Acuerdos del Consejo de Gobierno 4 de febrero de 2025

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El Consejo de Gobierno ha aprobado el Programa Anual de Participación Ciudadana para el ejercicio 2025, como documento estratégico que contendrá los proyectos normativos, planes o programas derivados de las políticas públicas que se desarrollarán de acuerdo con los instrumentos y procedimientos de participación recogidos en la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. 


Se informa al Consejo de Gobierno de las actividades en materia de participación que se han llevado a cabo durante el año 2024, de acuerdo con la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha. 


2.1 Autorización previa de Consejo de Gobierno de actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de un gasto, en este caso, por importe de 551.392.303,70 €, de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. 

 

2.2 Autorización previa de Consejo de Gobierno para la celebración del contrato, al amparo del artículo 58.4 Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, con un valor estimado de 551.392.303,70 €. 

 
Referido al expediente siguiente: 

"Servicio de transporte sanitario terrestre de Castilla-La Mancha"  

 

El importe asciende a 551.392.303,70 €, con el siguiente desglose: 

 
Aplicación Presupuestaria: 61037000/G412D/2560 A 

LOTE 1 AB: 118.268.061,70 € 

LOTE 2 CR: 133.813.332,29 € 

LOTE 3 CU: 94.072.719,83 € 

LOTE 4 GU: 76.019.715,31 € 

LOTE 5 TO: 129.218.474,57 € 

SUMA TOTAL LOTES: 551.392.303,70 € 


Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico. 

 

A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 23 de enero de 2025, se entiende justificada el ejercicio de acciones contra D. Eduardo de Vicente Cano por un presunto delito de falsedad documental en concurso con intrusismo profesional en las diligencias previas del procedimiento abreviado 441/2024, que se siguen en el Juzgado de Primera instancia e Instrucción nº 2 de Tarancón (Cuenca). 


La Consejería de Educación, Cultura y Deportes informa al Consejo de Gobierno de la participación de la Fundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha en la convocatoria para la constitución de nuevos Centros de Incubación de Empresas de la Agencia Espacial Europea (ESA), conocidos como "ESA Business Incubation Centers" (ESA BIC). 

 

Estos centros están diseñados para apoyar a startups y pequeñas empresas que desarrollan productos y servicios basados en tecnologías espaciales. Actualmente, existen cinco en España, y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha anunciado la creación de dos más.  

 

Para la preparación de la propuesta de la Fundación se ha contratado a la consultora 'Arribes Enlightment', reconocida por su amplia experiencia en este sector. 


El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la tercera prórroga, así como la modificación de la distribución de los efectivos del programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Vivienda y en la Secretaría General con un número de cuarenta y siete efectivos: 6 Técnico/a Superior (Ldo. Arquitectura), 16 Técnico/a Superior (Ldo. Derecho), 3 Técnico/a Superior (Economista), 3 Técnico/a Superior (Administración General), 8 Técnico/a (Arquitecto Técnico), 10 Técnico/a (Gestión Administrativa), 1 Técnico/a (Ingeniero Técnico Industrial), cuyo importe asciende a 2.102.737,30 euros.


El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar a I-de Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U., por la comisión de dos infracciones muy graves en materia de conservación de la naturaleza, tipificadas en el artículo 108.6 de la ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. Dichas infracciones consisten en "la destrucción, muerte, deterioro, recolección, captura, posesión, transporte, comercio y exposición para el comercio a naturalización no autorizados de ejemplares de animales o plantas catalogadas en peligro de extinción o sensibles a la alteración de su hábitat". En consecuencia, se impone una multa de 400.002,00 €,  el deber de indemnizar la muerte de los dos ejemplares de Águila Imperial Ibérica, por un importe de 141.480,00 €, e imponer la medida complementaria consistente en la adaptación del transformador situado en el depósito del agua de Ossa de Montiel para dar por concluida la adaptación total, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. 

 

Las sanciones se imponen debido al hallazgo de un ejemplar de águila imperial ibérica muerto junto al apoyo n.º 02794 de la línea L359102, en el término municipal de El Bonillo y otro ejemplar de águila imperial ibérica electrocutado en el poste n.º 02773 de la línea eléctrica que conecta El Jardín y El Zarzalejo (línea n.º 36066), en el término municipal de Alcaraz (Albacete). El titular de ambas líneas eléctricas es la compañía I-de Redes Inteligentes S.A.U.


El Consejo de Gobierno acuerda para llevar a cabo la contratación de la redacción de un estudio de viabilidad o un estudio de viabilidad económico financiera del régimen de concesión de obras para la ampliación y mejora, explotación, conservación y mantenimiento de las infraestructuras de abastecimiento de agua potable del sistema Picadas-Almoguera y Girasol y de abastecimiento de agua bruta de Algodor. 

 

De conformidad con el artículo 247.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, "Con carácter previo a la decisión de construir y explotar en régimen de concesión unas obras, el órgano que corresponda de la Administración concedente acordará la realización de un estudio de viabilidad de las mismas." 

 

Dado que la autorización para la celebración del contrato de concesión de obras corresponde al Consejo de Gobierno, es a este órgano al que le compete autorizar la realización del estudio de viabilidad. 

 


El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación del servicio de operación, mantenimiento y conservación del sistema de abastecimiento Picadas - Almoguera, sistema de abastecimiento Girasol y de la conducción Almoguera - Algodor - Sagra Este. 

 

El importe total de la licitación asciende a 15.984.640,58 €. 

 

La licitación del servicio, precisa de autorización previa del negocio jurídico por parte del Consejo de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. Este artículo, en concordancia con el artículo 58.4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, establece la autorización previa del Consejo de Gobierno para los actos o negocios jurídicos de entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros. 


El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la licitación del suministro de energía eléctrica del sistema de abastecimiento Picadas-Almoguera y Servicios Centrales, a cargo de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha. 

 

El importe total de la licitación asciende a 15.984.640,58 €.

 

La licitación del servicio, precisa de autorización previa del negocio jurídico por parte del Consejo de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. Este artículo, en concordancia con el artículo 58.4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, establece la autorización previa del Consejo de Gobierno para los actos o negocios jurídicos de entidades públicas que conlleven la aprobación de un gasto superior a 750.000,00 euros. 


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