Delegación de Competencias. Resolución de 02/07/2025, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se delegan competencias en relación con determinados expedientes de contratación en la persona titular de la Secretaría General de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital. [NID 2025/5468]
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El apartado 1, letra g), del artículo 6 del Decreto 252/2003, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funciones del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, asigna a la persona que ostenta la Dirección del Instituto las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos de las Administraciones Publicas.
El artículo 61 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dispone que los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en esta materia con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso para la delegación o desconcentración de competencias, en el caso de que se trate de órganos administrativos.
Por su parte, el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, estableciendo como requisito para la eficacia de dicha delegación su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de éste.
El objetivo de la presente resolución es hacer uso de la delegación de competencias legalmente prevista con la finalidad de lograr una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de determinados contratos. Dicho plus de celeridad y eficacia puede alcanzarse dada la profesionalización que en materia de contratación cuenta el personal adscrito a la Oficina Central de Contratación, unidad administrativa especializada en la materia, dependiente de la Secretaría General de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
En consecuencia con lo expuesto, esta Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, resuelve:
Delegar en la persona titular de la Secretaría General de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital el ejercicio de las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, incluida la competencia para la autorización y disposición del gasto y el reconocimiento de las correspondientes obligaciones, para la tramitación de los siguientes expedientes de contratación:
- Diseño y elaboración del III Plan Estratégico para la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha, creación de canales de participación ciudadana y realización de acciones formativas dirigidas a responsables políticos y técnicos/as del Instituto de la Mujer y de las Unidades de Igualdad del Gobierno Regional.
- Asistencia psicológica a menores víctimas de violencia de género.
Las resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia, así como la fecha de la firma y publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, considerándose, en todo caso, dictadas por el órgano delegante, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 2 de julio de 2025
La Directora del Instituto de la Mujer