Consejería de desarrollo sostenible - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-122)

Instalaciones Eléctricas. Resolución de 16/06/2023, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Toledo, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de instalación eléctrica de alta tensión con número de expediente: E-45211021958. [NID 2023/5617]

Examinado el procedimiento iniciado por el Interesado referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de instalación eléctrica de alta tensión, cuyos datos básicos son los siguientes:

Referencia: E-45211021958.

Titular: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U.

Situación: Término municipal de Oropesa (Toledo).

Proyecto: Renovación de línea aérea de media tensión 20 kv 4060-04-Navalcan (STR Oropesa) desde el apoyo nº 9730 hasta el centro de transformación Intemperie "A. Cobisa (434540772)" en el término municipal de Oropesa (Toledo).

Características principales de las instalaciones:

Renovación de la línea aérea de alta tensión a 20 kv. "4060-04-Navalcan (STR Oropesa)":

• Sustitución de tramo aéreo entre el apoyo nº 9730 y el apoyo Nº 947702 que sustenta el centro de transformación Intemperie "A. Cobisa (434540772)", instalándose 2.917m. de conductores del tipo LA-100 y 17 nuevos apoyos metálicos, celosía y chapa, y desmontándose el conductor LA-30 Y 30 apoyos existentes.

Finalidad: Suministro eléctrico.

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 11 de abril de 2019 fue solicitada la Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación de referencia en esta Delegación Provincial. Desistiendo de la Declaración de Utilidad Pública con fecha 5 de enero de 2022 por haber obtenido todos los permisos necesarios.

Segundo.- La solicitud fue sometida a Información Pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de fecha 14 de febrero de 2020. No habiéndose recibido alegaciones en el plazo de 20 días establecidos al efecto.

Tercero.- Se hicieron las Consultas a las distintas Administraciones Públicas, organismos o empresas de servicios públicos o servicios de interés general afectados en algunos de los bienes o derechos a su cargo dando traslado de separatas del proyecto. Todas ellas mostraron su conformidad de manera expresa o por silencio según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Cuarto.- Se ha emitido Informe de Impacto Ambiental con número de Expediente PRO-TO-20-2553 por la Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el que se resuelve que no necesita someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria.

A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho:

Uno.- Esta Delegación Provincial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y el Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, y lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 16 de julio y el Decreto 15/2023, de 7 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible y lo dispuesto en Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Dos.- La presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada,

Resuelvo: Otorgar a "I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U." la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto "Renovación de línea aérea de media tensión 20 kv 4060-04-Navalcan (STR Oropesa) desde el apoyo nº 9730 hasta el centro de transformación Intemperie "A.Cobisa (434540772)" en el término municipal de Oropesa (Toledo)" quedando sometida a las siguientes condiciones:

Primera.- Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a las correspondientes normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007 y Decreto 34/2017 de 2 de mayo, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

Segunda.- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.

Tercera.- Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de esta Delegación Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa Previa y/o Autorización Administrativa de Construcción.

Cuarta.- Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.

Quinta.- La presente autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Sexta.- Se concede un plazo de 2 años, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha de la presente Resolución. Dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.

Séptima- La presente autorización en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.

Octava.- El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia del interesado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 122 de la citada disposición legal. Si el interesado tiene la obligación de relacionarse con la administración a través de medios electrónicos, tal y como se establece en artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, la tramitación del citado recurso se realizará a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU

Toledo, 16 de junio de 2023

El Delegado Provincial

TOMÁS VILLARRUBIA LÁZARO

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