Satisfacción del comisionado del REF tras la aprobación definitiva de la reforma de la RIC

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El comisionado del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, José Ramón Barrera, ha celebrado hoy que la propuesta que presentó hace poco más de un año junto al vicepresidente y consejero de Economía del Gobierno de Canarias, Manuel Domínguez, haya sido aprobada definitivamente por el Congreso, haciendo posible que la Reserva de Inversiones en Canarias (RIC) tenga una finalidad social y ayude a paliar el grave déficit de viviendas en alquiler en las Islas.

Tras su aprobación en el Senado, la Proposición de Ley de modificación de la Ley 19/1994, de modificación del REF de Canarias, para la regulación de las inversiones en elementos patrimoniales afectos a la actividad de arrendamiento de vivienda en las islas, fue aprobada en la Cámara Alta con 299 votos a favor, 31 en contra y 19 abstenciones.

La medida permitirá que empresarios y autónomos de las islas reinviertan sus beneficios en la compra, rehabilitación y construcción de inmuebles con una deducción fiscal de hasta el 90% siempre que los destinen al alquiler residencial. Además, deberán hacerlo en un plazo máximo de seis meses desde la adquisición y por un periodo mínimo de cinco años.

Barrera espera que la potencia del principal incentivo fiscal del REF sirva para movilizar cerca de 2.500 millones de euros que empresas y autónomos tienen en la RIC pendientes de invertir, según los datos de la Agencia Tributaria. "Dar respuesta a la crisis de la vivienda en Canarias es una prioridad ineludible y, aunque sabemos que esta medida no puedo solucionarla, estamos convencidos de que marcará un punto de inflexión positivo y no podíamos dejar pasar esta oportunidad para hacer que el REF tenga un fin más social", destaca el comisionado.

Ampliar la oferta de inmuebles destinados al arrendamiento también permitirá mitigar la escalada de precios que se registra en el archipiélago. El encarecimiento de la vivienda está teniendo un severo impacto en las economías domésticas de una población que, además, percibe salarios que están entre los más bajos a nivel nacional y europeo.

La reforma contempla que los contribuyentes que se acojan a la RIC puedan invertir en inmuebles que serán destinados exclusivamente al mercado residencial y se prohíbe expresamente su uso vacacional. Además, se establecen condiciones estrictas como la obligatoriedad los arrendatarios no tengan vínculos familiares o societarios con los inversores y que el inmueble sea nuevo en el mercado del alquiler, es decir, que no haya estado arrendado en los 12 meses previos para garantizar así que la inversión amplíe la oferta existente. El objetivo de esta reforma, sostiene el comisionado, "es ampliar de forma efectiva la oferta de viviendas en las islas con una visión realista que beneficie a la ciudadanía".

La posibilidad de aplicar la RIC al alquiler residencial no es algo nuevo. Estuvo permitido durante años, hasta que en 2006 se canceló, según explica Barrera, "sobre la falsa creencia de que estaba ejerciendo un efecto negativo sobre los precios, obviando que el alza de precios se estaba produciendo de forma generalizada, en todo el territorio nacional, también donde no se aplicaba ningún incentivo fiscal".

Asimismo, la modificación aprobada en el Congreso introduce como novedad la posibilidad de que los contratos de alquiler vayan acompañados de una opción de compra, permitiendo que, tras un período mínimo de cinco años de arrendamiento, los inquilinos puedan acceder a la compra de la vivienda a un precio pactado previamente.

La Reserva para Inversiones en Canarias facilita que las empresas y trabajadores por cuenta propia de las islas obtengan una reducción fiscal de hasta el 90% en el Impuesto de Sociedades y del 80% en el IRPF para que dediquen sus beneficios principalmente a ampliar o modernizar su equipamiento e instalaciones y crear puestos de trabajo.

Requisitos para materializar la RIC en inmuebles destinados a vivienda habitual:

  • Vivienda nueva en el mercado. Para cumplir con el objetivo de ampliar la oferta de arrendamiento se exige que el inmueble no hay estado alquilado un año antes de la inversión. Así, se incentiva la incorporación al mercado de viviendas vacías, la finalización de obras que quedaron sin acabar y la transformación de vacacionales en residenciales.
  • Alquiler residencial. No es válido el uso turístico ni el alquiler por temporada. La vivienda tendrá que dedicarse exclusivamente al alquiler residencial de larga duración.
  • En el mercado en 6 meses. La vivienda deberá ponerse en alquiler de manera efectiva en un plazo máximo de seis meses desde la adquisición o la finalización de las obras. Esto ayudará a que los precios se contengan, porque si el inversor quiere cumplir con la RIC, tendrá que aceptar los precios de mercado.
  • Inquilino sin parentesco. El arrendador no podrá tener parentesco o vínculo societario con el inquilino.
  • 5 años de mantenimiento. La inversión en vivienda, como cualquiera que se haga gracias a la RIC, deberá mantenerse al menos cinco años.
  • Opción a compra. El alquiler podrá firmarse con opción a compra. Esto podría facilitar el acceso a la vivienda en propiedad por parte del inquilino, porque habrá ido adelantado parte del precio de compra.

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Detectado: 22/07/2025
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