Ayudas y Subvenciones. Resolución de 27/05/2024, de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, por la que se modifica la Resolución de 22/03/2023, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), dentro del Programa Operativo de Castilla-La Mancha 2021-2027. [NID 2024/4405]

Por Orden 247/2022, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027.

La Resolución de 22/03/2023, de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), estableció en su apartado decimosegundo el calendario de pagos de las subvenciones para cada anualidad de ejecución de los proyectos concedidos.

Sin embargo, la complejidad habida en el proceso de instrucción del procedimiento para la concesión de las subvenciones ha supuesto que la fecha de inicio de los proyectos se retrasara sobre lo inicialmente previsto. Por ello, y con el fin de ejecutar correctamente los créditos presupuestarios consignados en la convocatoria, se plantea modificar el calendario de pagos previsto en el apartado decimosegundo.

Por ello, en virtud de las competencias asignadas por el Decreto 54/2022, de 21 de junio, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha y en la base duodécima de la Orden de 247/2022, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, dispongo:

Primero. Modificación de la Resolución de 22/03/2023, de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciadas por el Feder.

La Resolución de 22/03/2023, de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciadas por el Feder queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado decimosegundo, punto 1 y 2, que redactado de la siguiente manera:

1. En el caso de proyectos cuya duración sea de 12 meses, las subvenciones serán abonadas de la siguiente forma:

a) Para la anualidad 2024 se anticipará el 100% del importe total concedido en esa anualidad en dos libramientos del 50% cada uno, el primero tras la resolución de concesión y el segundo en el tercer trimestre de 2024. Con cargo a este anticipo podrán justificarse gastos realizados del proyecto desde la fecha de inicio del período de ejecución que figurará en la resolución definitiva.

b) En el ejercicio 2025, se hará efectivo un pago por el importe que resulte de la liquidación efectuada de conformidad con el balance final del proyecto, previa presentación del informe de seguimiento anual y de la memoria final en los plazos establecidos en el apartado decimotercero de la convocatoria.

2. En el caso de proyectos cuya duración sea superior a 12 meses, las subvenciones serán abonadas de la siguiente forma:

a) Para la anualidad 2024 se anticipará el 100% del importe total concedido en esa anualidad en dos libramientos del 50% cada uno, el primero tras la resolución de concesión y el segundo en el tercer trimestre de 2024. Con cargo a este anticipo podrán justificarse gastos realizados del proyecto desde la fecha de inicio del período de ejecución que figurará en la resolución definitiva.

b) En el ejercicio 2025, procederá un pago anticipado del 100% del total concedido en esa anualidad en dos libramientos del 50% cada uno. El primer libramiento se realizará en el segundo trimestre de 2025 tras la presentación de la documentación justificativa de los gastos efectuados en la anualidad anterior que se realizará mediante la presentación, antes del 31/03/2025, del informe de seguimiento anual y que tendrá el contenido desarrollado en el apartado decimotercero. El segundo libramiento se realizará en el tercer trimestre de 2025.

c) En los expedientes cuyo plazo de ejecución finalice en el ejercicio 2026, se hará efectivo en el ejercicio 2026 un pago por el importe que resulte de la liquidación efectuada de conformidad con el balance final del proyecto, previa presentación del informe de seguimiento anual y de la memoria final en los plazos establecidos en el apartado decimotercero de la convocatoria.

d) En los expedientes cuyo plazo de ejecución finalice en el ejercicio 2027, se tendrá en cuenta lo siguiente:

- En el ejercicio 2026, procederá un pago anticipado del 100% del total concedido en esa anualidad, en dos libramientos del 50% cada uno. El primer libramiento se realizará en el segundo trimestre de 2026 tras la presentación de la documentación justificativa de los gastos efectuados en la anualidad anterior que se realizará mediante la presentación, antes del 31/03/2026, del informe de seguimiento anual y que tendrá el contenido desarrollado en el apartado decimotercero. El segundo libramiento se realizará en el tercer trimestre de 2026.

- En el ejercicio 2027, se hará efectivo un pago por el importe que resulte de la liquidación efectuada de conformidad con el balance final del proyecto, previa presentación del informe de seguimiento anual y de la memoria final en los plazos establecidos en el apartado decimotercero de la convocatoria.

Segundo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Puertollano, 27 de mayo de 2024

El Director Gerente de la Agencia de Investigación

e Innovación de Castilla-La Mancha

JOSÉ ANTONIO CASTRO OSMA

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