidad con el artículo 64 del Reglamento de la Cámara. Publíquese también en el Boletín Oficial de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de septiembre de 2023.
El Presidente de las Cortesde Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
El Secretario de las Cortesde Castilla y León,