Universidades. Resolución de 29/10/2024, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda publicar la Oferta de Empleo Público de acceso libre y promoción interna del personal docente e investigador de esta universidad de 2024, tras su aprobación en Consejo de Gobierno de fecha 22/10/2024. [NID 2024/8651]
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OPOSICIONES Y CONCURSOS
Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20. Uno y Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (Presupuesto prorrogado para 2024); en el artículo 47 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024; así como en los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobados por el Claustro Universitario de 15 de junio de 2015 y publicados por Resolución de 18/11/2015, de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (DOCM 24/11/2015).
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024, establece que, a lo largo del año únicamente se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal con sujeción a los límites y requisitos establecidos en el Art. 20. Dos. 1 de la citada norma, estableciéndose con respecto a las Universidades, la aplicación de una tasa de reposición de hasta un máximo del 120 % del personal perteneciente a los cuerpos docentes universitarios y al de profesores contratados doctores de Universidad.
El artículo 20. Dos.3.I) de la citada ley, indica que la validez de la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y de profesores contratados doctores, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Y estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en la oferta de empleo público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberá ser aprobada por el respectivo órgano de gobierno de la Administración Pública y publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma» o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2024.
Por su parte, según el artículo 71. 1. c) de la Ley Orgánica 2/2023, de 23 de marzo, del Sistema Universitario, se aplicará una reserva en el cómputo anual, de un mínimo del 15 por ciento del total de plazas que oferten las universidades para los cuerpos docentes de Universidad y el personal permanente laboral, para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3). Las plazas objeto de reserva que queden vacantes se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año.
No obstante, de acuerdo con lo indicado en el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, y en el artículo 71.1.c) de la LOSU, en el supuesto de que no se cubran todas las plazas previstas en estas reservas, las que queden vacantes se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año destinadas al cuerpo de profesores titulares de universidad y a la categoría de profesores permanentes laborales.
Además, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 23 de marzo, del Sistema Universitario, se permite a las Universidades convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gasto de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 71 de esta misma ley, se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.
A la vista de las certificaciones remitidas por la UCLM el pasado 3 de julio de 2024 a la Secretaría de Estado de Función Pública, en la que se proporcionó la información sobre las bajas y altas del PDI producidas en 2023, en función del número de empleados fijos que durante el ejercicio 2023 han causado baja o alta en los cuerpos citados en esta Universidad, conforme al cálculo previsto en el artículo 20. Tres.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (Presupuesto prorrogado para 2024), asciende a 88 plazas.
En su virtud, y tras la aprobación en Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha en sesión de 22 de octubre de 2024, se dispone a la publicación de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente Investigador de la UCLM para 2024 conforme a las siguientes disposiciones,
Primero.- Aprobación de la oferta de empleo público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (Presupuesto prorrogado para 2024), se aprueba la oferta de empleo público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha para el año 2024. Su ejecución vendrá condicionada por la previa autorización de la Comunidad Autónoma, tras la acreditación de los requisitos establecidos en la Ley 31/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Segundo.- Cuantificación de las plazas.
El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2024 es el siguiente:
A) Turno libre:
Cuerpo | Grupo | Nº de plazas |
Profesor Titular de Universidad | A1 | 75 |
Profesor Titular de Universidad (*) Destinadas a personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3). | A1 | 13 |
(*) Las plazas objeto de reserva que queden vacantes, de acuerdo con el artículo 71.1.c, se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año. |
B) Turno promoción interna:
Cuerpo | Grupo | Nº de plazas |
Catedrático de Universidad | A1 | 88 |
Tercero.- Procesos selectivos.
Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público deberán publicarse en los boletines oficiales que corresponda en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de esta oferta de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Disposición final.- Entrada en vigor
La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Ciudad Real, 29 de octubre de 2024