Universidades. Resolución de 21/02/2024, del Vicerrectorado de Política Científica, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas a la adaptación, mejora y reparación de equipamiento científico y otros gastos derivados de investigación. [NID 2024/1453]
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Como responsable de promover y fomentar la actividad investigadora, el Vicerrectorado de Política Científica tiene como objetivo, dentro del Plan Propio de Investigación de la Universidad 2021-2025, atender los gastos de investigación imprescindibles para las actividades propias de los Grupos de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha en todas las ramas de conocimiento, ya que de ello depende la correcta ejecución en el tiempo de los proyectos de investigación.
Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta las necesidades actuales, el Vicerrectorado de Política Científica, por delegación del Rector, hace pública esta convocatoria de ayudas a la investigación, adaptación, mejora y reparación de equipos científicos, y otros gastos derivados de la investigación de los Grupos de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha estableciendo las medidas necesarias para su cumplimiento.
El Vicerrectorado de Política Científica tiene la facultad de resolver sobre la concesión o denegación de las solicitudes presentadas, a propuesta de la Comisión de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha que será la encargada de realizar la valoración de las mismas.
Las ayudas a las que se refiere esta convocatoria se imputarán con cargo a la partida presupuestaria 01170 "Equipamiento científico-tecnológico" del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2024. Todas las facturas, una vez seleccionadas las solicitudes en esta convocatoria, deberán tener fecha de 2024 para ser consideradas como elegibles. La dotación económica máxima de esta convocatoria será de 640.000 euros. Los créditos previstos para la financiación de la misma tienen carácter ampliable de acuerdo con lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la UCLM.
Albacete, 21 de febrero de 2024
El Rector
P.D.: (Resolución de 23/12/2020,
DOCM de 05/01/2021)
El Vicerrector de Política Científica
ANTONIO MAS LÓPEZ
Bases reguladoras de la convocatoria
I. Objeto y cuantía de las ayudas
El objetivo de esta convocatoria es apoyar económicamente la investigación, así como la adaptación, mejora y reparación del equipamiento e instalaciones científicas de la UCLM.
El presupuesto de la presente convocatoria se distribuirá en tres períodos diferentes de presentación de solicitudes, 300.000 euros se destinarán a las solicitudes que sean aprobadas por la comisión de investigación y presentadas desde la fecha de publicación de esta convocatoria hasta el 15 de marzo de 2024; 200.000 euros se destinarán a las solicitudes que sean aprobadas por la Comisión de Investigación y presentadas hasta el 14 de junio de 2024; y los 140.000 euros restantes se destinarán a nuevas solicitudes, que podrán presentarse en el plazo habilitado para ello, y que finalizará el 30 de septiembre de 2024. A la segunda y tercera dotación, se les añadirá, si existiesen, los remanentes no adjudicados en la primera y segunda fase, respectivamente.
La distribución de las cuantías máximas previstas en la presente convocatoria por anualidades y aplicaciones presupuestarias es la siguiente:
Aplicación Presupuestaria | 2024 |
01170.541A.21 | 278.760,00 € |
01170.541A.22 | 86.340,00 € |
01170.541A.60 | 274.900,00 € |
Total | 640.000,00 € |
Se contempla la concesión de ayudas para financiar la investigación, adaptación, mejora y reparación de equipamiento de grupos de investigación reconocidos por la UCLM. La solicitud mínima para este tipo de ayudas se establece en 500 euros (IVA excluido).
Solo en casos excepcionales, debidamente justificados en la solicitud y valorados positivamente por la Comisión de Investigación, se podrá financiar la renovación parcial o completa de un equipo de investigación con estas ayudas, exceptuando la renovación de los equipos informáticos personales. El coste mínimo de la renovación será de 3.000 euros.
No se consideran gastos financiables en esta convocatoria aquellos derivados del uso de instalaciones, servicios y equipos de la UCLM, así como los derivados de los contratos de mantenimiento del equipamiento científico.
II. Beneficiarios
Podrán solicitar estas ayudas los investigadores responsables de los grupos de investigación reconocidos de la UCLM, pudiendo figurar hasta un máximo de tres responsables de grupo de investigación apoyando la misma solicitud.
III. Formalización de solicitudes
Las solicitudes se formalizarán por vía electrónica a través de la aplicación "on line" que a tal efecto se encuentra disponible en: https://gestioninvestigacion.apps.uclm.es/inicio.aspx
La solicitud contendrá una descripción de la necesidad de efectuar el gasto de investigación, así como la de efectuar la adaptación, mejora o reparación para la que se solicita la ayuda, y la cuantía económica (sin IVA) solicitada.
A la solicitud se acompañará el original del presupuesto de la actuación a realizar. La validez del presupuesto deberá estar vigente en el momento de presentar la solicitud de la ayuda.
En el caso de que una solicitud sea apoyada por varios investigadores responsables de grupo de investigación, la solicitud deberá ser firmada por todos ellos, demostrando así su conformidad con el apoyo a la solicitud.
IV. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes, para el primer periodo de esta convocatoria, se extenderá desde la fecha de publicación de la misma hasta el 15 de marzo de 2024. Para el segundo periodo, las solicitudes podrán presentarse hasta 14 de junio de 2024; y para el tercer periodo hasta el 30 de septiembre de 2024.
V. Características de las ayudas
Las ayudas consistirán en el pago de las facturas correspondientes a gastos de investigación, adaptación, mejora o reparación de los equipos descritos en esta convocatoria correspondientes a las solicitudes previamente seleccionadas por la Comisión de Investigación de la UCLM. El pago de las mismas se gestionará desde la Unidad de Gestión Económica del campus correspondiente.
Los beneficiarios habrán de tener en cuenta los plazos establecidos para el pago de las facturas, así como para los mecanismos de adjudicación de los equipos y servicios solicitados, o de las reparaciones, previstos en la legislación vigente.
Las ayudas podrán cubrir hasta el 100% del importe del gasto de investigación, adaptación, mejora o reparación del equipo científico solicitado.
No se concederán nuevas ayudas para la investigación, adaptación, mejora y reparación de equipos en los siguientes supuestos:
- Cuando las ayudas concedidas en convocatorias previas hayan superado la cuantía remanente de los costes indirectos generados por el/los grupos/s de investigación solicitantes.
- Cuando la cuantía solicitada exceda el remanente de los costes indirectos generados por el/los grupos/s de investigación solicitantes.
- Cuando la dotación presupuestaria prevista no permita atender todas las solicitudes presentadas, aun cuando los costes indirectos generados por el/los grupos/s de investigación solicitantes no excedan la cuantía solicitada. En este caso, será la Comisión de Investigacion la que determinará los criterios de priorización de solicitudes financiables teniendo en cuenta el remanente de los costes indirectos generados por el/los grupos/s de investigación solicitantes y las ayudas concedidas en convocatorias previas.
VI. Incompatibilidades de las ayudas
Las ayudas recibidas serán compatibles con otras recibidas de otros organismos para el mismo fin, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de la acción subvencionada.
VII. Evaluación y Resolución de la Convocatoria
Será la Comisión de Investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha quien valorará la necesidad del gasto de investigación, adaptación, mejora o reparación, la posibilidad de financiación y la aportación del grupo a estos fondos a través de los costes indirectos de sus proyectos.
La resolución favorable o desfavorable de la solicitud será notificada al investigador responsable del grupo de investigación.
VIII. Criterios para la evaluación
Se establecen como criterios prioritarios para la evaluación de las solicitudes, de manera general los siguientes:
- Atender únicamente aquellas peticiones cuyo balance ayudas concedidas-costes indirectos disponibles sea positivo.
- Atender únicamente aquellas peticiones, acompañadas del preceptivo presupuesto, y en las que el gasto a efectuar se corresponda con gastos de investigación, adaptación, mejora o reparación de equipos científicos derivados de la actividad investigadora de los grupos de investigación de la UCLM en todas las ramas de conocimiento.
- Priorizar aquellas actuaciones que supongan un incremento de la vida útil del equipo o una adaptación del mismo para nuevos usos, en el caso de las solicitudes dirigidas a la adaptación, mejora o reparación de equipamiento científico.
- En función de los fondos disponibles y la cantidad global solicitada se atenderán preferentemente las facturas que provengan de los que menos recursos recibieran en convocatorias anteriores.
IX. Disposición final primera
La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, podrán ser impugnados por la/s persona/s interesada/s en el plazo y en la forma establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.