Medio Ambiente. Resolución de 09/05/2025, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, por la que se formula el informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria de los proyectos: Modificación de características de una concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca Corralejo de Canturias, rehabilitación de captación existente y construcción de caseta de bombeo (expediente PRO-TO-22-3087), situado en los términos municipales de Belvís de la Jara y Las Herencias, y solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego en la finca Corralejo II (expediente PRO-TO-24-3375), situado en el término municipal de Las Herencias (Toledo), cuya promotora es Varosa Inmuebles, SL. [NID 2025/3977]

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La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2 concreta los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental para determinar si tienen o no efectos significativos sobre el medio ambiente. En el caso de que no los tengan, no será necesario someterlos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Esta decisión debe ser motivada y pública, y se tiene que ajustar a los criterios establecidos en el anexo III de dicha ley.

La Ley 2/2020 de 7 de febrero, de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha, constituye la normativa de desarrollo y de protección ambiental adicional, y determina los plazos de la tramitación, así como aquellos proyectos adicionales a los ya indicados por la Ley 21/2013 que se ven incluidos en el ámbito de aplicación de la legislación de evaluación ambiental.

En concreto, las actuaciones de los proyectos evaluados se encuentran contempladas en el anexo II de la Ley 2/2020, dentro del Grupo 1. Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería, apartado c) Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura: 1º. Proyectos de consolidación y mejora de regadíos en una superior a 100 ha, 2º. Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, prevé en su Disposición adicional undécima, que el órgano ambiental podrá acordar la acumulación de procedimientos de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con la Ley de procedimiento administrativo común. Por su parte, el artículo 57 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común establece que el órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento.

Debido a la proximidad de la localización, las similitudes de los proyectos y de las características del potencial impacto, así como la coincidencia de promotor, se tramitarán de forma conjunta los proyectos: "Modificación de características de concesión de aguas con destino a riego de la Finca "Corralejo de Canturias", rehabilitación de captación existente y construcción de caseta de bombeo (PRO-TO-22-3087)" y "Solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego de la Finca "Corralejo II" (PRO-TO-24-3375)"

La evaluación del expediente compete a la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo por delegación de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, conforme al Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible (modificado por el Decreto 6/2024, de 20 de febrero), y la Resolución de 24/05/2024, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se delegan competencias en las delegaciones provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

El promotor es Varosa Inmuebles, S.L.

Primero. Descripción de los proyectos definidos en la documentación aportada por el promotor.

Modificación de características de una concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo de Canturias", rehabilitación de captación existente y construcción de caseta de bombeo (PRO-TO-22-3087).

Según el documento ambiental remitido el 4 de noviembre de 2024, el proyecto consiste en la modificación de las características de un aprovechamiento de aguas superficiales con destino a riego en las parcelas 2, 3 y 4 del polígono 1 en el término municipal de Belvís de la Jara (Toledo), y la parcela 124 del polígono 1 en el término municipal de Las Herencias (Toledo). La modificación afecta al número de captaciones, la superficie de riego, el sistema de riego y la dotación de agua.

Las parcelas en las que se ubica el proyecto cuentan con una concesión de aguas con destino a riego con referencia 250.748/04; 42.074/01; 91.047/96; 222 (Alberca 5), y transferida al promotor actual mediante la resolución del expediente T-0002/2022, ambas de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

El aprovechamiento de aguas superficiales concedido se realiza desde el margen izquierdo del río Tajo y tiene las siguientes características:

Toma

Localización de la toma

Coordenadas de la toma

(UTM Huso 30)

Volumen máximo anual (m³)

Tipo de aprovechamiento

Lugar de aprovechamiento

Superficie de riego (ha)

A

Belvís de la Jara

Polígono 1

Parcela 2 "ah"

X: 333.657

Y: 4.412.891

608.865

Riego por aspersión

Belvís de la Jara

Polígono 1

Parcelas 2 "ae", 3 "g", 4 "i", 4 "h"

101,4728

B

Belvís de la Jara

Polígono 1

Parcela 2 "w"

X: 332.856

Y: 4.412.529

608.865

Riego por aspersión

Belvís de la Jara

Polígono 1

Parcela 2 "k"

51,2112

C

Belvís de la Jara

Polígono 1

Parcela 2 "af"

X: 332.944

Y: 4.412.228

608.865

Riego por aspersión

Belvís de la Jara

Polígono 1

Parcelas 2 "g", 2 "ab", 2 "ag", 3 "a"

61,0819

Total

213,7659

Tabla 1. Características del aprovechamiento de aguas concedido (PRO-TO-22-3087).

El agua concedida se utiliza para el riego de cultivos herbáceos mediante aspersión.

Actualmente se está tramitando en la Confederación Hidrográfica del Tajo la modificación de la concesión anterior bajo el expediente con referencia M-0037/2022.

La modificación se refiere a los siguientes aspectos:

- Se modifica el número de captaciones, pasando de las tres iniciales a sólo una, que no coincide con ninguna de las recogidas en la concesión. Esta captación consiste en un aljibe situado en el río Tajo, de 3m de diámetro y 6m de profundidad, y que se localiza en las siguientes coordenadas (ETRS-89 huso 30N): X: 332.549, Y: 4.411.962.

Para su reutilización se pretende la rehabilitación del aljibe, mediante cerramiento de ladrillo macizo de un pie, enfoscado y fratasado interior y exteriormente, al que se aplicará pintura de color verde.

Desde esta captación se eleva el agua a tres cabezales de bombeo. Para ello se prevé instalar dos electrobombas verticales de 150 C.V. y una de 180 C.V. Estas bombas se alimentan a través de la red eléctrica que llegan hasta la caseta de la captación.

Los cabezales de bombeo, a su vez, cuentan con bombas centrífugas horizontales: 2 en el cabezal nº1 (de 50 C.V. y 15 C.V.), 2 en el cabezal nº2 (de 75 C.V. y 60 C.V.) y 3 en el cabezal nº3 (de 50 C.V, 60 C.V. y 75 C.V.).

Para alojar los cabezales de bombeo nº2 y nº3 se pretende la construcción de una caseta con unas dimensiones en planta de 20m x 5m, y una altura de 4,5m.

- Se modifica el sistema de riego pasando del riego por aspersión al riego por goteo. Para la instalación de este tipo de riego se instalará una red de tuberías para cada uno de los tres cabezales, que incluyen:

Red principal: formada por tuberías de PVC de DN 200-110 mm con unión por junta elástica para el cabezal nº1 y nº3, de PVC-O de DN 250 y 160 mm para el cabezal nº2, y de PVC-O de DN 250 y 200 para el cabezal nº3. Las tuberías de PVC son de 6 y 10 atm de presión nominal y las de PVC-O de 12,5 atm. Enterradas a 1m de profundidad.

Red secundaria: formada por tuberías de PVC de DN 160-75 mm con unión por junta elástica para el cabezal nº1 y nº3, y PVC de DN 140-75 mm para el cabezal nº2. Las tuberías son de 6 atm de presión nominal y estarán enterradas a 1m de profundidad.

Ramales portagoteros: ramales de PE de 20 mm de diámetro sobre las tuberías secundarias de PVC. Instalados cada 3,25m unos de otros, uno por cada línea de almendros, en la plantación superintensiva. E instalados cada 3m, dos por cada línea de almendros, en la plantación intensiva.

Goteros: goteros integrados autocompensados dispuestos a una distancia de 0,6m en el ramal de la plantación superintensiva, formando una franja continua.

Se incluye en la explotación la parcela 124 del polígono 1 del término municipal de Las Herencias (Toledo).

Se aumenta la superficie de riego en 27,7749 ha, pasando de las 213,7659 ha iniciales en regadío a 241,5408 ha.

Se cambia el tipo de cultivo, pasando de una explotación de cultivos herbáceos a una plantación de almendros en régimen superintensivo (marco de 3,25 x 1,25 m) y régimen intensivo (marco de 6 x 4 m).

Se pretende una nueva distribución de la superficie de riego según el siguiente resumen:

Término municipal

Polígono

Parcela

Superficie de almendro en superintensivo (ha)

Superficie de almendro en intensivo (ha)

Superficie de riego total (ha)

Belvís de la Jara

1

2

99,6384

26,9919

126,6303

Belvís de la Jara

1

3

75,6234

0,0000

75,6234

Belvís de la Jara

1

4

0,0000

36,2594

36,2594

Las Herencias

1

124

0,0000

3,0277

3,0277

Total:

175,2618

66,28

241,5408

Tabla 2. Características del aprovechamiento de aguas solicitado (PRO-TO-22-3087).

Se solicita una modificación del volumen de agua anual concedido, según las necesidades de la nueva plantación, para llegar a los 1.184.488,91 m³/año, lo que supone una disminución en el uso anterior en 98.166,09 m³.

Se prevé la instalación de dos equipos de fertirrigación, uno en el cabezal nº1 y otro en la caseta de bombeo que alberga los cabezales nº2 y nº3.

La finca cuenta con dos transformadores destinados al suministro eléctrico, con conexión a la red eléctrica y tendido de media tensión.

Existe una nave con dimensiones 120 x 40 m en planta, destinada a albergar el cabezal de bombeo nº1.

La finca se encuentra vallada en su perímetro con malla ganadera de 1,5m de atura, salvo en la parte colindante con el río Tajo. Debido al deterioro del mismo se prevé su sustitución por un cerramiento de la misma altura, sin anclaje al suelo ni cable tensor inferior, sin voladizo y sin elementos cortantes o punzantes. Se estima una longitud total aproximada de 6.288m.

En cuanto a las alternativas del proyecto, el promotor define las siguientes alternativas:

Respecto al tipo de riego

Respecto al cultivo

Respecto a la localización

Alternativa 0

No ejecución

No ejecución

No ejecución

Alternativa 1

Nebulización

Rotación de Cereal / Maíz / Alfalfa

En otra localización

Alternativa 2

Goteo

Almendro

En la localización del proyecto

Alternativa 3

Gravedad

Olivar

Tabla 3. Alternativas propuestas por el promotor (PRO-TO-22-3087).

Tras el estudio de las alternativas, el promotor se decanta por la elección de la alternativa 2, que supone el cultivo de almendro mediante el sistema de riego de goteo, en las parcelas planteadas en el proyecto. Para ello se han valorado aspectos como el rendimiento de los cultivos, experiencia previa del promotor, el aprovechamiento de agua de forma más eficiente y las características de la zona de actuación.

Solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo II" (PRO-TO-24-3375).

Según el documento ambiental remitido el 29 de febrero de 2024, el proyecto consiste en la solicitud de un aprovechamiento de aguas superficiales con destino a riego de 67,7917 ha de olivar, en los parajes "El Corralejo" y "Valdecasillas", en el término municipal de Las Herencias (Toledo), en las siguientes parcelas:

Término municipal

Polígono

Parcela

Recinto

Superficie a regar (ha)

Las Herencias

1

121

13

12,7091

Las Herencias

1

122

1

1,9427

Las Herencias

1

122

2

0,3530

Las Herencias

1

123

1

39,7959

Las Herencias

1

123

24

12,9910

Total:

67,7917

Tabla 4. Características del aprovechamiento de aguas solicitado (PRO-TO-24-3375).

En la finca existe una plantación de cereal, en régimen de secano. Con el presente proyecto se pretende transformar 67,7917 ha de la finca en una plantación de olivar superintensivo, con un sistema de riego por goteo.

Para la captación de agua del río Tajo se utilizará una captación existente, que se rehabilitará para abastecer una balsa de riego. Mediante rebombeo desde la balsa se suministra el agua al sistema de riego por goteo de la plantación. La captación se localiza en las siguientes coordenadas (ETRS-89 huso 30N): X:333.552, Y:4.412.694.

Para la ejecución del proyecto se realizarán las siguientes actuaciones:

- Rehabilitación de la captación existente.

La captación consiste en un embarcadero compuesto por pilares de hormigón y un forjado, de dimensiones 1,50m de ancho y 12,25m de largo. Al final del embarcadero se sitúa una caseta que alberga las bombas con dimensiones de 3,5m x 3,5m x 3,5m. La rehabilitación consistirá en la construcción de un cerramiento de ladrillo macizo de un pie, enfoscado y fratasado interior y exteriormente, al que se le aplicará pintura de color verde.

Se instalarán dos bombas sumergidas de 50 C.V.

- Construcción de una balsa de riego.

Estará conectada a la captación mediante una tubería de PVC-O de DN 200 mm con unión por junta elástica PN 16 atm, enterrada a 1,5m de profundidad. La entrada de agua se realizará a través de vertido sobre una escalera tranquilizadora de flujo.

La balsa está diseñada para tener un volumen de 2.167 m³, con una profundidad desde el camino de coronación de 6m. La altura del camino de coronación sobre la rasante del suelo varía de 2 a 6 m. La impermeabilización del vaso de la balsa se realizará mediante una membrana de polietileno de alta densidad (PEAD) con un espesor de 1,5 mm. La membrana se protegerá con geotextil de poliéster agujereado de 400 gr/m2.

Los taludes de la balsa se cubrirán mediante hidrosiembra y plantación de árboles y arbustos. En los taludes exteriores que lo necesiten se colocará una cubierta de rocalla.

Se proyecta la instalación de una red de drenaje para la recogida, medida y evacuación de posibles pérdidas del sistema de impermeabilización. Esta red será en forma de espina de pescado con tuberías principales de DN160 y secundarias de DN125.

Igualmente se proyecta la construcción de una nave de bombeo de 12 x 7 m en planta, y 5m de altura.

- Instalación de riego.

Se instalará un sistema de bombeo en el cabezal de riego. Consiste en una bomba centrífuga horizontal de 70 C.V. que se abastece de la balsa de regulación. La bomba estará alimentada por un generador eléctrico de gasoil.

En el cabezal se instalará además un equipo de fertirrigación, con tres depósitos de fertilizante, para la inyección de fertilizante directamente en la tubería de impulsión.

La red de riego estará constituida por las siguientes partes:

- Red principal: formada por tuberías de PVC de DN 200-140 mm con unión por junta elástica, de 10 atm de presión nominal, y enterradas a 1m de profundidad.

- Red secundaria: formada por tuberías de PVC de DN 140-125-90-75-63-50 mm con unión por junta elástica, de 6 atm de presión nominal, y enterradas a 1m de profundidad.

- Ramales portagoteros: ramales sobre las tuberías secundarias, de PE de 20 m de diámetro y 4 atm de presión nominal. Se colocan cada 3,5m unos de otros, uno por cada línea de olivos.

- Goteros: goteros integrados autocompensantes dispuestos a una distancia de 0,5m en el ramal de la plantación, formando una franja continua.

Se calculan unas necesidades hídricas de la plantación de 185.503,39 m³/año.

Para el abastecimiento de energía eléctrica del proyecto el promotor cuenta en la finca con conexión a la red eléctrica y tendido de media tensión.

Las parcelas cuentan con un cerramiento perimetral, excepto en la zona delimitada por el río Tajo, compuesto por malla ganadera de 1,50m de altura sujeta sobre piqueta de acero y/o poste de hormigón cada 3m.

En cuanto a las alternativas del proyecto, el promotor define las siguientes alternativas:

Respecto al tipo de riego

Respecto al cultivo

Respecto a la localización

Alternativa 0

No ejecución

No ejecución

No ejecución

Alternativa 1

Nebulización

Alternativa de Cereal / Maíz / Alfalfa

En otra localización

Alternativa 2

Goteo

Olivar superintensivo

En la localización del proyecto

Alternativa 3

Gravedad

Pistachos intensivo

Alternativa 4

Almendro intensivo

Tabla 5. alternativas propuestas por el promotor (PRO-TO-24-3375).

Tras el estudio de las alternativas, el promotor se decanta por la elección de la alternativa 2, que supone el cultivo de olivar superintensivo mediante el sistema de riego de goteo, en las parcelas planteadas en el proyecto. Para ello se han valorado aspectos como el aprovechamiento de agua de forma más eficiente, el rendimiento y las características de los cultivos y la existencia de instalaciones en las parcelas elegidas.

Segundo. Tramitación y consultas.

El 21 de febrero de 2022, tiene entrada en el Servicio de Calidad Ambiental de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, documentación relativa al inicio del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto con referencia PRO-TO-22-3087, que comprende la solicitud de inicio del procedimiento, el documento ambiental y la acreditación del pago de la tasa correspondiente, conforme a la Ley 9/2012, de 29 de noviembre de Tasas y Precios Públicos de Castilla La Mancha. Todo ello conforme al artículo 52 de la Ley 2/2020, de 7 de febrero de evaluación ambiental.

El 14 de noviembre de 2024 el promotor presenta un nuevo documento ambiental por modificaciones en el proyecto inicial.

El 29 de febrero de 2024 tiene entrada en el Servicio de Calidad Ambiental de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo la documentación relativa al inicio del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto con referencia PRO-TO-24-3375.

Desde el órgano ambiental, y de acuerdo con el artículo 53 de la citada Ley 2/2020, se inició el trámite de consultas previas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, con el objeto de que informaran en el ámbito de sus competencias. Las consultas se iniciaron el 27 de septiembre de 2022 para el proyecto PRO-TO-22-3087, y el 7 de noviembre de 2024 para el proyecto PRO-TO-24-3375.

Los organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes, para cada uno de los proyectos (se señalan con un asterisco aquellos que han emitido contestación a las consultas formuladas, con indicación de la fecha del informe en su caso):

Organismo Consultado

Fecha de emisión de informes

PRO-TO-22-3087

PRO-TO-24-3375

Unidad Coordinadora Provincial de Agentes Medioambientales. Coordinador de la Comarca de Belvís de la Jara.

-

17/12/2024

Delegación de Desarrollo Sostenible de Toledo. Servicio de Medio Natural.*

02/03/2023

27/07/2023

23/01/2025

Delegación Provincial de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Servicio de Medio Rural.*

28/09/2022

10/12/2024

Consejería de Desarrollo Sostenible. Viceconsejería de Medio Ambiente. Servicio de Prevención e Impacto Ambiental (En PRO-TO-22-3087).

-

-

Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo. Servicio Provincial de Cultura. *

28/09/2022

14/03/2023

14/11/2024

Delegación Provincial de Hacienda y Administraciones Públicas. Coordinador Provincial de Emergencias en Toledo (En PRO-TO-24-3375).*

-

08/01/2025

Servicio Provincial de la Agencia del Agua de CLM.

-

-

Ayuntamiento de Belvís de la Jara (En PRO-TO-22-3087).

-

-

Ayuntamiento de Las Herencias.

-

-

Confederación Hidrográfica del Tajo. *

18/10/2022

13/01/2025

Ecologistas en Acción.

-

-

Sociedad Española de Ornitología (S.E.O.).

-

-

WWF/España.

-

-

Agrupación Naturalista Esparvel.

-

-

Asociación Ecologista Ardeidas.

-

-

Asociación Toledo Limpio.

-

-

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 21/2013, y transcurrido el plazo sin haber recibido respuesta de los organismos no señalados con asterisco (*), este órgano ambiental cuenta con elementos de juicio suficientes para resolver, al tener este expediente los informes oportunos más relevantes.

En referencia al proyecto PRO-TO-22-3087, el Servicio de Medio Natural de Toledo emite dos informes. Tras el primer informe, y con fecha de 15 de marzo de 2023, se requiere al promotor información complementaria. El promotor remite respuesta a este requerimiento el 4 de mayo de 2023. En el segundo informe del Servicio de Medio Natural, de 27 de julio de 2023, se considera que el proyecto debe someterse a un procedimiento de evaluación ambiental ordinaria.

En referencia al proyecto PRO-TO-24-3375, en el informe emitido por el Servicio de Medio Natural de Toledo de fecha 23 de enero de 2025, se indica que el proyecto debe ser sometido al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria.

Tercero. Análisis según los criterios del anexo III de la Ley 2/2020.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis, según los criterios recogidos en el anexo III de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha, para determinar si el proyecto tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, si debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II de dicha ley.

3.1. Características de los proyectos.

PRO-TO-22-3087: Modificación de características de una concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo de Canturias", rehabilitación de captación existente y construcción de caseta de bombeo.

El proyecto consiste en la modificación de una concesión de aguas superficiales para el riego por goteo de 241,5408 ha de almendros en régimen superintensivo y régimen intensivo. Para ello es necesario:

- Aumentar la superficie de riego en 27,7749 ha, pasando de las 213,7659 ha iniciales en regadío a 241,5408 ha.

- Cambiar el tipo de cultivo, pasando de una explotación de cultivos herbáceos a una plantación de almendros en régimen superintensivo (marco de 3,25 x 1,25 m) y régimen intensivo (marco de 6 x 4 m).

- Modificar el número de captaciones, pasando de las tres actuales a solo una. La captación que se pretende utilizar necesita rehabilitación.

PRO-TO-24-3375: Solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo II".

El proyecto consiste en la solicitud de un aprovechamiento de aguas superficiales con destino a riego por goteo de 67,7917 ha de olivar. Para ello es necesario:

- Rehabilitación de una captación existente para la toma de aguas superficiales del río Tajo.

- Construcción de una balsa de riego.

- Cambio de cultivo, pasando de una plantación de cereal en régimen de secano a una plantación de olivar superintensivo, con un sistema de riego por goteo. Para ello es necesaria la instalación del sistema de riego.

3.2. Ubicación de los proyectos.

PRO-TO-22-3087: Modificación de características de una concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo de Canturias", rehabilitacion de captación existente y construcción de caseta de bombeo.

El proyecto se localiza en el paraje "Corralejo", en las parcelas 2, 3 y 4, del polígono 1, en el término municipal de Belvís de la Jara (Toledo), y en la parcela 124 del polígono 1 del término municipal de Las Herencias (Toledo).

PRO-TO-24-3375: Solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo II".

El proyecto se localiza en los parajes "El Corralejo" y "Valdecasillas", en las parcelas 121, 122 y 123 del polígono 1, en el término municipal de Las Herencias (Toledo).

Las parcelas de ambos proyectos son contiguas y ocupan una superficie catastral total de 612,6741 ha (229,6685 ha en el término municipal de Las Herencias y 383,0056 ha en el término municipal de Belvís de la Jara).

Los proyectos se localizan lindando con zonas de conservación de la biodiversidad de Red Natura 2000: ZEC-ZEPA "Río Tajo en Castrejón, islas de Malpica de Tajo y Azután " ES030_ZEPAES0000169 y LIC "Río Tajo en Castrejón, islas de Malpica de Tajo y Azután - ES030_LICSES0000169". Las captaciones se localizan en este espacio.

Igualmente se localizan en zona de dispersión del águila-azor perdicero, tal y como establece el Decreto 76/2016, de 13 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Águila Perdicera (Aquila fasciata) y se declaran zonas sensibles las áreas críticas para la supervivencia de esta especie en Castilla-La Mancha.

También lindan por el este con la vía pecuaria "Colada del Camino de Talavera".

Además, las parcelas se encuentran dentro del área de captación de la zona sensible "Embalse de Azután - ESCM495" y de la zona vulnerable "Madrid-Talavera-Tiétar - ES030_ZVULES42_5".

Por otro lado, las parcelas se hallan en la zona húmeda "Tablillas de Azután - ES030_ZHUMIH425022".

En cuanto a aguas superficiales, las parcelas interceptan el Arroyo del Corralejo, el Arroyo de las Cabezas y el Arroyo del Gobernador y se encuentran próximas al Río Tajo, al Arroyo Valdecasillas y a un afluente innominado del Río Gévalo.

En relación a las aguas subterráneas, las actuaciones se asientan sobre la masa de agua subterránea "TALAVERA- ES030MSBT030.015".

En cuanto a ámbitos arqueológicos de protección, el proyecto afecta a los ámbitos "A.2. El Corralejo" según figura en el documento de Carta Arqueológica, Etnográfica e Industrial de Belvís de la Jara, y "B.III.1. El Corralejo", según consta en el Documento de Protección del Patrimonio Arqueológico de Las Herencias.

3.3. Características del potencial impacto.

Los proyectos se localizas contiguos a un espacio de Red Natura 2000 (ZEC-ZEPA Río Tajo en Castrejón, islas de Malpica de Tajo y Azután) y las captaciones se localizan dentro de este espacio. El proyecto podría tener repercusiones en Red Natura 2000 por contaminación y extracciones de caudal.

Al localizarse muy próximos a los márgenes del río Tajo este cauce puede verse muy perjudicado ambientalmente por los efectos negativos derivados del uso de productos agroquímicos sobre los flujos superficiales y subsuperficiales del agua que nutre a dicho espacio.

Del mismo modo, un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de sólidos a los cauces.

El espacio previsto para los cultivos en algunos casos coincide con zonas con pendiente superior al 8% y con vegetación natural, por lo que la implantación de cultivos leñosos podría afectar a la vegetación natural.

Se debe considerar la transformación de un paisaje estepario con manchas de vegetación natural a un paisaje dominado por leñosos. Por lo tanto, la heterogeneidad ambiental se vería perjudicada.

En relación a la fauna, el proyecto supondría pérdida de hábitat para especies asociadas a medios agrarios y a mosaico agro-forestal. La conectividad de las poblaciones de aves esteparias del "ZEC-ZEPA Llanuras de Oropesa, Lagartera y Calera y Chozas" con las poblaciones de las rañas de Las Herencias, Malpica de Tajo, La Pueblanueva y San Martín de Pusa podría verse comprometida. Además, la conectividad ecológica para vertebrados terrestres se reduciría por el efecto borde de los almendros.

El ecotono monte mediterráneo-cultivo de herbáceo desaparecería, por lo que el conejo podría reducir su densidad, afectando, por tanto, a sus depredadores. En todo caso, el cazadero de rapaces asociado al conejo se vería condicionado, dado que se reduciría la maniobrabilidad en la acción de caza.

Al encontrarse los proyectos en zona de dispersión del águila-azor perdicera se debería analizar si los requerimientos de la especie se verían comprometidos por la pérdida de hábitat.

Igualmente habría que considerar la posible mortalidad de fauna asociada a la electrocución por la línea eléctrica que da suministro a las bombas de riego, o al ahogamiento por caída a la balsa de agua para riego.

La implantación de una red subterránea de riego comprende una serie de excavaciones de potencia moderada, lo que conlleva una serie de movimientos de tierra que podrían afectar al alto potencial arqueológico de los terrenos donde se desarrolla el proyecto.

Los proyectos no producen afección a montes de utilidad pública y en el área objeto de estudio no existen zonas regables de iniciativa pública. Sin embargo, podría afectar a la vía pecuaria "Colada del camino de Talavera", que linda con algunas de las parcelas.

Por todo ello, considerando que el proyecto puede producir un impacto significativo en el medio ambiente como consecuencia del uso de los recursos, y debido a la sensibilidad ambiental del territorio, se deberá someter el proyecto a evaluación ambiental ordinaria. El impacto del proyecto sobre el medio ambiente deberá estudiarse detenidamente en un estudio de impacto ambiental y someterse a información pública.

Cuarto. Necesidad de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Como consecuencia del análisis realizado, esta Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Toledo, en virtud del Decreto 112/2023, de 9 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución 27/09/2023, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se delegan competencias en materia de evaluación ambiental en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, resuelve que los proyectos denominados: "Modificación de características de una concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca "Corralejo de Canturias" rehabilitación de captación existente y construcción de caseta de bombeo" (pro-to-22-3087) y "solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego en la finca Corralejo II" (PRO-TO-24-3375), en los términos municipales de Belvís de la Jara y Las Herencias (Toledo), cuyo promotor es Varosa Inmuebles S.L., deben someterse de forma conjunta a una evaluación de impacto ambiental ordinaria por tener efectos significativos en el medio ambiente.

La tramitación seguirá el procedimiento de Evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha.

Esta Resolución se hará pública a través del Diario Oficial de Castilla-La Mancha y de la sede electrónica de la Consejería de Desarrollo Sostenible (https://nevia.castillalamancha.es/), tal y como establece el artículo 54.3 de la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha.

De conformidad con el artículo 54.5 de la Ley 2/2020, el presente informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que pudieran proceder en vía administrativa o judicial frente al acto futuro de autorización del proyecto, en su caso.

Toledo, 9 de mayo de 2025

El Director General de Calidad Ambiental

P.D. (Resolución de 24/05/2024)
El Delegado Provincial
JOSÉ RUBÉN TORRES MORATALLA
1021093 {"title":"Medio Ambiente. Resolución de 09\/05\/2025, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, por la que se formula el informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria de los proyectos: Modificación de características de una concesión de aguas superficiales con destino a riego de la finca Corralejo de Canturias, rehabilitación de captación existente y construcción de caseta de bombeo (expediente PRO-TO-22-3087), situado en los términos municipales de Belvís de la Jara y Las Herencias, y solicitud de concesión de aguas superficiales con destino a riego en la finca Corralejo II (expediente PRO-TO-24-3375), situado en el término municipal de Las Herencias (Toledo), cuya promotora es Varosa Inmuebles, SL. [NID 2025\/3977]","published_date":"2025-05-19","region":"castillalamancha","region_text":"Castilla-La Mancha","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-castillalamancha.png","id":"1021093"} castillalamancha BOPA;BOPA 2025 nº 94;Consejería de desarrollo sostenible;Otras disposiciones y actos https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/castillalamancha/boa/2025-05-19/1021093-medio-ambiente-resolucion-09-05-2025-delegacion-provincial-desarrollo-sostenible-toledo-se-formula-informe-impacto-ambiental-sometimiento-evaluacion-impacto-ambiental-ordinaria-proyectos-modificacion-caracteristicas-concesion-aguas-superficiales-destino-riego-finca-corralejo-canturias-rehabilitacion-captacion-existente-construccion-caseta-bombeo-expediente-pro-to-22-3087-situado-terminos-municipales-belvis-jara-herencias-solicitud-concesion-aguas-superficiales-destino-riego-finca-corralejo-ii-expediente-pro-to-24-3375-situado-termino-municipal-herencias-toledo-cuya-promotora-varosa-inmuebles-sl-nid-2025-3977 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.