Ayudas y Subvenciones. Resolución de 27/12/2024, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Resolución de 09/07/2021, por la que se aprueba la convocatoria del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa Moves III) -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU. Extracto BDNS (Identif.): 574801. [NID 2024/10477]
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Extracto de la Resolución de la Consejería de Desarrollo Sostenible por la que se modifica la Resolución de 09/07/2021, por la que se aprueba la convocatoria del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa Moves III) - financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
BDNS (Identif.): 574801
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/574801)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/574801)
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/595961)
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/595963)
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/595965)
Este extracto se corresponde con el mismo texto de convocatoria al publicado con los códigos de la BDNS 574801, 595961, 595963 y 595965.
Único. Se modifica el apartado 1 del resuelvo octavo, quedando redactado en los siguientes términos:
"Octavo. Vigencia del programa y de la convocatoria.
1. Conforme establece el artículo 4 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 9/2024 de 23 de diciembre, los programas de incentivos a la movilidad eléctrica, estarán en vigor desde el día siguiente de la publicación del citado Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 30 de junio de 2025".
Toledo, 27 de diciembre de 2024
La Consejera de Desarrollo Sostenible
Mª MERCEDES GÓMEZ RODRÍGUEZ
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 27 DE DICIEMBRE DE 2024
Con fecha 14 de abril de 2021 se publicó el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo,
Mediante Resolución de 09/07/2021, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, se aprobó la convocatoria del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa Moves III). En esta Resolución se fijaba un plazo de vigencia del programa y de la convocatoria hasta el 31 de diciembre de 2023.
Con fechas 30 de diciembre de 2023 y 30 de julio de 2024, se publicaron en el DOCM Resoluciones de 26/12/2023 y de 22/07/2024 de la Dirección General de Transición Energética por la que se modifica la Resolución de 09/07/2021, por la que se aprueba la convocatoria del Programa de Incentivos a la Movilidad Eléctrica (Programa Moves III)-financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU. ampliando sucesivamente la vigencia del programa de ayudas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Por otro lado, con fecha 24 de diciembre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 9/2024 de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en cuya disposición final décima se hace referencia a la modificación del artículo 4.1 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, ampliando el plazo de vigencia de los programas hasta el 30 de junio de 2025, pudiéndose cursar "...las solicitudes de ayuda correspondientes a partir del momento y en la forma que establezcan las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla en sus respectivas convocatorias. Las inversiones directas que éstas pudieran llevar a cabo serán realizadas conforme a lo que se establece por este real decreto".
Conforme a los antecedentes anteriormente indicados, procede modificar la mencionada Resolución de 09/07/2021, de la Consejería de Desarrollo Sostenible al objeto de su adaptación a los cambios operados en la vigencia del programa y la publicación del nuevo plazo temporal en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, a través de la modificación del apartado de vigencia del programa y de la convocatoria.
En consecuencia, de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible y de acuerdo con el resto de normativa de aplicación general, resuelvo:
Primero. Modificación de la Resolución de 09/07/2021, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la convocatoria del Programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa Moves III) - financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
La Resolución de 09/07/2021, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, queda modificada como sigue:
Se modifica el apartado 1 del resuelvo octavo, quedando redactado en los siguientes términos:
1. Conforme establece el artículo 4 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 9/2024 de 23 de diciembre, los programas de incentivos a la movilidad eléctrica, estarán en vigor desde el día siguiente de la publicación del citado Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 30 de junio de 2025.
Segundo. Régimen de recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Tercero. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2024 de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
Toledo, 27 de diciembre de 2024
La Consejera de Desarrollo Sostenible