Ayudas y Subvenciones. Resolución de 17/03/2025, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publica la nueva distribución del crédito presupuestario previsto en la Resolución de 23/07/2024, por la que se publican los créditos disponibles, en el ejercicio 2024, para la financiación de las diversas líneas de ayuda previstas en el Decreto 91/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Extracto BDNS (Identif.): 776309. [NID 2025/2438]
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En virtud del Decreto 91/2022, de 16 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales. Extracto BDNS (Identif.) 644385 (DOCM. nº 161, de 23 de agosto), se publicó la Resolución de 23/07/2024, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio presupuestario 2024 y se abre el plazo para la presentación de solicitudes en el marco de este programa de ayudas.
La disposición segunda de la Resolución de 23/07/2024, dispone el siguiente desglose del crédito presupuestario:
a) Línea 1. Subvención para la promoción de las cooperativas y sociedades laborales:
Partida 19040000 G/322A/47631 (Fondo FPA0090011): 38.800 euros.
Partida 19040000 G/322A/47631 (Fondo 0000001150): 26.200 euros.
b) Línea 2. Subvención a la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo:
Partida 19040000 G/322A/47639 (Fondo 0000001150): 1.015.000 euros.
Partida 19040000 G/322A/47639 (Fondo FPA0090011): 460.000 euros.
c) Línea 3. Subvención para la realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo:
Partida 19040000 G/322A/42200 (Fondo 0000001150): 40.000 euros.
Partida 19040000 G/322A/48633 (Fondo 0000001150): 500.000 euros.
d) Línea 4. Subvención para la prestación de asistencia técnica, a través de la contratación de servicios externos:
Partida 19040000 G/322/47639 (Fondo 0000001150): 200.000 euros.
El apartado segundo de la disposición segunda de dicha Resolución, establece que la distribución de la cuantía total máxima entre los créditos presupuestarios destinados a cada línea de ayudas tiene carácter estimado, resolviéndose por orden de entrada hasta el límite del crédito total de la línea, sin necesidad de nueva convocatoria ni publicación, pero sí de las modificaciones presupuestarias que procedan en el expediente de gasto antes de la resolución. Asimismo, la distribución del crédito total entre las líneas de subvención tiene carácter estimado, pudiendo redistribuirse el importe asignado a cada línea si durante el mes siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad asignada no se hubiera agotado y otra línea tuviera lista de reserva, previa publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes se comprueba que el importe presupuestado en la línea 2 es superior al solicitado y en la línea 1 el importe solicitado es superior al presupuestado, por lo que es preciso realizar una nueva distribución del crédito.
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con las facultades previstas en la Disposición final primera del Decreto 91/2022, de 16 de agosto, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 103/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, resuelve:
Primero: Objeto.
Dar publicidad a la nueva distribución del crédito presupuestario realizada en la Resolución de 28/02/2025 de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social por la que se acuerda reajustar el crédito con el siguiente detalle:
Línea | C. Gestor | partida | Fondo | PEP | Importe convocatoria | Reajuste | Importe final |
Línea 1 | 19040000 | G/322A/47631 | FPA0090011 | JCCM/0000026223 | 38.800,00 |
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Línea 1 | 19040000 | G/322A/47631 | 1150 | JCCM/0000026223 | 26.200,00 | +3.861,00 | 30.061 |
Línea 2 | 19040000 | G/322A/47639 | 1150 | JCCM/0000025430 | 1.015.000,00 | -3.861,00 | 1.011.139 |
Línea 2 | 19040000 | G/322A/47639 | FPA0090011 | JCCM/0000025430 | 460.000,00 |
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Línea 3 | 19040000 | G/322A/42200 | 1150 | JCCM/0000025420 | 40.000,00 |
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Línea 3 | 19040000 | G/322A/48633 | 1150 | JCCM/0000025420 | 500.000,00 |
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Línea 4 | 19040000 | G/322A/47639 | 1150 | JCCM/0000026224 | 200.000,00 |
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Total | 2.280.000,00 |
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Segundo: Recurso.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero: Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 17 de marzo de 2025
La Directora General de Autónomos,