Consejería de desarrollo sostenible - Otras disposiciones y actos (BOPA nº 2023-108)

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Medio Ambiente. Resolución de 29/05/2023, de la Dirección General de Economía Circular, por la que se modifica la Resolución de 10/03/2023, por la que se aprueba el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2023. [NID 2023/5015]

El Plan de Inspección Medioambiental 2018-2024 establece la necesidad de que la ejecución del mismo sea flexible a los cambios, adaptándose a los recursos disponibles y a la experiencia adquirida a lo largo de su periodo de vigencia.

En base a ello, establece en el apartado 7.a que cada año se elaborará un programa de inspección en el que se indicará los recursos personales disponibles para las labores de inspección y el número y tipo de inspecciones que se llevarán a cabo en ese año.

El pasado 10 de marzo se emitió la Resolución de la Dirección General de Economía Circular, por la que se aprueba el Programa de inspección medioambiental de Castilla- La Mancha para el año 2023. Con posterioridad, se ha detectado la necesidad de incorporar al texto del programa anual actuaciones de inspección no previstas en la redacción inicial.

En virtud de las competencias establecidas Decreto 276/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica del Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, esta Dirección General de Economía Circular, resuelve:

1.- Modificar el Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para el año 2023, aprobado por Resolución de 10/03/2023 de la Dirección General de Economía Circular en los aspectos detallados en el Anexo a esta resolución.

2.- Publicar la presente resolución y sus anexos en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Toledo, 29 de mayo de 2023

El Director General de Economía Circular

JAVIER ARIZA CANTERO

Anexo: Modificación del Programa de inspección medioambiental de Castilla-La Mancha 2023.

Modificación del apartado 2. Objetivos del Programa, que queda redactado:

2. Objetivos del Programa.
2.1 Objetivo general.

El objetivo general del Programa de Inspección Medioambiental 2023 es la organización de las inspecciones ambientales a realizar en instalaciones sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada en Castilla- La Mancha, y la comprobación del grado de cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos impuestos en las autorizaciones.

Asimismo, se integra en este objetivo general la organización de las verificaciones medioambientales consistentes en la comprobación documental de las medidas previstas para explotaciones agrícolas, ganaderas y centros gestores de estiércoles, en materia de contaminación difusa por nitratos de origen agrario.

2.2. Objetivos específicos.

Los objetivos específicos del Programa de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha para 2023 son los siguientes:

- Determinar las instalaciones y/o actividades con autorización ambiental integrada de cuyo análisis de riesgo haya resultado que han de ser inspeccionadas durante 2023.

- Detección de fugas de residuos a través de canales ilegales o no autorizados y prácticas de gestión inadecuadas.

Durante la vigencia de este Programa este objetivo se concreta, por un lado, en la inspección de productores de residuos de construcción y demolición (RCD), centrando el interés en las obras de construcción o demolición que, dado el carácter cambiante de las licencias de obras y demoliciones, se encuentren activas durante la vigencia del Programa de inspección. Y por otro, en la inspección de productores de residuos de actividades de talleres de mantenimiento y reparación de vehículos a motor.

- Detección de vertidos ilegales de residuos.

La concreción de los vertidos ilegales a inspeccionar se basará en las denuncias recibidas durante la vigencia del Programa de inspección.

- Detección de cumplimiento de obligaciones documentales por parte de explotaciones agrícolas, ganaderas y centros de gestión de estiércoles, en materia de contaminación difusa por nitratos de origen agrario.

Durante la vigencia de este Programa se realizarán verificaciones medioambientales documentales sobre las prácticas de agricultores, ganaderos y centros de gestión de estiércoles en esta materia.

Modificación del apartado 3. Actuaciones de Inspección, que queda redactado:

3. Actuaciones de Inspección.

3.1 Inspecciones in situ sistemáticas o prefijadas.

3.1.1 Instalaciones y/o actividades sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2016.

Para determinar qué instalaciones con autorización ambiental integrada serán las inspeccionadas de forma programada se atenderá al método detallado en el Anexo II "Procedimiento de evaluación sistemática de riesgos medioambientales de instalaciones IPPC de Castilla- La Mancha para la determinación de la frecuencia de inspección" de la Orden 50/2018, de 20 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2018-2024.

Para el año 2023 se programa la inspección in situ de 363 instalaciones. Estas corresponden con las que han obtenido una frecuencia de inspección anual, además de todas aquellas cuya frecuencia de inspección ha de ser bienal y trienal y cuya última inspección determina que en 2023 ha de ser inspeccionada. La distribución por provincias es la siguiente:

Albacete

Ciudad Real

Cuenca

Guadalajara

Toledo

Total

35

39

42

32

215

363

Hay que señalar que 15 de las inspecciones in situ programadas a instalaciones sometidas al procedimiento de autorización ambiental integrada, son instalaciones autorizadas para la eliminación de residuos mediante el depósito de vertedero.

3.1.2. Campaña de inspección a productores de residuos.

Para el año 2023 se ha programado la realización por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha inspecciones a productores de residuos con el objetivo de detectar fugas de residuos a través de canales ilegales o no autorizados y prácticas de gestión inadecuadas.

Se inspeccionará al menos 100 obras en toda la región, ya sean de nueva planta, de rehabilitación o demolición.

Se inspeccionará un total de 100 talleres de mantenimiento y reparación de vehículos a motor.

3.2 Inspecciones in situ no sistemáticas o no prefijadas.

Durante el año 2023 se inspeccionará el 100% de los puntos de vertido presuntamente ilegales identificados. Se realizarán por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla- La Mancha.

Además, en función de la demanda se llevarán a cabo inspecciones medioambientales no sistemáticas por cualquiera de los siguientes motivos, inspeccionándose el 100 % de los casos que requieran inspección in situ:

a) Denuncias.

b) Investigación de accidentes, incidentes o casos de incumplimiento, incluidas las detectadas en el seguimiento.

c) Comprobación de medidas complementarias.

d) Concesión, modificación de autorizaciones, clausura de actividades e instalaciones y renovaciones.

3.3 Inspecciones documentales.

En este tipo de inspecciones se contemplan la comprobación de informes y memorias anuales que les puedan ser exigidas a las instalaciones o actividades incluidas en el alcance de la legislación competencia de la Dirección General de Economía Circular. Así mismo también se contempla la revisión tanto de autocontroles como de controles periódicos que realizan las entidades colaboradoras de la administración.

Cabe señalar que, con carácter previo a cada una de las inspecciones in situ programadas, se realiza la correspondiente inspección documental.

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