Ayudas y Subvenciones. Resolución de 02/06/2025, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, por la que se publica la ampliación del importe que se destinará en el ejercicio 2025 a las ayudas reguladas en la Orden 29/2025, de 5 de febrero, de la Consejería de Fomento, por la que se establece la ayuda consistente en la reducción del 50% en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta, en los viajes de los servicios regulares de transporte colectivo interurbano de viajeros por carretera, y para el periodo comprendido entre el 01/01/2025 y el 22/01/2025, y entre el 29/01/2025 y el 30/06/2025. [NID 2025/4691]
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En virtud del artículo 2 de la Orden 29/2025 de 5 de febrero, de la Consejería de Fomento por la que se establece la ayuda consistente en la reducción del 50% en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje, excluido el billete de ida y vuelta en los viajes de los servicios regulares de transporte colectivo interurbano de viajeros por carretera, y para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 22 de enero de 2025, y entre el 29 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, he resuelto:
Hacer público, mediante la inserción de la presente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, que para el ejercicio 2025 el importe que se ampliará de la ayuda establecida en la mencionada Orden 29/2025, asciende a 100.000,00 euros, siempre y cuando exista crédito adecuado y suficiente, y se abonará con cargo a la partida presupuestaria 1704 G/513C/47530.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Fomento en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, según disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 2 de junio de 2025
La Directora General de Transportes y Movilidad