Consejería de hacienda, administraciones públicas y transformación digital - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-210)

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Carta de Servicios. Resolución de 17/10/2023, del Jurado Regional de Valoraciones, por la que se aprueba la actualización de la Carta de Servicios del Jurado Regional de Valoraciones. [NID 2023/8798]

El Jurado Regional de Valoraciones es el órgano colegiado y permanente de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha especializado en la valoración de bienes y derechos para fijar el justiprecio definitivo en la expropiación forzosa.

En cumplimiento de las funciones que se le asignan en el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, el Jurado Regional de Valoraciones actúa con competencia resolutoria definitiva, poniendo sus actos fin a la vía administrativa, para la fijación del justo precio en las expropiaciones, cuando éste no se hubiera convenido libremente y por mutuo acuerdo entre la Administración, las personas o entidades que ostenten la condición de beneficiarias y las personas expropiadas, y siempre que la Administración expropiante fuera la de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o cualquiera de las diputaciones o municipios de la región.

La Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en su artículo 38.1, dispone que la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos o entidades públicos vinculados o dependientes, para garantizar que los servicios de su competencia se prestan en unas condiciones mínimas y razonables de calidad, aprobarán Cartas de Servicios en el marco regulador de los servicios públicos básicos.

El Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su artículo 6, define las Cartas de Servicios como documentos públicos que, en su vertiente externa, son utilizadas por la Administración para dar a conocer los servicios que ofrece, y los compromisos que asume, en relación con la calidad de la prestación de los mismos y que tienen como objetivo acercar la Administración a los ciudadanos, facilitándoles el ejercicio de sus derechos y permitiéndoles comparar lo que pueden esperar con lo que realmente reciben. El mismo Decreto, en su artículo 10,

dispone que las Cartas de Servicios establecerán un sistema periódico de seguimiento del cumplimiento de los compromisos y actualizarán periódicamente los resultados correspondientes en el espacio a ella dedicado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades. Igualmente establece la revisión periódica de las mismas para comprobar que mantienen su vigencia, obligando a una revisión y una actualización constante de sus contenidos. También indica que el periodo de validez de las misma no podrá superar los dos años, pudiendo ser prorrogadas por periodo anuales.

La Carta de Servicios del Jurado Regional de Valoraciones se aprobó, por primera vez, por Resolución de la Consejería de Hacienda de 20/12/2012, siendo actualizada posteriormente por Resolución de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de 20/04/2016, por Resolución de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de 19/10/2017, por Resolución de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de 23/10/2020 y prorrogada la vigencia de esta última por Resolución de 21/10/2022, hasta el 2/11/2023.

Asimismo, la Carta de Servicios está certificada por Aenor y cuenta con una mención especial en la VI edición de los Premios a la Excelencia y a la Calidad en la prestación de Servicios Públicos en Castilla-La Mancha, en su modalidad "Excelencia de los Servicios Públicos".

Estando próxima a finalizar la vigencia de la Carta y teniendo en cuenta las sugerencias de las personas usuarias, del personal implicado y de la auditoría externa, procede actualizar la misma mediante la presente resolución.

La actualización de la Carta persigue varios objetivos. Por un lado, pretende conseguir que la Carta sea más accesible y comprensible para el conjunto de las personas usuarias de la misma. Para ello se han disgregado y explicitado los servicios en diferentes tipologías, relativas a la información que se presta, las publicaciones que se efectúan, la tramitación administrativa y la formación que se imparte. Por otro lado, la experiencia adquirida a lo largo de estos años y los resultados de las auditorias efectuadas sobre el grado de cumplimiento de los compromisos de la Carta, hacen posible aumentar y explicar con más detalle los compromisos contemplados en la misma. En este sentido se establece un nuevo compromiso de publicación de un número determinado de contenidos divulgativos en el portal web del Jurado Regional de Valoraciones, otro relativo a la reducción del plazo máximo normativamente establecido en la comunicación para la resolución y notificación de expedientes de justiprecio por parte del Jurado y, por último, se regula uno referido a la formación en materia de expropiaciones y valoraciones dirigida a empleados públicos. En relación con la explicación más detallada de los compromisos, se puntualiza que, entre la información de los servicios que presta el Jurado Regional de Valoraciones, se facilita información sobre valores de suelo rural y urbanizado previamente fijados por el Jurado.

Por lo expuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha y en el artículo 9.1 del Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y de conformidad con las facultades atribuidas por el Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital,

Resuelvo:

Primero. Aprobar la actualización de la Carta de Servicios del Jurado Regional de Valoraciones que a continuación se desarrolla, con una validez de dos años.

Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Tercero. Difundir la Carta de Servicios del Jurado Regional de Valoraciones, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha https://www.jccm.es, además de por otros canales que faciliten su conocimiento.

Cuarto. Facultar a la Secretaría General para que actualice la información contenida en la Carta con motivo de cambios sobre los servicios que se presten, marco legal, estructuras orgánicas, formas de acceso y participación, con objeto de facilitar a la ciudadanía el conocimiento inmediato de estos cambios.

Quinto. Esta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 17 de octubre de 2023

El Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas

y Transformación Digital
JUAN ALFONSO RUIZ MOLINA

Carta de Servicios del Jurado Regional de Valoraciones de Castilla-La Mancha.

1.- Datos identificativos: ¿Quiénes somos?

El Jurado Regional de Valoraciones es el órgano colegiado y permanente de la Administración de la Junta de Comunidades especializado en la valoración de bienes y derechos para fijar el justiprecio definitivo en la expropiación forzosa. Está adscrito a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, que es la que le facilita toda la infraestructura administrativa para su adecuado funcionamiento, y actúa en el ejercicio de su actividad con plena autonomía funcional.

El Jurado Regional de Valoraciones cuenta, para realizar sus actuaciones, con el Servicio del Jurado Regional de Valoraciones, unidad administrativa dependiente de la Secretaría General de la Consejería, que presta apoyo a la institución tramitando todos los procedimientos.

2.- Objetivos y fines

En cumplimiento de las funciones que se le asignan en el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, el Jurado Regional de Valoraciones actúa con competencia resolutoria definitiva, poniendo sus actos fin a la vía administrativa, para la fijación del justo precio en las expropiaciones, cuando éste no se hubiera convenido libremente y por mutuo acuerdo entre la Administración, las personas o entidades que ostenten la condición de beneficiarias y las personas expropiadas, y siempre que la Administración expropiante fuera la de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o cualquiera de las diputaciones o municipios de la región.

Con el fin de cumplir este fin con suficiente calidad y lograr la mejora permanente del mismo, los compromisos que se adquieren en esta Carta de Servicios van dirigidos a la ciudadanía, a las personas o entidades que ostenten la condición de beneficiarias de las expropiaciones, a la Administración de la Junta de Comunidades y al resto de Administraciones Públicas del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, y tienen como objetivo mejorar la calidad de la prestación de los servicios públicos de la comunidad autónoma en el ámbito que se le ha encomendado.

3.- Marco legal. Derechos y obligaciones de las personas usuarias

Los derechos y deberes de las personas usuarias son los derivados de la normativa vigente que a continuación se detalla:

a) Estatal:

- Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

- Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

- Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo.

b) Autonómica:

- Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

- Decreto 41/2003, de 8 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Jurado Regional de Valoraciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

- Orden de 02/10/2003 de la Consejería de Economía y Hacienda, de desarrollo del Decreto 41/2003, de 8 de abril y Órdenes de 15/05/2006 y de 06/11/2006, ambas de modificación parcial de la Orden de 02/10/2003.

4.- Servicios que se ofrecen

El Jurado Regional de Valoraciones ofrece los siguientes servicios:

1. Información y publicación:

- Facilita información general en materia de expropiación forzosa.

- Proporciona información y orientación sobre requisitos jurídicos y técnicos, y derechos que asisten a todas las partes interesadas en los expedientes de fijación del justiprecio en expropiación forzosa.

- Ofrece información en el portal web del Jurado sobre la institución, tramitación administrativa, presencial y en línea, normativa en materia de expropiación forzosa y valoraciones. También ofrece publicaciones y actualidad relacionadas con su actividad (https://juradovaloraciones.castillalamancha.es).

2. Tramitación administrativa:

- Tramita, impulsa y adopta acuerdos sobre fijación definitiva del justiprecio en los procedimientos de expropiación forzosa.

- Tramita y resuelve los recursos administrativos interpuestos contra los acuerdos de fijación de justiprecio.

- Expide las certificaciones de actas y acuerdos que sean solicitadas por las partes interesadas.

- Prepara y remite los expedientes administrativos en recursos contencioso administrativos interpuestos sobre asuntos derivados del ejercicio de su competencia y realiza el seguimiento de los mismos.

3. Formación:

- Imparte formación en materia de expropiación forzosa y valoraciones para empleados públicos.

5.- Compromisos de calidad

Los compromisos adquiridos son los siguientes:

1. En relación con los servicios de información y publicación:

1.1. Trato correcto y personalizado en la atención presencial y telefónica, utilizando un lenguaje adecuado a la persona usuaria.

1.2. Utilización de un lenguaje claro, inclusivo y comprensible en la información contenida en el portal web del Jurado.

1.3. Información adecuada e inmediata sobre los servicios que presta el Jurado cuando ésta sea solicitada de forma presencial o telefónica.

1.4. Atención de las peticiones de información sobre los servicios ofrecidos, así como peticiones de información sobre valores de suelo rural y urbanizado previamente fijados por el Jurado, y de expedición de certificaciones de actas y acuerdos que se soliciten por las partes interesadas, tanto en formato papel (escritos o correo postal) como en formato electrónico (correo electrónico en la cuenta corporativa) en un plazo de tiempo en todos los casos no superior a 7 y 3 días hábiles desde el siguiente a su recepción, respectivamente.

1.5. Inserción en el apartado "anuncios" del portal web de los relativos a expropiación forzosa que hayan sido publicados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en un plazo de tiempo no superior a 5 días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el diario.

1.6. Publicación en el portal web, dentro del 4º trimestre del año natural, de la información referida a la media de los valores de suelo rural fijados por el Jurado en los cultivos más representativos de la región, correspondiente a los tres últimos años de valoración inmediatamente anteriores.

1.7. Publicación en el portal web del Jurado, mediante inserción o enlace, de al menos 3 contenidos de carácter divulgativo de interés en materia de expropiación forzosa y valoraciones, dentro de cada trimestre del año natural.

2. En relación con los servicios de tramitación administrativa:

2.1. Comunicación a las personas interesadas del plazo máximo normativamente establecido para la resolución y notificación de expedientes de justiprecio por parte del Jurado, en un plazo no superior a 7 días hábiles desde el siguiente a su recepción.

2.2. Seguimiento quincenal de los expedientes en los que se haya recabado información de otros organismos, adoptando las medidas necesarias para su impulso y efectuando nuevo requerimiento, en su caso.

2.3. Contestación a los requerimientos de los Tribunales para la remisión de información o documentación adicional a los expedientes ya remitidos, en un plazo no superior a 7 días hábiles desde el siguiente a su recepción.

2.4. Derivación de escritos o comunicaciones recibidas en el Jurado, que no sean competencia de éste, a los órganos o unidades a los que competa su gestión, en un plazo no superior a 2 días hábiles desde el siguiente a su recepción.

3. En relación con los servicios de formación:

3.1. Impartir al menos 1 curso o acción formativa en cómputo anual, en materia de expropiación forzosa y valoraciones para empleados públicos, siempre que exista dotación presupuestaria y se alcance el número mínimo de participantes establecido en la convocatoria.

6.- Indicadores asociados a los compromisos

Los compromisos llevan asociados indicadores que permiten medir su grado de consecución. Los indicadores correspondientes a esta Carta de Servicios se encuentran en el Anexo adjunto. Los resultados de su cumplimiento se actualizan con la periodicidad que se indica en el citado Anexo y se pueden consultar en la sede electrónica, https://www.jccm.es.

7.- Formas de colaboración y participación de las personas usuarias

A través de encuestas de satisfacción que estarán a disposición de las personas usuarias tanto en la sede del Jurado Regional de Valoraciones como en el portal web:

https://juradovaloraciones.castillalamancha.es/.

También expresando sus observaciones o propuestas de mejora en el apartado correspondiente de la encuesta de satisfacción.

8.- Formas de presentación de quejas y sugerencias

Para seguir mejorando los servicios que se ofrecen, se necesita su colaboración mediante la formulación de sugerencias (cuando crea que los servicios pueden mejorarse) o mediante la presentación de quejas (en caso de disconformidad o insatisfacción con la prestación de los servicios conforme a la presente carta).

Cualquier persona, física o jurídica, debidamente identificada puede presentar una queja o sugerencia sobre el funcionamiento de los servicios.

La presentación podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:

- Mediante un escrito dirigido a: Jurado Regional de Valoraciones, Plaza de Grecia, 1, (Edificio Cemar), Local 14, 45071-Toledo.

- Llamada telefónica: 925 248 295 en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

- Por correo electrónico a la siguiente dirección: juradovaloraciones@jccm.es

- Mediante el correspondiente formulario de la sede electrónica de la Junta en la dirección https://www.castillalamancha.es/quejasysugerencias, y donde podrá obtener más información.

- A través de los formularios impresos presentes en todos los centros, oficinas y organismos de la Administración regional, según modelo aprobado por Orden de 11/10/2011 de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (DOCM nº 211, de 27/10/2011).

- Mediante llamada al Teléfono Único de Información-012 si llama desde Castilla-La Mancha (excepto desde localidades con prefijo de provincias de otra Comunidad Autónoma) o marcando el 925 27 45 52 como número de teléfono de la red fija.

- De forma presencial, en cualquier dependencia de la Junta con servicio de registro de entrada, sin tener que acompañar escrito, siendo la Unidad de Registro la encargada de formalizarlas en impreso normalizado.

La contestación le será notificada en el plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de su presentación, por el medio que se haya señalado como preferente.

9.- Medios de subsanación

Si de la presentación de una queja se evidenciase el incumplimiento de alguno o algunos de los compromisos asumidos, la persona titular de la Secretaría del Jurado Regional de Valoraciones contactará con usted en el plazo de 72 horas, por el medio que se haya señalado como preferente para solicitar disculpas y darle explicaciones de las causas del incumplimiento y las medidas adoptadas para subsanarlo.

10.- Vigencia

La Carta de Servicios surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y los compromisos que en ella se adquieren tienen una validez de dos años desde esa fecha.

11.- Formas de acceso

Los servicios contenidos en la presente Carta, se prestan en la forma, horario y centro siguientes:

Presencial: Servicio del Jurado Regional de Valoraciones (Secretaría General de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital). Dirección: Plaza de Grecia, 1, (Edificio Cemar), Local 14, 45071-Toledo. Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Telefónica: Tfno. 925 248 295. Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Electrónica: Correo electrónico: juradovaloraciones@jccm.es. Horario: 24 x 7

También puede obtener información adicional a través de Internet en la siguiente dirección https://juradovaloraciones.castillalamancha.es/

12.-Tasas y precios públicos

Los servicios que se recogen en la Carta son gratuitos y, por tanto, están exentos de cualquier tasa o precio público.

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