Otras disposiciones - Consejería de economía y hacienda (BOPA nº 2023-178)

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RESOLUCIÓN de 22 de agosto de 2023, del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia, por la que se otorga autorización administrativa de construcción y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública, de la instalación de producción de energía eléctrica por tecnología fotovoltaica denominada «Herrera III» y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia), promovida por «Zarafot 3, S.L.». Expte.: FV-888.
SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE PALENCIA
ANTECEDENTES DE HECHO:

1.- El día 2 de diciembre 2020, D. Vicente Zaragozá Zaragozá, en representación de «Zarafot 3, S.L.», presentó en este Servicio Territorial solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción, declaración de utilidad pública y evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto denominados «Planta solar fotovoltaica «Herrera III» y su infraestructura de evacuación de 30 kV en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia)», se adjunta:

  • • Proyecto: «Proyecto de Ejecución Planta Fotovoltaica Herrera III 31,49 MWp y línea de evacuación de 30 kV».
  • • Justificación de la capacidad legal técnica y económica.
  • • Estudio de impacto ambiental.
  • • Separatas de todos los organismos afectados.

2.- La Resolución de 3 de abril de 2023 del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia otorga la autorización administrativa previa a la instalación de producción de energía eléctrica por tecnología fotovoltaica denominada «Herrera III» y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia), promovida por «Zarafot 3, S.L.» (B.O.C. y L. n.º 70 de fecha 13 de abril de 2023 y B.O.P. n.º 45 de fecha 14 de abril de 2023). Los antecedentes de hecho de esta resolución coinciden con los que figuran en la citada resolución de 3 de abril de 2023, que se da aquí por reproducida.

3.- Esta instalación evacúa la energía eléctrica en la subestación «Promotores Herrera 400/132/30 kV» y línea de 400 kV «SET Promotores Herrera 400/132/30 kV - SET Herrera 400 kV». A estas instalaciones, que están en tramitación ante la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con el número de expediente «PFot-410», se les ha otorgado Autorización Administrativa previa de en la Resolución PFot-410 (AAP) de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con fecha 30 de noviembre de 2022.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de la Junta de Castilla y León en Palencia es el órgano competente para tramitar e instruir este procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.

Además, es también competente para resolver este procedimiento de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 44/2018, de 18 de octubre, por el que se atribuyen competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de Economía y Hacienda y en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León y en la Resolución de la Delegación Territorial de Palencia de 22 de noviembre de 2019 (B.O.C. y L. 29 de noviembre de 2019), por la cual se delega otorgar las autorizaciones administrativas de las instalaciones eléctricas en el Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía de Palencia.

Segundo: En la tramitación de este expediente se han tenido en cuenta las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:

  • - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico, que sustituye a la anterior Ley 54/97.
  • - Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
  • - Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León.
  • - Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
  • - Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.
  • - Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
  • - Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
  • - Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • - Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Tercero:

1.- Considerando que el solicitante ha justificado de forma suficiente su capacidad legal, técnica y económica para desarrollar este proyecto.

2.- Comprobado que este solicitante dispone para esta instalación de acceso y condiciones de conexión a la red de distribución y que Red Eléctrica de España, S.A.U. ha manifestado su aceptabilidad desde la perspectiva de la operación de sistema, por la afección a la red de transporte en la subestación de «Herrera» 400 kV, actualmente en servicio, situada en el término municipal de Páramo de Boedo, en la provincia de Palencia.

3.- Vista la Orden MAV/1331/2022, de 23 de septiembre, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental del proyecto de la planta solar fotovoltaica «Herrera III» y su infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia), determina, a los solos efectos ambientales, informar favorablemente la ejecución del proyecto referenciado, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes que pudieran impedir o condicionar su realización, (B.O.C. y L. 04-10-2022), cuyas condiciones se dan por reproducidas.

4.- Visto que los organismos y empresas de servicios de interés general han informado favorablemente respecto a la compatibilidad de estas instalaciones con los bienes de dominio público y/o sus instalaciones preexistentes, y teniendo en cuenta que los condicionados técnicos procedentes, impuestos por los mismos, han sido aceptados por el solicitante.

5.- Los proyectos citados, tienen su continuidad a través de las infraestructuras de evacuación y conexión a la subestación eléctrica «SET Promotores Herrera 400/132/30 kV y la Línea 400kV» que se conecta a la red de transporte en el nudo «SET Herrera 400» para las plantas de generación renovable. Estos proyectos de evacuación cuentan con Resolución favorable de Autorización Administrativa Previa, de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), con fecha 23 de diciembre de 2022 (CVE: BOE-A-2022-22106.

Cumplidos los trámites reglamentariamente exigidos, este Servicio Territorial de Economía, y por todo lo anteriormente expuesto, vista la legislación de general y particular aplicación:

RESUELVO

Otorgar la autorización administrativa de construcción a la promotora Zarafot 3, S.L., con C.I.F.: B-40522765, de la Instalación Fotovoltaica «Herrera III» y sus infraestructuras de evacuación en los Términos Municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia) objeto del «Proyecto de Ejecución Planta Fotovoltaica Herrera III 31,49 MWp y línea de evacuación de 30 kV,» redactado por D. Enrique Romero Sendino, colegiado n.º 1.329 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Burgos, con número de visado BU2000473 de fecha 8 de abril de 2021, con las siguientes características:

  • Instalación de la planta fotovoltaica «Herrera III» de 31,46 MW de potencia instalada, potencia instalada en inversores de 31,46 MW, potencia instalada en módulos fotovoltaicos de 31,49 MWp y una potencia concedida en el punto de acceso y conexión de 27,31 MWn.
  • Ubicación: «Herrera III» en los términos municipales de Herrera de Pisuerga, línea subterránea de 30 kV, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo en la provincia de Palencia.
  • Planta fotovoltaica de 31,49 MWp de potencia, formada por 57.792 paneles fotovoltaicos de 545 Wp de potencia unitaria, dispuestos en seguidores solares bi-fila. 8 inversores de potencia nominal unitaria de 3630 kVA y 1 inversores de potencia nominal unitaria de 2420 kVA., potencia total de los 9 inversores instalados en la central de producción 31,46 MW. Centros de transformación que se conectan mediante tendido eléctrico de 30 kV soterrado en zanja a la la SET «Promotores 400/132/30 kV».

Debiendo cumplir las siguientes condiciones:

  • a) La aprobación de autorización administrativa de construcción está condicionada a la obtención de la autorización administrativa de construcción de las infraestructuras de evacuación y conexión a la subestación eléctrica «SET Promotores Herrera 400/132/30 kV y la Línea 400kV» y conexión a la red de transporte en el nudo «SET Herrera 400», para las plantas de generación renovable. Estos proyectos de evacuación cuentan con Resolución favorable de Autorización Administrativa Previa, de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), con fecha 23 de diciembre de 2022 (CVE: BOE-A-2022-22106).
  • En consecuencia, las instalaciones de evacuación descritas, necesarias para la evacuación de la energía generada hasta la Subestación de REE, deberán obtener autorización de explotación previa o simultáneamente a la autorización de explotación de este expediente, de forma que la energía eléctrica producida pueda verterse a la red de transporte.
  • b) Las contenidas en la orden MAV/1331/2022, de 23 de septiembre, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental del proyecto de la planta solar fotovoltaica «Herrera III» y su infraestructura de evacuación asociada, en los términos municipales de Herrera de Pisuerga y Páramo de Boedo (Palencia), publicada en el B.O.C. y L. n.º 192 de fecha 4 de octubre de 2022.
  • c) Las obras deberán realizarse de acuerdo con los Proyectos y documentación técnica presentada, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, así como conforme a los condicionados establecidos por los organismos y entidades afectados.
  • d) El plazo para la solicitud de la puesta en marcha de la instalación será la fecha límite establecida en el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, que permita evitar la caducidad del permiso de acceso de las instalaciones a las que da servicio.
  • e) La Administración podrá dejar sin efecto la presente Resolución en cualquier momento que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella y en la Declaración de Impacto Ambiental. Así como imprecisiones en los datos de afecciones y relaciones de bienes afectados proporcionados por el promotor.
  • f) El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a este Servicio Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización administrativa de explotación. A estos efectos, con carácter previo a la obtención de dicho Autorización y con objeto de dar cumplimiento al punto o) del apartado Medidas Correctoras de la señalada Declaración de Impacto Ambiental dictada por MAV/1331/2022, de 23 de septiembre, deberá garantizarse el desmantelamiento de toda la instalación y el promotor deberá aportar aval bancario por la totalidad del presupuesto del proyecto de desmantelamiento establecido en dicho apartado.
  • g) Esta resolución autorización administrativa de construcción está condicionada a la obtención de la autorización administrativa de construcción de las infraestructuras comunes de evacuación citadas en los fundamentos de derecho.

Declarar en concreto, la Utilidad Pública de la citada instalación eléctrica, lo que llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, propio o comunal de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos o zonas de servidumbre pública y todo en relación a los bienes y derechos afectados. Las ocupaciones temporales se entenderán exclusivamente durante el período que duren las obras de construcción de la instalación eléctrica y todo ello en relación, con los bienes y derechos afectados. En el Anexo de esta Resolución se incluye la relación de los bienes y derechos afectados.

Esta Resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización, licencia, permiso, contrato o acuerdo que la legislación vigente establezca.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante el Ilmo. Director General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León en Palencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palencia, 22 de agosto de 2023.

El Jefe de Servicio Territorial de Industria, Comercio y Economía,

Fdo.: José M.ª Casas Inclán

ANEXO I
Relación de los Bienes y Derechos de personas físicas que el peticionario considera necesarios para el establecimiento de las instalaciones y para la imposición y ejercicio de la servidumbre que se refleja en la siguiente tabla

Término Municipal

Polígono

Parcela

Referencia Catastral

TITULAR

Tipo de bien

Superficie parcela (m2)

Longitud línea subterránea (m2)

Ocupación permanente (m2)

Ocupación temporal (m2)

NOMBRE Y APELLIDOS

Herrera de Pisuerga

507*

32*

34083A50700032

Adelardo Sánchez Vega

Agrario

60191

55007

8

6,40

98,48

Herrera de Pisuerga

507*

31*

34083A50700031

Joaquín Ortega González

Agrario

18233

15274

8

9,60

64,86

Herrera de Pisuerga

507

30

34083A50700030

Eugenia Ortega Suances; César García Matabuena; Jesús María García Matabuena; Eduardo García Matabuena; Luis Miguel García Ortega; María Isabel Eugenia García Ortega; Sara García Mayordomo

Agrario

0

0,00

132,54

Herrera de Pisuerga

507

29

34083A50700029

Clementina Gil García

Agrario

0

0,00

80,28

Herrera de Pisuerga

507

28

34083A50700028

Asociación Agrícola y Ganadera Herrera de Pisuerga

Agrario

0

0,00

46,10

Herrera de Pisuerga

507

14

34083A50700014

María Montserrat Pérez Mata

Agrario

7,99

6,39

261,71

Herrera de Pisuerga

506

36

34083A50600036

Abundio Gómez Vega

Agrario

8

9,60

239,68

Herrera de Pisuerga

506

37

34083A50600037

Herederos de Marcial Ibañez Martín

Agrario

0

0,00

366,08

Herrera de Pisuerga

506

38

34083A50600038

María del Carmen Ibáñez Gómez

Agrario

0

0,00

89,91

Herrera de Pisuerga

506

39

34083A50600039

Carlos Villaverde González

Agrario

8

9,58

260,64

Herrera de Pisuerga

507

10

34083A50700010

Julio Villaverde González

Agrario

0

0,00

429,09

Herrera de Pisuerga

506

54

34083A50600054

Julio Villaverde González

Agrario

0

0,00

195,58

Herrera de Pisuerga

507

8

34083A50700008

Eugenio Carmelo Cirbian García; Victorian Cirbian García; Alberto Cirbian García; Rosa Blanca Natividad Cirbian García

Agrario

0

0,00

217,10

Herrera de Pisuerga

507

7

34083A50700007

Fernando Cirbián Martínez; Victoriano Cirbián Martínez

Agrario

0

0,00

144,89

Herrera de Pisuerga

507

6

34083A50700006

Nicolasa San Millán San Millán

Agrario

0

0,00

263,47

Herrera de Pisuerga

507

4

34083A50700004

Miguel Ángel García Franco; María Luisa Zurita Rosales

Agrario

0

0,00

106,18

Herrera de Pisuerga

506

48

34083A50600048

María Trinidad Llana de la Parte; José Llana de la Parte; Jesús Llana de la Parte

Agrario

0

0,00

297,00

Herrera de Pisuerga

507

3

34083A50700003

María Elena Herrero de la Parte

Agrario

0

0,00

162,68

Herrera de Pisuerga

505

46

34083A50500046

Silvina Herrero Franco

Agrario

0

0,00

198,50

Herrera de Pisuerga

505

47

34083A50500047

Jesús Herra Salazar

Agrario

0

0,00

146,23

Herrera de Pisuerga

505

45

34083A50500045

María Josefina Marcos Garrido; María Piedad García Marcos; María Eugenia García Marcos

Agrario

0

0,00

432,81

Herrera de Pisuerga

505

48

34083A50500048

Luis Miguel García Zurita

Agrario

0

0,00

360,52

Herrera de Pisuerga

505

44

34083A50500044

María Jesús Herrero López

Agrario

0

0,00

79,44

Herrera de Pisuerga

505

8

34083A50500008

Manuel Franco Martín

Agrario

0

0,00

189,19

Herrera de Pisuerga

505

7

34083A50500007

Manuel Franco Martín

Agrario

0

0,00

246,26

Herrera de Pisuerga

505

9

34083A50500009

Dulce María Gutierrez Martín

Agrario

0

0,00

13,28

Herrera de Pisuerga

505

10

34083A50500010

Carlos de la Parte Plaza

Agrario

0,00

0,00

143,41

Herrera de Pisuerga

505

11

34083A50500011

Rubén García Ruesga

Agrario

0

0

83,83

Herrera de Pisuerga

505

12

34083A50500012

María Piedad Ruesga Jorde

Agrario

0,00

0,00

104,12

Herrera de Pisuerga

505

20001

34083A50520001

María Piedad Ruesga Jorde

Agrario

0

0,00

416,78

Herrera de Pisuerga

505

13

34083A50500013

Herederos de Salomón Herrero Franco; Etelvina Ibáñez Merino; Ángel Herrero Ibáñez

Agrario

0,00

0,00

233,58

Herrera de Pisuerga

503

10001

34083A50310001

Miguel Ángel García Franco

Agrario

0,00

0,00

391,75

Herrera de Pisuerga

505

27

34083A50500027

Isidoro Martín Herrero

Agrario

0,00

0,00

127,28

Herrera de Pisuerga

503

20005

34083A50320005

Ciselio Zurita Rosales

Agrario

0,00

0,00

419,72

Herrera de Pisuerga

503

20006

34083A50320006

María del Mar San Millán Cuesta; María Yolanda San Millán Cuesta

Agrario

0,00

0,00

75,15

Herrera de Pisuerga

504

1

34083A50400001

Asociación Agrícola y Ganadera Herrera de Pisuerga

Agrario

0,00

0,00

64,14

Herrera de Pisuerga

503

20054

34083A50320054

Luis Javier San Millán Merino; Abraham San Millán Merino

Agrario

0

0,00

103,79

Herrera de Pisuerga

503

20013

34083A50320013

Cristina Suárez Abia; María Nieves Bustillo García; María del Mar San Millán Cuesta; María Yolanda San Millán Cuesta; Ángel San Millán Suárez; María Cristina África San Millán Suárez Luis Javier San Millán Merino; Abraham San Millán Merino

Agrario

0

0,00

315,25

Herrera de Pisuerga

504

2

34083A50400002

Cristina Suárez Abia; Ángel San Millán Suárez; María Cristina África San Millán Suárez

Agrario

0

0,00

11,05

Herrera de Pisuerga

504

3

34083A50400003

Cristina Suárez Abia; Ángel San Millán Suárez; María Cristina África San Millán Suárez

Agrario

0

0,00

60,65

Herrera de Pisuerga

503

20014

34083A50320014

Humberto Javier Ortega del Mazo

Agrario

182,48

219,07

1255,99

Herrera de Pisuerga

503

20018

34083A50320018

Humberto Javier Ortega del Mazo

Agrario

57,78

69,34

346,69

Herrera de Pisuerga

503

10019

34083A50310019

Humberto Javier Ortega del Mazo

Agrario

55,4

66,48

332,42

Herrera de Pisuerga

503

10023

34083A50310023

Mariano Barrio Gala

Agrario

323,15

387,77

1938,86

Herrera de Pisuerga

503

10024

34083A50310024

Mariano Barrio Gala

Agrario

315,92

379,11

1896,76

Páramo de Boedo

507

13

34122A50700013

Iván Santos Puebla

Agrario

35,85

43,08

217,40

Páramo de Boedo

507

10015

34122A50710015

Celia Rosales Martín; Rafael Rosales Martín; Enrique Rosales Martín

Agrario

125,92

151,17

756,64

Herrera de Pisuerga

503

10044

34083A50310044

Isidoro Martín Herrero

Agrario

46,89

56,26

281,31

Páramo de Boedo

507

36

34122A50700036

Armantina Izquierdo García; Elpidio Marcos Izquierdo; Álvaro Francisco Marcos Izquierdo; Eva Marcos Izquierdo;

Agrario

152,85

183,48

918,23

Páramo de Boedo

507

47

34122A50700047

Diodora Marcos Gallego

Agrario

168,5

202,25

1011,81

Páramo de Boedo

507

37

34122A50700037

Juan Carlos Gallego Corniero; María del Mar Gallego Corniero

Agrario

301,46

361,76

1808,77

5175 {"title":"Otras disposiciones - Consejería de economía y hacienda (BOPA nº 2023-178)","published_date":"2023-09-15","region":"castillayleon","region_text":"Castilla y León","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillayleon.png","id":"5175"} castillayleon BOPA;BOPA 2023 nº 178;Consejería de economía y hacienda;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/castillayleon/boa/2023-09-15/5175-otras-disposiciones-consejeria-economia-hacienda-bopa-n-2023-178 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.