Anuncio de 05/02/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de relación de bienes y derechos afectados a efectos del reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia: E-45211122117 corresponde I. [NID 2024/1125]
OTROS ANUNCIOS OFICIALES
A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el artículo 22 del decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, se somete a Información Pública la solicitud del reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública, de la siguiente instalación:
Referencia: E-45211122117 Corresponde I.
Titular: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Situación: Término municipal de Arcicollar (Toledo).
Proyecto: TLC_08048 sustitución de apoyo nº 46-1 FUS-702 para instalar reconectador. Arcicollar (Toledo)
Características principales de las instalaciones:
Modificaciones en la línea aérea de alta tensión a 15 kV, denominada "FUS-702":
• Sustitución del apoyo existente nº 46-1, por un apoyo del tipo C-2000-12.
• Sustitución de los conductores existentes entre el apoyo nº 46 y el apoyo nº 46-1, por unos del tipo LA-56, 24 metros.
• Regulado y retensado de los conductores del vano existente entre los apoyos 46-1 y 46-2.
Finalidad: Mejora del suministro eléctrico de la zona.
La declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación.
Los alcances de la servidumbre de paso o afecciones derivadas de la construcción del presente proyecto, se encuentran reflejadas en el artículo 57 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, de las que cabe resaltar:
• La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.
• La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.
• Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario.
Las limitaciones de la servidumbre o afecciones derivadas de la construcción del presente proyecto, se encuentran reflejadas en el artículo 59 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en la siguiente dirección web:
https://nube.jccm.es/index.php/s/w97KKM6nzipS2Sa
pudiendo presentarse las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Toledo, 5 de febrero de 2024
La Delegada Provincial
MONTSERRAT MURO MARTÍN