Personal Estatutario. Resolución de 10/06/2025, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se acepta el depósito y se dispone la publicación del acuerdo de modificación del Pacto sobre movilidad interna voluntaria en el ámbito de la Atención Primaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam). [NID 2025/4977]
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SITUACIONES E INCIDENCIAS
Visto el texto del Acuerdo de modificación del Pacto sobre movilidad interna voluntaria en el ámbito de la Atención Primaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (nº de código 77100242172020, publicado en D.O.C.M. núm. 47 de fecha 09/03/2020), suscrito en fecha 20 de mayo de 2025, en el seno de la Mesa Sectorial de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), y de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, el artículo 38.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 152.4 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha y el Decreto 103/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo,
Esta Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, resuelve:
Primero.
Admitir el depósito del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos, con comunicación a la comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 10 de junio de 2025
La Directora General de Autónomos,
Trabajo y Economía Social
ANA MARÍA CARMONA DUQUE
Acuerdo de la Mesa Sectorial de instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha
Se modifica la cláusula 5 del Pacto sobre movilidad interna voluntaria en el ámbito de la Atención Primaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (DOCM nº 47, de 9 de marzo de 2020), modificado por Resolución de 3/8/2021 (DOCM nº 153, de 11 de agosto de 2021) quedando redactado de la forma que a continuación se expone:
"5.- Acoplamientos internos.
Cuando dentro de una Zona Básica de Salud se produzca una plaza vacante por cualquiera de los procedimientos reglamentarios (jubilación, concurso de traslados, etc....), ésta se ofertará al personal estatutario fijo de la misma categoría dentro del Equipo de Atención Primaria, por si pudiera ser objeto de cobertura mediante acoplamiento interno. Se resolverá a favor de quien, habiendo participado, acredite más tiempo de servicios prestados conforme al baremo establecido en el punto 4.3.
La adjudicación tendrá carácter definitivo y la persona adjudicataria deberá desistir de la solicitud de participación correspondiente al ciclo de adjudicación del concurso de traslados abierto y permanente del Sescam en curso.
La vacante resultante tras el acoplamiento será ofertada en las condiciones señaladas anteriormente.
Todos los tramites referidos a este procedimiento se llevarán a cabo vía telemática, en los términos señalados en el punto 4.2.
Dentro de una Zona Básica de Salud el procedimiento de acoplamiento interno tendrá preferencia sobre la movilidad interna temporal.
Como consecuencia de la implantación del concurso de traslados abierto y permanente del Sescam desde el 1 de septiembre correspondiente al ciclo de adjudicación del concurso de traslados hasta la adjudicación definitiva del mismo esta modalidad de movilidad interna quedará en suspenso."