Ayudas y Subvenciones. Resolución de 04/06/2025, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario asignado por convocatoria de ayudas correspondiente a los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU. [NID 2025/4768]
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Primero.- Con fecha 30 de junio de 2021, se publica -en el B.O.E. nº 155- el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el que se establecen, entre otras cuestiones, las bases reguladoras de la concesión de las referidas ayudas por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla a las personas y entidades destinatarias última, así como, en el anexo V, la cuantía correspondiente de la distribución del presupuesto inicial para los programas que, para Castilla-La Mancha, asciende a un total de 30.948.184 euros.
Segundo.- Con fecha 21 de diciembre de 2021, se publica -en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 243- la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, en la que se incluye el presupuesto asignado a Castilla-La Mancha en el anexo V del RD 477/2021, de 29 de junio, que, una vez aplicados los costes indirectos imputables y las inversiones directas en los programas de incentivos, asciende a una cuantía total para la convocatoria de 27.019.738,48 €.
En la disposición sexta de la orden por la que se aprueba la convocatoria (la referida Orden 180/2021, de 9 diciembre), se establece la financiación y se realiza una distribución por programas, categorías (en referencia a las componentes), aplicaciones presupuestarias (en referencia a las partidas económicas) y anualidades, indicando que en todo caso tiene carácter estimativo, de tal forma que se podrán realizar modificaciones presupuestarias para atender a las solicitudes presentadas, pero asignando unos importes concretos del crédito destinado a la financiación de la convocatoria por programa, componente y partida económica.
Tercero.- En el apartado tercero de la disposición sexta de la citada Orden 180/2021, de 9 de diciembre, se establece que "El presupuesto de cada uno de los programas de incentivos, podrá ser ampliado, en su totalidad o por cada categoría (...)". En base a ello, se incrementa el crédito de la convocatoria en tres ocasiones mediante ordenes de la Consejería de Desarrollo Sostenible: Orden 211/2022, de 7 de noviembre (publicada en el DOCM de 14/11/2022); Orden 163/2023, de 30 de agosto (publicada en el DOCM de 11/09/2023) y Orden 53/2024, de 16 de abril (publicada en el DOCM de 23/04/2024), modificando la redacción de apartado sexto de la mencionada Orden 180/2021:
- Con fecha 14 de noviembre de 2022, se publica -en D.O.C.M. nº 218- la Orden 211/2022, de 7 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se incrementa el crédito de la convocatoria, en la que se incluye el presupuesto asignado a Castilla-La Mancha en el anexo V del R.D. 477/2021, de 29 de junio, así como la mencionada ampliación del presupuesto inicial asignado que, una vez aplicados los costes indirectos imputables y las inversiones directas en los programas de incentivos, asciende a una cuantía total para la convocatoria de 57.503.700,47 euros.
- Con fecha 11 de septiembre de 2023, se publica -en D.O.C.M. nº 174- la Orden 163/2023, de 30 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se incrementa el crédito de la convocatoria de la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, en la que se incluye el presupuesto asignado a Castilla-La Mancha en el anexo V del RD 477/2021, de 29 de junio, así como la mencionada ampliación del presupuesto inicial asignado que, una vez aplicados los costes indirectos imputables y las inversiones directas en los programas de incentivos, asciende a una cuantía total para la convocatoria de 67.680.393,07 euros.
- Con fecha 23 de abril de 2024, se publica -en D.O.C.M. nº 79- la Orden 53/2024, de 16 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, y se incrementa el crédito de la convocatoria, en la que se incluye el presupuesto asignado a Castilla-La Mancha en el anexo V del RD 477/2021, de 29 de junio, así como la mencionada ampliación del presupuesto inicial asignado que, una vez aplicados los costes indirectos imputables y las inversiones directas en los programas de incentivos, asciende a una cuantía total para la convocatoria de 87.098.966,14 euros.
En esta última (la referida Orden 53/2024, de 16 de abril) figura la distribución de la financiación total de la convocatoria (87.098.966,14 euros), en la que se realiza una distribución por programas, categorías (en referencia a las componentes), aplicaciones presupuestarias (en referencia a las partidas económicas) y anualidades, conforme a lo establecido en el párrafo segundo de la disposición sexta Orden 180/2021, de 9 diciembre.
Cuarto.- Una vez finalizada la vigencia de los programas el día 31/07/2024 y obtenida, con fecha 26/09/2024, la autorización por parte de I.D.A.E. -de acuerdo con lo establecido en la disposición octava de la citada Orden 180/2021, de 9 de diciembre (conforme a la redacción dada por la Orden 53/2024, de 16 de abril)-, se realiza un reajuste del presupuesto asignado en la componente 8 para la optimización del crédito en los programas de incentivos, mediante la minoración del presupuesto asignado en el programa de incentivos 2, en el que las ayudas solicitadas pendientes en componente 8 requieren crédito de componente 7 y no hay suficiente disponible para su tramitación; y aumentando el presupuesto en aquellos programas en los que haya aún solicitudes de ayuda por atender, todo ello en función del importe solicitado y considerando los datos obtenidos en la gestión de las ayudas tramitadas hasta la fecha, lo que se realiza mediante la publicación de la Resolución de 03/10/2024, sin que ello suponga una variación de la cuantía total de la convocatoria:
- Con fecha 14 de octubre de 2024, se publica en el D.O.C.M. nº 199, la Resolución de 03/10/2024, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se publica la redistribución de crédito entre programas de los establecidos en la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, manteniendo la cuantía para la convocatoria en 87.098.966,14 euros.
Quinto.- En las bases reguladoras de las ayudas, en concreto, en el artículo 11 del citado RD 477/2021, de 29 de junio, se establecen los que podrán ser los destinarios de las ayudas; en el párrafo segundo del apartado 4 del artículo 16, se dispone que: "Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos."; y, en el apartado segundo del apartado 6 del citado artículo 16, se establece que: "(...) se podrán dictar las resoluciones de concesión correspondientes por orden de presentación de solicitudes una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias."
Por todo lo expuesto anteriormente, teniendo en cuenta los reajustes realizados y que tras la publicación de la resolución de concesión y desestimación centésima trigésima octava, se tiene que - en base a la distribución que se establece en la disposición sexta para la financiación de las mismas- para cada una de las partidas de la referida convocatoria: o bien se han atendido todas las solicitudes de ayuda para esa partida; o bien se han realizado concesiones al menos por el crédito presupuestario asignado en la convocatoria para esa partida; o bien, aunque queda crédito disponible, este es insuficiente para atender a la siguiente solicitud en esa partida;
Resuelvo:
Hacer público, conforme al listado que se adjunta como anexo, que se ha producido el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria, aprobada por Orden 180/2021, de 9 de diciembre, a los efectos de no poder seguir atendiendo solicitudes de ayuda, así como para aquellas que hayan sido atendidas y se encuentren en estado de "lista de reserva provisional por insuficiencia de crédito", salvo en los casos de aquellas solicitudes de ayuda que hubieran sido desestimadas o declarado el desistimiento y, a consecuencia de la resolución de recursos administrativos, se estime que procede la concesión de la ayuda y siempre que, en el momento de la desestimación o el desistimiento existiera crédito en la partida correspondiente para atenderlas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de interponer recurso administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se podrá realizar a través del trámite electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (código RKGU), al que se puede acceder en https://www.jccm.es/tramites/1003700; o presencialmente -si no está obligado a la tramitación electrónica-, registrando el recurso en la dirección indicada en el pie, en el registro de cualquier administración pública, a través de una oficina de correos o en cualquiera de las otras formas indicadas en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Toledo, 4 de junio de 2025
El Director General de Transición Energética
P.S. (Art. 15 f) Decreto 112/2023, de 25 de julio)
La Secretaria General
MARÍA DEL CARMEN MARTÍN SÁNCHEZ
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