Otras disposiciones - Consejería de medio ambiente, vivienda y ordenación del territorio (BOPA nº 2023-143)

ACUERDO de 22 de junio de 2023, de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Burgos, de aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento para reclasificar terrenos de suelo rústico común y suelo no urbanizable de alto valor científico a suelo urbanizable, delimitando un nuevo sector de suelo urbanizable industrial y estableciendo su ordenación general y detallada, en el término municipal de Cardeñajimeno (Burgos). Expte.: 172/16W3.

El documento BOCYL-D-27072023-15.pdf contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del documento en formato PDF en el siguiente enlace: BOCYL-D-27072023-15.pdf

SERVICIO TERRITORIAL DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE BURGOS

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero: El Ayuntamiento aprobó inicialmente el expediente en fecha 22 de junio de 2017.

Segundo: En sesión plenaria de 1 de abril de 2019 tuvo lugar su aprobación provisional. Habiéndose introducido diversas modificaciones en el documento, fue objeto de nueva aprobación provisional el 5 de marzo de 2021.

Tercero: La CTMAyU en sesión de 29 de abril de 2021 acordó suspender su aprobación definitiva al estimar que el documento presentaba una serie de deficiencias que precisaban ser corregidas.

Cuarto: Por el promotor se elaboró un nuevo documento, que fue aprobado provisionalmente el 12 de agosto de 2022. Siendo suspendida su aprobación definitiva en CTMAyU de 13 de octubre de 2022 al seguir siendo preciso realizar correcciones al mismo.

Quinto: Por el promotor se elabora un nuevo documento corregido, que el Ayuntamiento aprueba provisionalmente en sesión de 26 de mayo de 2023. Documento que ahora se examina.

Sexto: Por el Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital se ha emitido informe técnico en fecha 19 de junio de 2023.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero: La competencia para pronunciarse sobre la aprobación definitiva del expediente corresponde a la CTMAyU, conforme a lo establecido en el art. 3.1 del Decreto 24/2013, de 27 de junio, por el que se regulan las funciones, composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente y Urbanismo y del Consejo de Medio Ambiente, Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León.

Segundo: Se pretenden realizar las siguientes modificaciones:

  • - 1º. Reclasificar Suelo Rústico como Suelo Urbanizable industrial:
    • • 59.585,12 m2 de Suelo Rústico Común (parte del antiguo sector SUbi «A» delimitado en las NN.SS. y desclasificado por la Disposición Transitoria LEY 7/2014 de 12 de septiembre) se reclasifican como Suelo Urbanizable Industrial.
    • • 48.371,77 m2 de Suelo Rústico con Protección Cultural (parte del suelo no urbanizable de alto valor científico SNUb «C» delimitado en las NN.SS.) se reclasifican como Suelo Urbanizable para Uso Industrial.
  • - 2º. Delimitar la superficie reclasificada (107.956,89m2) como nuevo sector de Suelo Urbanizable de Uso Industrial con Ordenación Detallada SUR-OD-I-1.
  • - 3º. Establecer la ordenación general y detallada del nuevo Sector SUR-OD-I-1, de conformidad con los artículos 122 y 128 del RUCYL, y en coherencia con el contenido del Decreto 2/2021, de 28 de enero, Proyecto Regional para el acceso ferroviario a la zona industrial este de Burgos.

Tercero: Una vez expuesto el informe técnico del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital, y a la vista de la nueva documentación aportada, se estima que se han subsanado las deficiencias apreciadas por la CTMAyU en su acuerdo de 13 de octubre de 2022, por lo que procedería su aprobación definitiva.

A la vista de lo indicado, la CTMAyU adoptó el siguiente

ACUERDO:

Aprobar definitivamente la presente Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales de Cardeñajimeno promovida por Kronotex Spain, S.L:

La aprobación se realiza al amparo de lo establecido en la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (arts. 54 y ss.) y Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (arts.161 y ss.). Para su entrada en vigor, conforme a los artículos 60 y 61 de esta Ley, se procederá por esta Comisión a la oportuna publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de conformidad con el art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de idéntica denominación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo o de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14.1 y 46, respectivamente, de la citada Ley 29/1998. Sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Burgos, 6 de julio de 2023.

El Secretario,

Fdo.: Juan C. Valdivielso Ausín

V.º B.ºEl Presidente,

Fdo.: Roberto Saiz Alonso

  • - Documentos cuyo contenido se publica a continuación:
    • - Memoria Vinculante
    • - Resumen Ejecutivo
    • - Normativa Reguladora
  • - Otros documentos que integran la presente Modificación de Normas, pero cuyo contenido no se publica:
    • - Memoria Informativa
    • - Resumen ejecutivo
    • - Estudio económico
    • - Afecciones a normativa sectorial
    • - Anexo I - Estudio Ambiental Estratégico y Declaración Ambiental
    • - Anexo II - Estudio de Impacto Acústico
    • - Planos de Información
    • - Planos de Ordenación
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