Anuncio de 09/03/2025, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, sobre información pública de solicitud de Solar Las Iruelas, SL, de relación de bienes y derechos afectados a efectos del reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones de la planta fotovoltaica denominada El Rey I situada en los términos municipales de Numancia de la Sagra, Esquivias y Yeles. Referencia: PE-593. [NID 2025/2324]
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OTROS ANUNCIOS OFICIALES
Mediante resolución de 3/7/2024, de la Dirección General de Transición Energética se otorgó a Solar Las Iruelas, S.L. la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación solar fotovoltaica El Rey I. Resolución publicada en el DOCM Núm. 135 de 15/7/2024. (Ref: 2703/01579 - PE-593).
A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el artículo 22 del decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados a efectos del reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública, de la siguiente instalación:
Referencia: PE-593.
Titular: Solar Las Iruelas, S.L.
Situación:
Planta: Polígono 4, parcelas 56 (segregada de la antigua parcela 11) Ta, 12, 13, 14 y 50 TM Numancia de la Sagra (Toledo).
Línea de evacuación: TM de Numancia de la Sagra, Esquivias y Yeles (Toledo).
Documentación técnica:
- Proyecto 1. Proyecto Planta Solar Fotovoltaica El Rey I.
- Proyecto 2. Anexo I Modificatorio del Proyecto Planta Solar Fotovoltaica El Rey I.
- Proyecto 3. Anexo II Modificatorio del Proyecto Planta Solar Fotovoltaica El Rey I.
- Proyecto 4. Anexo III Modificatorio del Proyecto Planta Solar Fotovoltaica El Rey I y anexo IV aclaratorio.
- Proyecto 5. Anexo V Modificatorio del Proyecto Planta Solar Fotovoltaica El Rey I.
Características principales de las instalaciones:
• Instalación Solar Fotovoltaica con una potencia pico 10,83 MW y una potencia instalada de 9,87 MW, compuesta de:
- 15150 módulos fotovoltaicos de 660 Wp sobre seguidores a un eje.
- 3 inversores de 3290 kVA. Para no exceder la capacidad de acceso a la red permitida a la instalación de 8.800 kW de potencia nominal, se instalará un sistema control y limitación de potencia a nivel de 45 kV en la subestación transformadora 45/20 kV.
- 3 transformadores de 3.290 kVA y rt 20 / 0,69 kV
- LSAT 20 kV conductor AL RHZ1-OL 12/20 kV de longitud 1.265 + 1.115 metros (Interconexión CTs y ST).
• Subestación transformadora 45/20 kV de 10 MVA.
• LSAT 45 kV 5.187 m.
La declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación.
Los alcances de la servidumbre de paso o afecciones derivadas de la construcción del presente proyecto, se encuentran reflejadas en el artículo 57 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, de las que cabe resaltar:
La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.
La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario.
Las limitaciones de la servidumbre o afecciones derivadas de la construcción del presente proyecto, se encuentran reflejadas en el artículo 58 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. Las relaciones civiles, se encuentran reflejadas en el artículo 59 de dicha Ley.
Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en las oficinas de esta Delegación Provincial, sita en C/ Huérfanos Cristinos, 5, 45071 Toledo o en la siguiente dirección web: https://nube.castillalamancha.es/index.php/s/eDhjGGmBSujyLGm, pudiendo presentarse las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Toledo, 9 de marzo de 2025
La Delegada Provincial
MONTSERRAT MURO MARTÍN
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