Ayudas y Subvenciones. Resolución de 13/03/2025, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, de concesión de subvenciones para la gestión del funcionamiento de recursos de acogida para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha, para 2025-2026. [NID 2025/2272]
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La Orden de 197/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha.
El 9 de octubre de 2024 ha sido publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, la Resolución de 03/10/2024, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y los recursos de acogida para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha, para 2025-2026.
Las solicitudes de ayudas han sido valoradas por el órgano colegiado de valoración de conformidad con lo establecido en el apartado decimocuarto de la Resolución de convocatoria de 03/10/2024, y se han desarrollado las actividades de instrucción oportunas por el órgano competente, habiéndose observado en todos sus trámites el procedimiento establecido.
Con fecha 27 de diciembre de 2024, se publica la propuesta provisional de resolución de concesión en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección https://www.jccm.es/sede/tablón, concediendo un plazo de 5 días hábiles para presentar alegaciones y, en su caso, reformular la solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable.
Transcurrido dicho plazo, y una vez estudiadas y valoradas las alegaciones formuladas, el Servicio de Programas y Recursos del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha como órgano instructor del procedimiento, eleva en fecha 13 de marzo de 2025 la propuesta definitiva de resolución de concesión a la Dirección del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, órgano competente para resolver.
Así pues, vista la propuesta definitiva de resolución de concesión, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 72 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre,
Resuelvo:
1. Conceder a las entidades beneficiarias que figuran en el apartado a) del Anexo las subvenciones para la gestión del funcionamiento de Recursos de Acogida para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha, para cada una de las anualidades 2025-2026, de acuerdo con el siguiente detalle por partidas presupuestaria y fondo:
Recurso | Entidad Gestora | CIF | Pos. Presup. | Fondo | Subtotal | Total subvención para cada anualidad |
Centro Integral Albacete | Ayto. de Albacete | P0200300B | G/323B/46126 | 100.805,36 | 420.506,46 | |
0000000007 | 41.778,65 | |||||
0000000009 | 277.922,45 | |||||
Casa Acogida Hellín | Ayto. de Hellín | P0203700J | G/323B/46126 | 246.202,22 | 297.924,50 | |
0000000007 | 51.722,28 | |||||
Casa Acogida Villarrobledo | Ayto. de Villarrobledo | P0208100H | G/323B/46126 | 254.583,86 | 314.966,48 | |
0000000007 | 60.382,62 | |||||
Casa Acogida Mujeres Jóvenes | Povinet S.C.V. | F46222048 | G/323B/48126 | 443.251,83 | 585.838,84 | |
0000000007 | 142.587,01 | |||||
Casa Acogida Ciudad Real | Diputación Provincial de Ciudad Real | P1300000E | G/323B/46126 | 224.203,07 | 315.583,63 | |
0000000007 | 91.380,56 | |||||
Casa Acogida Mujeres Jóvenes | Religiosas Adoratrices de Ciudad Real | R1300071F | G/323B/48126 | 239.864,52 | 308.869,29 | |
0000000007 | 69.004,77 | |||||
CUR Alcázar de San Juan | Ayto. de Alcázar de San Juan | P1300500D | G/323B/46126 | 227.731,91 | 253.965,26 | |
0000000007 | 26.233,35 | |||||
Casa Acogida Puertollano | Asociación Agires | G13487269 | G/323B/48126 | 244.784,64 | 290.255,53 | |
0000000007 | 45.470,89 | |||||
Casa Acogida Cuenca | Asociación de Servicios a la Comunidad (Casa) | G16169062 | G/323B/48126 | 246.029,48 | 313.662,26 | |
0000000007 | 67.632,78 | |||||
Centro de Atención y Valoración Integral | Asociación de Servicios a la Comunidad - CAVI | G16169062 | G/323B/48126 | 279.454,62 | 453.286,79 | |
0000000007 | 173.832,17 | |||||
Centro Integral Guadalajara | Asoc. Mujeres Opañel (Ci Guadalajara 1) | G80222607 | G/323B/48126 | 326.094,30 | 387.637,46 | |
0000000007 | 61.543,16 | |||||
Centro Integral Guadalajara | Ayto. de Guadalajara | P1915500A | G/323B/46126 | 0000000007 | 525.740,16 | 525.740,16 |
Centro Integral Azuqueca de Henares | Ayto. de Azuqueca de Henares | P1905400F | G/323B/46126 | 262.436,49 | 316.966,21 | |
0000000007 | 54.529,72 | |||||
Centro Integral Talavera de la Reina | Ayto. de Talavera de La Reina | P4516600F | G/323B/46126 | 339.709,30 | 391.103,22 | |
0000000007 | 51.393,92 | |||||
Centro Integral Toledo | Ayto. de Toledo | P4516900J | G/323B/46126 | 267.658,82 | 278.858,82 | |
0000000007 | 11.200,00 |
Detallándose en el apartado a) del Anexo la distribución, por concepto de gasto subvencionado, para cada una de las anualidades 2025 y 2026.
Resultando el resumen total concedido por partidas y fondos el siguiente:
Partida presupuestaria | Fondo | Anualidad 2025 | Anualidad 2026 |
7001.323B.46126 | 1.923.331,03 | 1.923.331,03 | |
7001.323B.46126 | 7 | 914.361,26 | 914.361,26 |
7001.323B.46126 | 9 | 277.922,45 | 277.922,45 |
7001.323B.48126 | 1.779.479,39 | 1.779.479,39 | |
7001.323B.48126 | 7 | 560.070,78 | 560.070,78 |
Total | 5.455.164,91 | 5.455.164,91 |
2. Denegar las solicitudes de subvención relacionadas en el apartado b) del Anexo, por no haber alcanzado la puntuación mínima para ser beneficiaria.
Para cada anualidad, el pago de las subvenciones se librará de forma anticipada y fraccionada en 12 libramientos de carácter mensual y de igual cuantía, sin necesidad de justificación previa por parte de las entidades subvencionadas.
El periodo de ejecución se divide en dos anualidades, llevándose a cabo un proyecto para la anualidad 2025 y otro proyecto para la anualidad 2026. Para cada anualidad, la fecha de fin de ejecución es el 31 de diciembre del año correspondiente. Sólo serán subvencionables los gastos realizados hasta esa fecha y que hayan sido efectivamente pagados hasta el 31 de enero del año inmediato posterior.
El periodo de justificación se divide en dos años. Para cada anualidad el plazo de justificación está comprendido entre el 1 y el 31 de enero del año inmediato posterior.
Las entidades beneficiarias deben cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 10 de la Orden de 197/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Igualdad y Portavoz establece las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha.
La presente resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Igualdad y Portavoz en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Toledo, 13 de marzo de 2025
La Directora del Instituto de la Mujer
de Castilla-La Mancha
LOURDES LUNA RUIZ
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