Turismo. Orden 226/2024, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se declara Municipio Turístico a la localidad de Pastrana, de conformidad con lo dispuesto la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha. [NID 2025/342]

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La Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha señala en su artículo 46 bis que se considera Municipio Turístico aquel que cumpla los requisitos que reglamentariamente se establezcan y entre los cuales deberán figurar la población turística asistida, el número de visitantes y la oferta turística, así como un plan municipal de calidad turística que contemple las medidas de mejora de los servicios y prestaciones.

Para dicha declaración se deben de tener en cuenta las actuaciones en relación con los servicios públicos básicos que presta el municipio respecto a la vecindad y a la población turística asistida, y los servicios específicos que tengan una especial relevancia para el turismo.

El Decreto 3/2024, de 22 de enero, por el que se regula el Municipio Turístico en Castilla-La Mancha establece los requisitos que debe cumplir un municipio para poder obtener la declaración de municipio turístico, así como sus efectos y la pérdida de tal declaración.

El artículo 2.a) Decreto 3/2024, de 22 de enero, concreta que se entiende por municipio turístico aquel municipio que cumpla con los requisitos establecidos en dicho Decreto y que, previa tramitación del procedimiento previsto en el mismo sea reconocido mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia de turismo.

En virtud de lo establecido en el citado Decreto, con fecha 16/10/2024 tiene entrada escrito del Ayuntamiento de Pastrana, acompañada de la documentación procedente, solicitando la declaración de Municipio Turístico para la referida localidad.

La Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía como órgano instructor del procedimiento, presentó dicha solicitud al Consejo de Turismo de Castilla-La Mancha con fecha 22/11/2024, el cual aprobó el preceptivo informe sobre la procedencia de la declaración de Municipio Turístico de 27/11/2024.

Analizada la documentación, y observando que el proyecto cumple con todos los requisitos establecidos en el Decreto 3/2024, de 22 de enero, para obtener tal declaración, el órgano instructor elaboró un informe con fecha 28/11/2024 donde se manifestaba en este sentido, siendo remitido el expediente al Ayuntamiento de Pastrana, dando un plazo de 10 días para la presentación de alegaciones. Transcurrido dicho plazo no se ha recibido ninguna comunicación por parte del Ayuntamiento de Pastrana.

En fecha de 18/12/2024 la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía elaboró propuesta de resolución, indicándose la conformidad en la declaración de Pastrana como municipio turístico de Castilla-La Mancha.

En consecuencia, a la vista de la solicitud presentada y analizados los informes emitidos, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto 3/2024, de 22 de enero, por el que se regula el Municipio Turístico en Castilla-La Mancha,

Dispongo

Artículo único. Declaración como municipio turístico.

Declarar al municipio de Pastrana como municipio turístico de Castilla-La Mancha, surtiendo los efectos indicados en el artículo 10 del Decreto 3/2024, de 22 de enero.

Esta orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Con carácter potestativo, podrá formularse recurso de reposición ante la Consejera de Economía, Empresas y Empleo, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 27 de diciembre de 2024

La Consejera de Economía, Empresas y Empleo

PATRICIA FRANCO JIMÉNEZ
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