Centros Educativos. Resolución de 25/04/2025, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se aprueba la modificación de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil Niño Jesús de Talavera de la Reina (Toledo), por cambio de titularidad. [NID 2025/3502]
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Visto el expediente iniciado a instancia de la representación de la titularidad del centro privado de Educación Infantil "Niño Jesús", con código de centro 45013327 y domicilio en Plaza Mora, 3, de Talavera de la Reina (Toledo), solicitando el cambio de titularidad, y teniendo en cuenta las competencias que me atribuye el Decreto 108/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:
Primero.- Aprobar la modificación de la autorización del centro privado de Educación Infantil "Niño Jesús", pasando a ser su titular Esther Yesenia Moraleda Escolano.
Segundo.- El centro quedará configurado de la siguiente manera:
Denominación genérica: centro privado de Educación Infantil.
Denominación específica: "Niño Jesús"
Titular: Esther Yesenia Moraleda Escolano
Código de centro: 45013327
Domicilio: Plaza de Mora, 3
Localidad: Talavera de la Reina
Provincia: Toledo
Enseñanzas autorizadas: Primer Ciclo de Educación Infantil: 32 puestos escolares
Tercero.- Esta autorización obliga al titular del centro, en caso de que se fuera a modificar el carácter propio del mismo, al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 115.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Cuarto.- La capacidad de puestos escolares autorizada se agrupará, en cada momento, en unidades que no podrán exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios determinadas en el artículo 13.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.
Quinto.- La titularidad del centro presentará ante la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en Toledo, para su aprobación, cualquier cambio que pudiera producirse en la relación del personal del que disponga el centro, con indicación de sus titulaciones respectivas, que cumplirán lo dispuesto en el Decreto 88/2009, de 7 de julio.
Sexto.- La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 30, 31, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 25 de abril de 2025
La Viceconsejera de Educación,
Universidades e Investigación
MARÍA DEL MAR TORRECILLA SÁNCHEZ