Expropiación Forzosa. Resolución de 10/06/2025, de la Delegación Provincial de Fomento de Cuenca, por la que se señalan fechas para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por expropiación en el proyecto de trazado: Obra de emergencia en la carretera CM-215 (Landete) como consecuencia de los daños de la dana del 29 al 30 de octubre de 2024 (Cuenca), expediente: EM-CU-24-019. [NID 2025/4935]

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Mediante Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Fomento, se somete a información pública en materia de expropiación forzosa el proyecto de referencia. Se notifica individualmente a las personas titulares de los bienes y derechos afectados y se publicó dicha resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el día 19/03/2025, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca el día 12/03/2024 y en el periódico "Las Noticias de Cuenca", en la semana del 14 al 20 de marzo de 2025.

Por Resolución de esa Secretaría General de fecha 26 de mayo de 2025, se resuelve la información pública y se aprueba el proyecto de trazado (D.O.C.M. de 04/06/2025), al cumplir los requisitos de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha y del Reglamento de esta ley, aprobado por Decreto 1/2015, de 22/01/2015.

La aprobación de este proyecto implica la declaración de utilidad pública de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición de servidumbres, según determina el artículo 16.1 de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha, en la redacción dada por la Ley 7/2002, de 9 de mayo.

La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar al procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes de su Reglamento.

En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 31/2025, de 29 de abril de 2025 por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento, y el apartado Cuarto de la Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Fomento de 13 de mayo de 2025 por la que se delegan competencias en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales, he resuelto:

Convocar a los titulares de los bienes y/o derechos afectados que figuran en la relación adjunta para que comparezcan al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación en los Ayuntamientos respectivos, en el día y horas que se señalan en el Anexo.

Además de en las correspondientes publicaciones, se dará cuenta del señalamiento del levantamiento de actas a los interesados mediante citación individual.

A dicho acto deberán asistir los interesados por sí, o representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su personalidad (Documento Nacional de Identidad, original y fotocopia) y de la titularidad de los bienes y/o derechos afectados (Escritura Pública, original y fotocopia o, en su defecto, Cédula Catastral emitida por el Ayuntamiento), así como el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo ir acompañados a su costa, si lo estiman oportuno, de Perito y Notario a su costa.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1.957, los interesados, así como las personas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan omitido en la relación de afectados anteriormente citada, podrán formular por escrito ante la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento de Cuenca sita en C/ Fermín Caballero, 20 de Cuenca, hasta el día del levantamiento de Actas Previas, cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan padecido al confeccionar la relación de bienes o derechos afectados.

La presente Resolución se notificará al Señor/a Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de Landete donde radican los bienes y a los interesados mediante citación individual, y será publicada en el BOP de Cuenca, en el tablón de Edictos del correspondiente Ayuntamiento, en dos diarios de mayor circulación de la Provincia de Cuenca, en el DOCM y en el BOE sirviendo ésta última de notificación para los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos o de ignorado paradero conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para mayor información, los interesados tendrán a su disposición los planos parcelarios en la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento en Cuenca, sitos en la dirección arriba indicada, todos los días laborables durante las horas de oficina.

Los datos personales provienen de fuentes públicas y se engloban en un fichero "Expropiaciones" creado bajo la responsabilidad de la Consejería de Fomento con la finalidad de tramitar el expediente de expropiación para lo que será necesario comunicar datos al Ministerio de Justicia. El tratamiento de dichos datos es necesario para tramitar el expediente; aun así, los afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición contemplados en la normativa vigente sobre protección de datos (LOPD y legislación de desarrollo) mediante comunicación escrita a la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento en Cuenca.

Cuenca, 10 de junio de 2025

El Secretario General
P.D.(Apartado cuarto Resolución 13/05/2025
de delegación de competencias
en los delegados provinciales)
La Delegada Provincial
ANA ADORACIÓN PONCE RAMÍREZ
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