Expropiación Forzosa. Resolución de 06/12/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Albacete, por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de la instalación denominada: Prolongación LAMT L/Ontalafia de la STR Pozohondo entre apoyo 6740 y apoyo 6780, con referencia 02211003568. [NID 2024/10111]
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Por Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Albacete, de fecha 28 de septiembre de 2022, (Diario Oficial de Castilla La Mancha, núm. 193, de 6 de octubre de 2022), fue reconocida en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia, previa la correspondiente información pública. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y de lo establecido en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, dicha declaración de utilidad pública, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, adquiriendo la empresa solicitante, I-De Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., la condición de entidad beneficiaria en el expediente expropiatorio.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente, para que el día, lugar y hora que en la misma se expresa comparezcan en el Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión, para llevar a cabo de conformidad con el procedimiento que se establece en el precitado artículo 52, el levantamiento de las actas previas a la ocupación, y si procediera, las de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas tendrá lugar el día 26 de febrero de 2025, en el Ayuntamiento de Albacete, a partir de las 10:00 horas.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán asistir, por sí mismos o representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando el documento nacional de identidad, así como la escritura de constitución y el poder de representación, en el caso de las personas jurídicas. Así mismo, se deberá hacer entrega de los documentos acreditativos de titularidad de las parcelas, y de un número de cuenta, donde poder abonar la indemnización correspondiente, en el caso de llegar a un acuerdo en cuanto a su determinación, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y/o Notario, si lo estiman oportuno y, en todo caso, del arrendatario, si lo hubiera.
El orden del levantamiento de actas figurará en el tablón de edictos del Ayuntamiento señalado y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de notificación individual, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o aquéllos casos en los que por una u otra causa no hubiera podido practicarse la notificación individual.
Los datos personales incluidos forman parte del tratamiento "DUP instalaciones eléctricas y gasísticas autorizadas", cuyo responsable es la Dirección General de Transición Energética, que tiene por finalidad la "Gestión de las solicitudes de reconocimiento de la utilidad pública de instalaciones eléctricas y gasísticas, control de las obligaciones y derechos de las personas titulares y de las afectadas por la utilidad pública", estando legitimado en base a los artículos 6.1.c) y 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos, así como de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y de la Ley Orgánica 5/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Los afectados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos tal y como se indica en https://rat.castillalamancha.es/info/0244.
Albacete, 6 de diciembre de 2024
La Delegada Provincial
MARÍA LLANOS VALERO HERNÁNDEZ
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